Inscribir una cancelación registral art. 118 LGS con disolución y nombramiento de liquidador ya inscripta

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Requisitos para presentar el trámite en la Inspección General de Justicia.

¿Qué necesito?

Formulario del trámite. Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Completá los datos, luego imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.

Documentación contable
a. Balance de liquidación firmado por el liquidador inscripto o en su caso el representante inscripto, con informe de auditoría; del mismo debe surgir la inexistencia de pasivos pagaderos en la República Argentina por obligaciones contraídas por la sucursal, asiento o representación.
b. Informe de contador público matriculado indicando el libro rubricado y folios del mismo donde esté transcripto el balance de liquidación, y certificando sobre la cancelación de pasivos conforme a documentación respaldatoria.
c. Copia certificada notarialmente de la foja o página numerada de los libros rubricados en uso a la fecha de finalización de la liquidación, en la cual, a continuación del último asiento o registro practicados, deberá constar la nota de cierre de dichos libros, firmada por el liquidador, con expresa mención de haber concluido la liquidación. Puede suplirse con acta notarial de constatación de los extremos mencionados.

Nota del responsable de la conservación de los libros, medios contables y documentación sociales, con su firma certificada notarialmente; o en su defecto si fuere contador o abogado, mediante nota fechada con su firma y su sello profesional, manifestando hallarse en posesión de los mismos e indicando sus datos personales y domicilio especial que constituya en ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines de cualquier cuestión relativa a los elementos recibidos.
Deberá incluir detalle de éstos y la manifestación de que constan las fojas o páginas que tienen insertas las notas de cierre y de que no obran asientos o actos volcados posteriormente.

Denuncia de cese de actividades ante la Dirección General de Rentas a los efectos del impuesto a los Ingresos Brutos.

Dictamen precalificatorio suscripto por contador público en relación a la cancelación registral. El profesional dictaminante verificará que la sucursal está al día con la presentación de balances.

Dictamen de precalificación legal con copia protocolar (fotocopia de margen ancho de 8 cm):
1-Consignar la naturaleza del acto dictaminando de manera precisa.
2-Consignar la denominación social.
3-Consignar la jurisdicción de origen.
4-Consignar datos personales del liquidador y tenedor de libros, domicilio especial y datos registrales de su inscripción.
5-Consignar si se mantiene el tracto registral.
Deberá contener la legalización de su firma efectuada por el Colegio de su matrícula.

Comprobante original de pago de la tasa retributiva de servicios.

Declaración jurada de Beneficiario Final, con la firma del liquidador y firma y sello del profesional dictaminante.

¿Cómo hago?

1

Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, en el horario de 9.30 a 14.00hs, previa solicitud de turno.

2

Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, en el horario de 9.30 a 14.00 hs. previa solicitud de turno.

Si sos matriculado y realizás la presentación en la sede de tu colegio profesional deberás tener en cuenta:
- Horario de atención general, de 9:30 a 14:00hs. previa solicitud de turno.
- Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación.
- La consulta de vistas y el retiro del trámite deberás hacerlo en la sede central de IGJ.

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