Todos los meses las editoriales deben declarar las obras que editaron durante ese lapso. La gestión la realizás 100% por Internet.
¿A quién está dirigido?
A editores de libros, revistas y publicaciones, ya inscriptos en la DNDA.
¿Qué necesito?
Estar registrado en TAD.
Comprobante de pago del trámite por depósito o transferencia bancaria.
DNI, pasaporte.
¿Cómo hago?
1
Ingresá a TAD, buscá "Declaración Jurada de obras editadas" e iniciá el trámite.
2
Subí la documentación obligatoria y complementaria.
3
Al finalizar se te otorgará una constancia de trámite efectuado.
Si tenés alguna duda, comunicate con la Dirección Nacional de Derecho de Autor:
- Por teléfono: (+54 11) 4124-7200.
- Por correo electrónico: inspecciones_dnda@jus.gob.ar.
¿Cuál es el costo del trámite?
$55.00
Tasa incluida.
Vigencia
30 días