Las asociaciones civiles, federaciones, confederaciones y cámaras:
- Si el cambio de sede lo efectuó la asamblea, corresponde cumplir con lo dispuesto en los arts. 409/411 y 414/415 de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15, correspondiente a la comunicación previa y posterior de asambleas, sea de asamblea ordinaria como de extraordinaria. Una vez cumplido, se otorgará un número de trámite, el cual deberá informarse en el dictamen de precalificación profesional que se acompaña al trámite de cambio de sede sin reforma de estatuto. - Si el cambio de sede lo efectuó la comisión directiva, NO se requiere cumplir con lo dispuesto en el art. 409/411 y 414/415 de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15.
Las fundaciones:
- Deben cumplir con lo dispuesto en el art. 442 de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15 (comunicación posterior de la reunión de consejo de administración), SÓLO si la reunión de consejo de administración que aprobó el cambio de sede social trató también, en el orden del día, la aprobación de los estados contables. Una vez cumplido, se otorgará un número de trámite, el cual se deberá informar en el dictamen de precalificación profesional que se acompaña al trámite de cambio de sede sin reforma de estatuto.
- Por el contrario, si la reunión de consejo de administración que aprobó el cambio de sede NO trató la aprobación de los estados contables, no se requiere cumplir con lo dispuesto en el art. 442 de la norma precitada.
¿Qué necesito?
A) - Formulario de "Cambio de sede social sin reforma de estatuto". Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Completá los datos, imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.
B) Dictamen de precalificación profesional conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15 emitido por escribano público, abogado o contador público.
C) Primer testimonio de la escritura pública o instrumento privado original firmado por el presidente y el secretario de la entidad con los recaudos del inciso 2 del artículo 37 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15, pudiendo utilizar la forma alternativa allí dispuesta -con copias de tamaño normal y protocolar ("margen ancho")-, conteniendo la trascripción del acta de asamblea, reunión de la comisión directiva o del consejo de administración en la que se aprobó el cambio de la sede social. Deberán indicarse los folios y datos de rúbrica del libro de actas pertinente. Adjunto se acompañarán copias de tamaño normal y protocolar (margen ancho de 8cm.).
¿Cómo hago?
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Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291.
Si elegís la opción de trámite común deberás hacerlo en el horario de 9.30 a 14.00hs, previa solicitud de turno. Si optás por el trámite urgente, presentalo, sin turno previo, de 8 a 9hs.
2
Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, en el horario de 9.30 a 14.00 hs. previa solicitud de turno. Si lo presentaste como urgente, retiralo sin turno previo de 8 a 9hs.
Si sos matriculado y realizás la presentación en la sede de tu colegio profesional deberás tener en cuenta:
- Horario de atención general, de 9:30 a 14:00hs. previa solicitud de turno. Recepción de trámites urgentes, de 9:30 a 11:00hs. sin turno previo.
- Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación, tanto en su modalidad común como urgente.
- La consulta de vistas y el retiro del trámite deberás hacerlo en la sede central de IGJ.
¿Cuál es el costo del trámite?
Asociaciones civiles/extranjeras sin fines de lucro
Trámite común: 5 módulos
Trámite urgente: 20 módulos
Asociaciones civiles de segundo y tercer grado
Trámite común: 6 módulos
Trámite urgente: 24 módulos
Fundaciones
Trámite común: 6 módulos
Trámite urgente: 24 módulos
Calculá el valor del trámite