Declarar mensualmente las obras editadas

Actualizado el 26 de enero de 2020
Ver en la web de la administración

Todos los meses las editoriales deben declarar las obras que editaron durante ese lapso. La gestión la realizás 100% por Internet.

¿A quién está dirigido?

A editores de libros, revistas y publicaciones, ya inscriptos en la DNDA.

¿Qué necesito?

Estar registrado en TAD.

Comprobante de pago del trámite por depósito o transferencia bancaria.

DNI, pasaporte.

¿Cómo hago?

1

Ingresá a TAD, buscá "Declaración Jurada de obras editadas" e iniciá el trámite.

2

Subí la documentación obligatoria y complementaria.

3

Al finalizar se te otorgará una constancia de trámite efectuado.

Si tenés alguna duda, comunicate con la Dirección Nacional de Derecho de Autor:

¿Cuál es el costo del trámite?

$55.00

Tasa incluida.

Vigencia

30 días

Iniciar trámite en TAD

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