Si tenés o representas a una transportadora de caudales o a alguna entidad financiera que posea instalaciones completa o parcialmente blindada, debés solicitar su tenencia ante ANMaC.
¿A quién está dirigido?
A transportadoras de caudales o entidades financieras con instalaciones parcial o completamente blindada.
¿Qué necesito?
Una nota en papel membrete del usuario o de la empresa firmada por su representante legal donde se acredite la condición de Legítimo Usuario vigente en la categoría correspondiente. Además, tenés que declarar la ubicación de la instalación Blindada y su Tipo. Si el lugar de ubicación es en la vía pública, debés presentar la autorización municipal correspondiente (Disp. 417/15).
Los formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes. En el caso de que representes a un Organismo Oficial, la valorización se fijará de manera diferencial. Los podés adquirir en la Sede Central del organismo Bartolomé Mitre 1465/9 (CABA) o en sus Delegaciones de todo el país.
Certificado del fabricante donde figuren los siguientes datos: Marca; Modelo; Nivel de Resistencia Balística; Número de Serie y Código del Certificado y todos los datos identificatorios del Usuario que lo adquiera. Además, el Certificado tiene que indicar los números de Certificación ANMaC (Norma RENAR MA.02) de los materiales utilizados en la construcción de la Instalación Blindada, suscripta por el representante legal o representante técnico del fabricante o importador con su firma certificada; o la Verificación Técnica de Instalación Blindada debidamente confeccionada; o la Certificación de repotenciación de Instalación Blindada.
A tener en cuenta
Si contás con alguna instalación previa a las sanción de la normativa vigente de la cual no se determinó el nivel de resistencia balística tenés que solicitar la verificación técnica de instalación blindada, la cual será realizada por usuarios autorizados. En este caso, la tenencia se emitirá luego de que adjuntes el certificado de verificación de instalación blindada, donde consten: datos completos del tenedor, datos de los materiales utilizados en la instalación completa o parcialmente blindada, código del certificado de verificación, lugar de emplazamiento y vistas fotográficas que detallen toda la instalación. Si el material tiene número de serie original, éste se respetará al momento de la emisión de la de tenencia. Si el material careciere de número de serie original, debés solicitar su otorgamiento a través de la incorporación de la solicitud de otorgamiento de número para instalaciones blindadas, la que tenés que valorizar mediante la utilización de Formularios Leyes 23.283 y 23.412. Los materiales trasparentes deberán contar con su etiqueta de identificación, donde conste la homologación de material certificado acorde con la Norma MA.02.
¿Cómo hago?
1
Presentá la documentación completa en Sede Central del organismo: Bartolomé Mitre 1465/9 (CABA) o en sus Delegaciones de todo el país.
2
Retirá la documentación emitida por el ANMaC en la delegación en la que iniciaste el trámite o pedí que te la manden por correo. En este último caso, vas a tener que solicitarlo expresamente.
Importante
En caso que la instalación blindada deba trasladarse, debés notificar a ANMaC de manera previa y con una antelación no menor a 96 horas hábiles administrativas.
Tenés que informar a ANMaC todo cambio en los datos contemplados en el Certificado del Fabricante, debiendo presentar un nuevo certificado con las modificaciones, donde consten todos los datos de la instalación blindada y no solamente la modificación efectuada. Esta presentación se efectúa mediante formularios valorizados.
Entidades financieras que posean instalaciones blindadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Norma MA.02.
Si pertenecés a este tipo de entidades debés, conforme lo establecido en la Comunicación “A” 5479/13, solicitar su correspondiente registración de conformidad a lo prescripto en el Punto 2.1.2 de las “medidas mínimas de seguridad en entidades financieras” establecidas por Banco Central de la República Argentina en sus comunicaciones. A tales efectos, tenés que acompañar original de la factura de compra y el Certificado de Blindaje del material a registrar, el que deberá corresponderse en un todo con las especificaciones de la Norma de Prueba N° 1 (Blindaje anti – FAL – munición calibre 7,62 NATO normal) y haber sido expedido por empresa habilitada a dichos efectos.
Entidades financieras comprendidas en la Ley N° 21.526
Debés presentar Certificado de Verificación Técnica de Instalación Blindada emitido por Usuarios Autorizados por la ANMaC, en el que conste el Nivel de resistencia balística y demás especificaciones técnicas a fin de alcanzar la Autorización de Tenencia de las Instalaciones preexistentes a la presente. Siendo el mismo procedimiento de aplicación para las instituciones alcanzadas por la Comunicación “A” 5792/15.
Si querés solicitar la repotenciación de la Instalaciones Blindadas: debés adjuntar el correspondiente Certificado de repotenciación de instalación completamente blindada o instalación parcialmente blindada, según corresponsa, expedido por usuario autorizado por ANMaC. En este caso, la tenencia se emitirá luego de que hayas adjuntado el Certificado de repotenciación, donde habrán de constar: datos completos del tenedor, datos de la instalación completamente o parcialmente blindada y el código del certificado de repotenciación. Si el material tiene número de serie original, éste se respetará al momento de la emisión de la tenencia.
Si el material careciere de número de serie original, deberá solicitarse el otorgamiento del mismo a través de la incorporación de la solicitud de otorgamiento de número para instalaciones blindadas, la que debes valorizar mediante la utilización de Formularios Leyes 23.283 y 23.412. La verificación o repotenciación solo podrá ser efectuada por aquellos usuarios comerciales inscriptos en el rubro Fabricante de Materiales de Usos especiales - Verificación y Repotenciación de Instalaciones Blindadas, que posean sus instalaciones habilitadas a tales efectos. Deberán contar en todos los casos con un responsable técnico que tenga como mínimo la categoría de Legítimo Usuario de Materiales de Usos Especiales y acreditada solvencia técnica.