Solicitar portación de armas de fuego Transportadoras de Caudales y Entidades Financieras

Actualizado el 26 de enero de 2020
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Si representás a una empresa transportadora de caudales o a una entidad financiera que quiere realizar una solicitud de Portación de armas de fuego, debés realizar este trámite ante ANMaC.

¿Qué necesito?

Inscripción vigente como Usuario Colectivo para el tipo de material correspondiente.

El usuario para el cual se esta solicitando la portación debe ser Legítimo Usuario de armas de fuego.

Idoneidad acreditada en el manejo de armas de fuego a través del formulario de libre reproducción Anexo de Certificación de Aptitud en el Manejo de Armas para Portadores, el que deberá ser extendido por instructor de tiro habilitado y con intervención de la entidad donde se realizó la práctica (en el rubro Observaciones debe constar que el usuario se encuentra apto para la portacion).

Certificado de antecedentes penales. Su fecha de emisión no debe superar los sesenta (60) días corridos al momento que presentes los papeles.

Acreditar tu estado de salud psicofísico: a través del Sistema Único de Emisión de Certificados Psicofísicos. Podes reservar tu turno online en www.evaluaciones.com.ar

Una copia certificada del último recibo de sueldo percibido por el usuario Colectivo, o en su defecto, la Constancia de Alta Temprana.

¿Cómo hago?

1

Solicitá turno para el apto psicofísico en www.evaluaciones.com.ar

2

Completá la solicitud electrónica para la credencial de Portación de Armas de Fuego para Usuario Colectivo.

3

Presentá la documentación completa en Sede Central del organismo: Bartolomé Mitre 1465/9 (CABA) o en sus Delegaciones de todo el país.

4

Retirá la documentación emitida por el ANMaC en la delegación en la que iniciaste el trámite o pedí que te la manden por correo.

Tené en cuenta...

  • La documentación no debe superar los sesenta (60) días de corridos al momento de presentarla.

¿Cuál es el costo del trámite?

$800.00

Vigencia

12 meses

Tené en cuenta...
  • Que si la condición de Legítimo Usuario del causante o la inscripción del Usuario Colectivo vence antes de los 12 meses, la Portación de armas de fuego vencerá también en esa misma fecha.
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