Presentar los Estados Contables e Información Complementaria

Actualizado el 26 de enero de 2020
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Las aseguradoras y reaseguradoras tienen que presentar sus Estados Contables e Información Complementaria ante la SSN de forma trimestral a través del sistema de Trámites a Distancia (TAD).

¿A quién está dirigido?

A entidades aseguradoras y reaseguradoras.

¿Qué necesito?

Tener usuario de acceso a Trámites a Distancia (TAD).

Tener usuario de SINENSUP (Sistema de Información de Entidades Supervisadas)

Estados Contables, Anexos, Notas, Capitales, Cobertura y Financiera
- Estado de Capitales Mínimos. Obtenidos de SINENSUP.
- Estado de Cobertura del artículo 35 RGAA. Obtenidos de SINENSUP.
- Estado de Cobertura de Compromisos Exigibles y Siniestros Liquidados a Pagar. Obtenidos de SINENSUP.
- Estados Contables Básicos (Activo, Pasivo, Evolución del Patrimonio Neto y Estado de Resultados). Obtenidos de SINENSUP.
- Anexos a los Estados Contables. Obtenidos de SINENSUP.
- Notas a los Estados Contables.
- Fondo Fiduciario Enfermedades Profesionales (Solo ART). Obtenidos de SINENSUP.
- Cuadro e Informes de aseguradoras de Retiro / Vida. Obtenidos de SINENSUP.
- Cuadro de Resultado Técnico. Obtenidos de SINENSUP.
- Otros Cuadros y anexos específicos. Obtenidos de SINENSUP.

Las entidades con casa matriz en el exterior deben subir una nota firmada por el presidente explicando que no tienen Comisión Fiscalizadora. El Informe Circunstanciado de Resultado Técnico de Operaciones es de presentación anual. A partir del 4to. Trimestre de 2017 tiene un TAD específico denominado “Resultado Técnico de Operaciones”.

Informe de auditores
- Informe del auditor sobre el Estado de Capitales Mínimos.
- Informe del auditor sobre el Estado cobertura del artículo 35 RGAA.
- Informe del auditor sobre el Estado de Cobertura de Compromisos Exigibles y Siniestros.
- Informe del auditor sobre los Estados Contables.
- Informe evaluación de control interno (solo en anual).
- Otros informes específicos.

Informe de actuarios
- Informe del actuario sobre los Estados Contables.
- Otros informes específicos.

Informe de la Comisión Fiscalizadora / Síndico
- Informe de la Comisión Fiscalizadora / Síndicos

Dado que este trámite se realiza vía TAD, toda la documentación a presentar debe ser digitalizada. Puede ingresar un único documento en cada uno de los cuatro grupos.

Legalizaciones profesionales vía web.
Las entidades cuyos informes tienen legalización profesional web suben los pdf de esos documentos (con firma simple del Apoderado AFIP en representación de la entidad) en este grupo.

Para las entidades que cuentan con legalización web, es obligatorio subir al trámite los documentos con las obleas de legalización digital en el momento en el que se inicia; aquellas entidades que no lo hagan deberán empezar nuevamente el trámite.

Tanto auditores como actuarios, en todos sus informes, en el apartado de alcance, deberán incorporar el número de código de barras de SINENSUP por cada uno de los estados o anexos a los que haga referencia el informe.

¿Cómo hago?

1

Ingresá a TAD, trámite “Presentación de Estados Contables e Información Complementaria”, con clave fiscal.

Debés operar como apoderado de la entidad a la que representás.

El rol del apoderado no es necesariamente el de "apoderado legal", sino es quien fue designado por el administrador de relaciones de clave fiscal de la entidad como quién gestiona el trámite y la firma digital de la entidad por la que está actuando en nombre.

2

Tené en cuenta que:

Tipo de entidad:
se trata de aseguradora o reaseguradora.
Número de registro SSN:
es el otorgado por el organismo a la entidad
aseguradora o reaseguradora -es el que se utiliza para todos los trámites-.
Número código de barras:
es el número de código de barras es el impreso en los
balances obtenidos por SINENSUP.

3

Establecé los firmantes y adjuntá los documentos.

El sistema colocará en primer lugar de la lista de firmantes el nombre de la entidad, por la que firma el apoderado, en forma automática.

Completá a la lista de personas que firmará cada documento ingresando su CUIL/CUIT.

Tené en cuenta:

Documento
Quién debería firmarlo
orden lógico de firmado

Estados Contables, Anexos, Notas,Capitales, Cobertura y Financiera.

(Unificar en un solo pdf)

  1. Apoderado TAD
  2. Presidente
  3. Síndico / Presidente comisión fiscalizadora

Informe de Auditores.

(Unificar en un solo pdf)

  1. Apoderado TAD
  2. Auditor

Informe de Actuarios.

(Unificar en un solo pdf)

  1. Apoderado TAD
  2. Actuario

Informe de la Comisión
Fiscalizadora / Síndicos

(Unificar en un solo pdf)

  1. Apoderado TAD
  2. Síndico / Presidente comisión fiscalizadora

Legalizaciones profesionales vía web

(Subir los documentos sin unificar y sin alterar el formato que entregó el certificante)

  1. Apoderado TAD

Si del acuerdo Entidad / Cliente se incorpora al Auditor o Actuario como firmantes estos deberían firmar luego de que el presidente y síndico lo hayan hecho, respetando el orden de aprobación de balances definido en la disposiciones reglamentarias.

El apoderado TAD firma cuando realiza la carga de información.

El sistema envía a firmar los documentos en forma secuencial de acuerdo al orden de firmantes establecido. El proceso se detiene si uno de los firmantes no ha realizado su tarea. En caso de que alguna de las personas rechace la tarea de firma, se te notificará el motivo del rechazo y deberás iniciar otra vez el trámite.

Confirmado el listado de firmantes podrás subir los documentos requeridos.

Las entidades cuyos informes tienen legalización profesional web deben adjuntar los pdf de esos documentos. A diferencia del resto de los documentos del trámite, las legalizaciones web poseen una marca digital por lo que los documentos no se deben unificar, se suben uno por uno (con firma simple del Apoderado TAD en representación de la entidad) en el grupo Legalizaciones profesionales vía web, ANTES DE CONFIRMAR el trámite y en el mismo momento en que sube el resto de los documentos del balance. Las legalizaciones vía web NO REQUIEREN una subsanación.

El resto de las entidades deberá esperar la subsanación para subir los archivos escaneados de las legalizaciones efectuadas en papel como se indica en el punto 7.

La subsanación para subir las legalizaciones solo se otorgará a las entidades que no tienen legalización web en su jurisdicción. En el resto de los casos, se rechazará el trámite y la entidad deberá iniciarlo de nuevo.

4

Confirmá el trámite.

5

Cada firmante debe firmar el documento.

Cada firmante recibirá una notificación en su mail informándole que tiene una tarea para realizar. Deberá entrar a TAD para hacerlo a través de la pestaña “MIS TRÁMITES”.

Podrá:
- ver el estado de firmas en el que se encuentra el documento
- firmar el documento
- visualizar el documento cancelar la tarea. Por ejemplo si el firmante advierte que el documento no es el correcto. En ese caso, el trámite vuelve al apoderado.

6

Finalizado el proceso de firmas se creará formalmente el trámite con número de expediente. Si el expediente no se genera inmediatamente, enviá un correo electrónico a la casilla ge@ssn.gob.ar con las imágenes del TAD que respalden el estado de las firmas de todos los documentos del trámite.

En el caso de las entidades con legalizaciones web, el balance se considera presentado en el momento de la generación del expediente.

Para las entidades que no poseen legalización web, el trámite generado pasa a la SSN que te requerirá, mediante una subsanación, la certificación de firmas del Consejo Profesional de Ciencias Económicas (CPCE) de tu jurisdicción. Se te notificará por correo electrónico el pedido y el estado del trámite cambia a “SUBSANACIÓN”. Tenés que proceder según se indica a continuación.

7

Realizá la certificación de firmas del Consejo Profesional de Ciencias Económicas (CPCE) de tu jurisdicción.

  • Deberás descargar toda la documentación enviada por TAD, la cual incluye la codificación unívoca y que le da carácter de documento público generada por GDE (Gestión Documental Electrónica) de la Administración Pública Nacional, incluidos los informes profesionales. Adicionalmente, el trámite tiene un código de expediente unívoco que le da carácter de documento público.
  • Los actuarios y auditores deberán firmar holográficamente los documentos correspondientes a sus informes ya firmados digitalmente. Adicionalmente, agregarán la manifestación / certificación que contendrá sus datos profesionales, de la entidad, y los códigos unívocos generados para el expediente y por cada informe. Esta manifestación/certificación se firma holográficamente.
  • Presentá la documentación papel en el CPCE.
  • El CPCE emite una certificación papel.

8

Escaneá y subí la certificación CPCE al TAD en la tarea que te asignó la SSN y confirma el trámite. Recién en ese momento considera el Estados Contables e Información Complementaria (balance) como presentado.

En el caso de las entidades que subieron sus informes en el grupo Legalizaciones profesionales vía web, el balance se considera presentado en el momento de la generación del expediente.

“Se recomienda guardar digitalmente una copia del trámite, con todos sus documentos firmados una vez presentado el mismo y también la digitalización de las certificaciones, a los efectos de facilitar gestiones y presentaciones posteriores de las entidades.”

9

La Superintendencia analizará el balance y, si el Organismo requiere más información u otra documentación, se notificará por medio de TAD.

Este proceso se repite tantas veces como sea necesario hasta que la SSN llegue a una conclusión y cierre el trimestre, situación que se informará a la entidad.

Para realizar consultas podés comunicarte gratuitamente al 0800-666-8400 o escribir a ge@ssn.gob.ar.

Vigencia


El trámite tendrá vigencia permanente con frecuencia de presentación trimestral.

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