Inscribir una emisión de Obligaciones Negociables y Debentures de sociedad comercial en la Inspección General de Justicia

Actualizado el 26 de enero de 2020
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Presentación del trámite en la Inspección General de Justicia.

¿Qué necesito?

Emisión de Obligaciones Negociables

A) Formulario de "Emisión, modificación o cancelación de obligaciones negociables/debentures...". Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Cuando completes los datos, en el ítem de las observaciones, especificá el tipo de trámite que realizarás. Una vez completado, imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.
B) Dictamen de precalificación profesional conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15 emitido por escribano público (si se instrumenta por escritura pública) o por abogado (si se instrumenta en documento privado). Deberás presentar copia protocolar (fotocopia de margen ancho de 8 cm) de lo indicado en este apartado.
C) Primer testimonio de escritura pública o instrumento privado original conforme al art. 37, incs. 1 y 2, según corresponda, del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15 conteniendo las transcripciones del acta de la asamblea que resolvió la emisión y sus condiciones, de su registro de asistencia y, en su caso, del acta de la reunión de directorio que haya aprobado las condiciones de la delegación de las facultades autorizada por el art. 9º de la Ley Nº 23.576. Asimismo, en caso de ser aplicable, se deberá cumplir con el recaudo descripto en los trámites de "Reforma de estatutos y contratos" sobre asambleas especiales, según corresponda. Deberás presentar copia simple y protocolar de la documentación indicada en este apartado.
D) Constancia de las siguientes publicaciones (en cada caso deberás acompañar la impresión de la publicación obtenida del sitio de internet correspondiente, firmada por el interesado, representante legal, persona debidamente autorizada, o por el profesional dictaminante):
(i) Aviso de Convocatoria a Asamblea: deberás acompañar un ejemplar de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial y, si correspondiere, en un diario de mayor circulación general (art. 237 de la Ley Nº 19.550). No se exige este requisito si la asamblea ha sido unánime (presencia del cien por ciento (100%) del capital social y todas las resoluciones adoptadas por unanimidad). Asimismo, en caso de ser aplicable, deberás cumplir con el recaudo descripto en los trámites de "Reforma de estatutos y contratos" sobre la publicación de convocatoria a asambleas especiales, según corresponda;
(ii) Aviso de Ejercicio del Derecho de Suscripción Preferente: en el caso de emisión de obligaciones negociables convertibles en acciones, deberás acompañar un ejemplar de la publicación prevista por el art. 194 de la Ley Nº 19.550 en el Boletín Oficial. Esta publicación no se exige si (i) la asamblea aprobó la suspensión del ejercicio del derecho de suscripción preferente; o (ii) la asamblea fue unánime y el plazo para el ejercicio del derecho de suscripción preferente y de acrecer, su forma de cómputo y el lugar en que se ejercerán tales derechos, surgen con precisión y claridad del texto del acta de la asamblea o resulta expresamente que en oportunidad de dicha asamblea, los presentes ejercieron los derechos mencionados o renunciaron a los mismos; y
(iii) Aviso Art. 10 de la Ley Nº 23.576: deberás acompañar un ejemplar de la publicación prevista por el art. 10 de la Ley Nº 23.576 en el Boletín Oficial.
Importante:
• para la inscripción de aquellos actos contemplados en los Títulos I y II del Libro III del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15 que, según la Ley Nº 23.576 requieran de la conformidad de la asamblea de los tenedores de obligaciones negociables, deberás cumplir -además de los recaudos que sean propios a dichos tramites- con la presentación (i) del acta de asamblea de obligacionistas; (ii) del registro de asistencia; y (iii) de la publicación del aviso de convocatoria a la misma conforme el art. 14 de la Ley 23.576, ello en la forma indicada por el art. 37, incs. 1 o 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15, según corresponda.
• conforme lo previsto por el art. 143 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15 para la inscripción de emisión de acciones por conversión de obligaciones negociables deberá cumplirse en lo pertinente con la disposiciones aplicables al aumento de capital.

Emisión de Debentures

A) Formulario de "Emisión, modificación o cancelación de obligaciones negociables/debentures...". Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Cuando completes los datos, en el ítem de las observaciones, especificá el tipo de trámite que realizarás. Una vez completado, imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.
B) Dictamen de precalificación profesional conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15 emitido por escribano público (si se instrumenta por escritura pública) o por abogado (si se instrumenta en documento privado). Deberás presentar copia protocolar (fotocopia de margen ancho de 8 cm) de lo indicado en este apartado.
C) Primer testimonio de escritura pública o instrumento privado original conforme al art. 37, incs. 1 y 2, según corresponda, del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15 conteniendo el contrato de fideicomiso requerido por el art. 338 de la Ley Nº 19.550 y las transcripciones del acta de la asamblea que resolvió la emisión y sus condiciones, de su registro de asistencia. El contrato de fideicomiso indicado puede ser presentado a inscripción en trámite por separado en la misma oportunidad o con anterioridad. Deberás presentar copia simple y protocolar de la documentación indicada en este apartado.
D) Constancia de las siguientes publicaciones (en cada caso deberás acompañar la impresión de la publicación obtenida del sitio de internet correspondiente, firmada por el interesado, representante legal, persona debidamente autorizada, o por el profesional dictaminante):
(i) Aviso de Convocatoria a Asamblea: deberás acompañar un ejemplar de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial y, si correspondiere, en un diario de mayor circulación general (art. 237 de la Ley Nº 19.550). No se exige este requisito si la asamblea ha sido unánime (presencia del cien por ciento (100%) del capital social y todas las resoluciones adoptadas por unanimidad). Asimismo, en caso de ser aplicable, deberás cumplir con el recaudo descripto en los trámites de "Reforma de estatutos y contratos" sobre la publicación de convocatoria a asambleas especiales, según corresponda; y
(ii) Aviso de Ejercicio del Derecho de Suscripción Preferente: en el caso de emisión de debentures convertibles en acciones, deberás acompañar un ejemplar de la publicación prevista por el art. 194 de la Ley Nº 19.550 en el Boletín Oficial. Esta publicación no se exige si (i) la asamblea aprobó la suspensión del ejercicio del derecho de suscripción preferente; o (ii) la asamblea fue unánime y el plazo para el ejercicio del derecho de suscripción preferente y de acrecer, su forma de cómputo y el lugar en que se ejercerán tales derechos, surgen con precisión y claridad del texto del acta de la asamblea o resulta expresamente que en oportunidad de dicha asamblea, los presentes ejercieron los derechos mencionados o renunciaron a los mismos.
Importante: conforme lo previsto por el art. 143 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15 para la inscripción de emisión de acciones por conversión de debentures deberá cumplirse en lo pertinente con las disposiciones aplicables al aumento de capital.

Modificaciones o cancelación de obligaciones negociables o debentures

A) Formulario de "Emisión, modificación o cancelación de obligaciones negociables/debentures...". Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Cuando completes los datos, en el ítem de las observaciones, especificá el tipo de trámite que realizarás. Una vez completado, imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.
B) Dictamen de precalificación profesional conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15 emitido por escribano público (si se instrumenta por escritura pública) o por abogado (si se instrumenta en documento privado). Deberás presentar copia protocolar (fotocopia de margen ancho de 8 cm) de lo indicado en este apartado.
C) Primer testimonio de escritura pública o instrumento privado original conforme al art. 37, incs. 1 y 2, según corresponda, del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15 conteniendo las transcripciones del acta de la asamblea (y/o directorio en su caso) que resolvió la modificación de los términos de emisión o la cancelación de las obligaciones negociables o debentures y de su registro de asistencia. Asimismo, en caso de ser aplicable, deberás cumplir con el recaudo descripto en los trámites de "Reforma de estatutos y contratos" sobre asambleas especiales, según corresponda. Deberás presentar copia simple y protocolar de la documentación indicada en este apartado.
D) Constancia del aviso de convocatoria a asamblea: deberás acompañar impresión de la publicación de la convocatoria, obtenida del sitio de internet del Boletín Oficial y, si correspondiere, también de la publicación en un diario de mayor circulación general (art. 237 de la Ley Nº 19.550). No se exige este requisito si la asamblea ha sido unánime (presencia del cien por ciento (100%) del capital social y todas las resoluciones adoptadas por unanimidad). Asimismo, en caso de ser aplicable, deberás cumplir con el recaudo descripto en los trámites de "Reforma de estatutos y contratos" sobre la publicación de convocatoria a asambleas especiales, según corresponda. Podrá presentarse la publicación original o copia certificada notarialmente o suscripta por el profesional dictaminante indicando que es copia fiel de su original.

¿Cómo hago?

1

Presentá el formulario del trámite y toda la documentación requerida en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, en el horario de 9.30 a 14.00hs, previa solicitud de turno. Si optás por el trámite urgente, presentalo, sin turno previo, de 8 a 9hs.

2

Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, en el horario de 9.30 a 14.00 hs. previa solicitud de turno. Si lo presentaste como urgente, retiralo sin turno previo de 8 a 9hs.

Si sos matriculado y realizás la presentación en la sede de tu colegio profesional deberás tener en cuenta:
- Horario de atención general, de 9:30 a 14:00hs. previa solicitud de turno. Recepción de trámites urgentes, de 9:30 a 11:00hs. sin turno previo.
- Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación, tanto en su modalidad común como urgente.
- La consulta de vistas y el retiro del trámite deberás hacerlo en la sede central de IGJ.

¿Cuál es el costo del trámite?

Sociedades por acciones
Trámite común: 14 módulos
Trámite urgente: 56 módulos
Sociedades comprendidas art.299 LSC
Trámite común: 20 módulos
Trámite urgente: 80 módulos

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