Productos de origen vegetal. Establecimientos. Fiscalización de centros de tratamientos cuarentenarios en el sistema único de fiscalización permanente (SUFP)

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Regular la habilitación y el funcionamiento de los centros de tratamientos cuarentenarios (CTC) y fiscalizar el cumplimiento de las tareas que se llevan a cabo en estos centros.

¿Quién puede solicitarlo?

Titulares o apoderados de Centros de Tratamientos Cuarentenarios con bromuro de metilo y/o frío.

Requisitos principales

  • Estar habilitado como Centro de Tratamiento Cuarentenario.
  • Registrar las cargas a tratar en el sistema SIGPV-SUFP.
  • Abonar el arancel correspondiente antes de realizar el tratamiento.

Plazos

No se especifican plazos, pero el pago debe realizarse antes del tratamiento.

Duración del trámite

Variable, dependiendo del tratamiento y la cantidad de mercadería.

Información adicional

Para consultas sobre el estado de un expediente, se puede consultar en el siguiente enlace: [Estado de tu Expediente](https://www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/expedientes). También se invita a completar una encuesta de satisfacción: [Encuesta de Satisfacción Senasa](https://www.argentina.gob.ar/senasa/encuesta-de-satisfaccion-senasa).

Resumen

Este trámite permite la fiscalización de centros de tratamientos cuarentenarios (CTC) que realizan tratamientos a productos vegetales para controlar plagas como la mosca de los frutos y la lobesia botrana. El Senasa regula estos centros para asegurar el cumplimiento de las normativas.

Quiénes pueden usar este servicio: Titulares o apoderados de Centros de Tratamientos Cuarentenarios con bromuro de metilo y/o frío.

Lo que necesitas

  • Requisitos:
    • Estar habilitado como Centro de Tratamiento Cuarentenario.
    • Registrar las cargas a tratar en el sistema SIGPV-SUFP.
    • Abonar el arancel correspondiente antes de realizar el tratamiento.
  • Costes: Abonar el arancel correspondiente según la normativa vigente. Consultar los Medios de pago habilitados – Senasa.

Cómo hacerlo

  1. Autogestión:
    • El centro de tratamiento debe registrar las cargas a tratar en el sistema SIGPV-SUFP.
    • El pago se gestiona a través del SIGPV-SUFP vinculado con SIGAD, declarando la cantidad de mercadería a ser tratada.
  2. Pago del arancel:

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