Solicitar la inscripción en el Registro de Agentes Institorios

Actualizado el 26 de enero de 2020
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Para actuar en nombre de una aseguradora, debés estar inscripto como agente institorio en el Registro de Agentes Institorios (RAI). Las facultades otorgadas al agente institorio son definidas en el mandato que la aseguradora le otorga.

¿A quién está dirigido?

A personas jurídicas, cualquiera fuere la forma societaria adoptada, que acrediten como mínimo DOS (2) años de trayectoria en su actividad principal.

¿Qué necesito?

Copia certificada ante Escribano Público del estatuto constitutivo, con constancia de su aprobación e inscripción por el órgano de control societario correspondiente a la jurisdicción del domicilio.

Copia certificada por Escribano Público del acta emitida por el órgano de administración de la sociedad donde se trató y aprobó la solicitud de inscripción en el RAI.

Declaración Jurada formulada por ante Escribano Público, mediante la cual la solicitante manifieste que no ha recibido sanciones por parte de la Unidad de Información Financiera (UIF) en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo y, en su defecto, deberá detallarlas.

Nómina de los accionistas, directores, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, quienes deberán integrar declaración jurada formulada por ante Escribano Público, mediante la cual manifieste que no ha sido sujeto a acciones criminales, ni ha recibido sanciones por parte de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF), en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo y en su defecto deberá detallarlas. Asimismo deberán integrar la declaración jurada correspondiente a los impedimentos del Anexo I de la Resolución SSN Nº 38052.

Para el caso de que su actividad esté sometida al control específico de un organismo público de supervisión, nota de solicitud conforme modelo previsto por el Anexo II de la Resolución Nº 38052—adjuntado su correspondiente respuesta— por la cual se acredite que se encuentra debidamente habilitado ante dicho supervisor, y donde se detallen las sanciones que hubieran sido aplicadas por éste. Esta exigencia no será requerida cuando el supervisor cumpla con relación al solicitante exclusivamente funciones de registración y fiscalización societaria.

Nota explicativa en la que se especifique como mínimo: actividad económica principal de la empresa; cantidad y perfil de sus clientes, volumen anual de ventas; ventajas competitivas que provee su estructura organizativa de empresa, adjuntando la documentación correspondiente a los DOS (2) últimos ejercicios económicos cerrados (memoria y estados contables, certificados por Contador Público y legalizados por el respectivo Consejo Profesional). Asimismo, deberán exponerse los fundamentos que justifiquen la incorporación del solicitante como canal de comercialización relevante para la distribución y prestación del servicio de seguro.

Copia certificada ante Escribano Público de un mandato otorgado por una aseguradora, el que deberá respetar las exigencias de los Artículos 6° y 7° de Resolución Nº 38052, salvo en lo concerniente a la inscripción en el Registro Público de Comercio, la que le será requerida luego de autorizado e inscripto en el RAI.

En caso de poseer descentralizaciones, nota donde se detalle la categoría que revisten las mismas, tales como agencias, filiales, sucursales, así como cualquier otro punto donde ofrece o prevea ofrecer los servicios de seguro, precisando la dirección, localidad y provincia donde se encuentran asentadas.

Copia del organigrama funcional de la empresa donde figuren reglamentadas las relaciones entre la casa matriz y las filiales, agencias o sucursales. En el organigrama deberá figurar la existencia de una unidad o departamento de seguros a cargo de un responsable o gerente, cuyos datos será obligatorio informar a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN. La identificación de los Responsables de Atención al Cliente Asegurado deberán estar contenidas también en este documento.

¿Cómo hago?

1

Presentar la documentación solicitada en la SSN (Avenida Julio A. Roca 721, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 18 hs. (CP C1067ABC) o enviála por correo postal.

2

En caso de ser incumplidos alguno de los puntos, serán notificados por correo del detalle de cuáles fueron los puntos se deben subsanar.

3

En caso de todo estar correcto se le envía nota por correo, con copia de resolución, que los notifica de haber cumplido el trámite y su número de matrícula asignada.

Para realizar consultas podés comunicarte gratuitamente al 0800-666-8400.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

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EFE Emprende
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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.