Solicitar tomar vista de un Expediente en la Comisión Nacional de Comercio Exterior
Información Rápida
Objetivo
Permite a los letrados apoderados de las partes acreditadas en una investigación de la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) acceder a la documentación del expediente.
¿Quién puede solicitarlo?
Letrados/as apoderado/as de las partes acreditadas (ej: empresas, Cámaras, Representaciones Diplomáticas, entre otros).
Requisitos principales
- Ser parte actuante en el Expediente solicitado.
- Tener usuario en TAD.
Plazos
No especificado.
Duración del trámite
Máximo 48 horas hábiles para recibir la notificación.
Información adicional
Si es representante de empresa extranjera, los documentos deben estar traducidos y apostillados.
Resumen
Este trámite permite a los representantes legales o apoderados de las partes interesadas en una investigación de la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) acceder a la documentación del expediente.
Quién puede usar este servicio:
- Letrados/as apoderado/as de las partes acreditadas (ej: empresas, Cámaras, Representaciones Diplomáticas, entre otros).
Antes de empezar:
- Asegúrate de ser parte actuante en el expediente.
- Debes tener usuario en TAD.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Nota informando tu CUIT, domicilio especial electrónico y el número de Expediente Electrónico del que deseas solicitar la vista.
- Si es la primera vez que te presentas, deberás adjuntar el poder emitido por Escribano Público o, en caso de ser representante legal de la empresa, el Estatuto, la última Acta de Designación de Autoridades y distribución de cargos.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- Recibirás la notificación para descargar la documentación en un plazo máximo de 48 horas hábiles.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Envía un correo electrónico a la mesa de entradas de la CNCE ([email protected], con copia a [email protected]) adjuntando la nota con la información requerida.
- En un plazo máximo de 48 horas hábiles, recibirás una notificación en tu cuenta de TAD para poder descargar la documentación.
- La constancia de la toma de vista se vincula automáticamente al Expediente Electrónico. Se considerará que la vista ha sido efectuada a partir del día siguiente de la notificación.
Información complementaria
- Acuerdo relativo a la aplicación del Art.VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 de la OMC.
- Ley 19549.
- Ley 24425.
- Decreto 1759/1972.
- Decreto 1393/2008.
- Resolución 293/2008.
- Resolución 77/2020.
- Resolución 586/2020.
Descargas
- Modelo de formulario de toma de vista (13.2 Kb) Descargar archivo