Pagar derechos de exportación
Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Objetivo
Permite a los exportadores abonar los tributos y/o derechos correspondientes a sus declaraciones de exportación, ya sea de forma anticipada o con plazo de espera, cumpliendo con la normativa vigente.
¿Quién puede solicitarlo?
Exportadores que realicen declaraciones de exportación sujetas al pago de tributos y/o derechos.
Requisitos principales
- Estar registrado como exportador.
- Contar con fondos disponibles en la subcuenta correspondiente (para pago anticipado).
- Constituir garantía (efectivo, seguro de caución, aval bancario, etc.) para el pago con plazo de espera.
Duración del trámite
Variable, depende de la exportación.
Resumen
Este servicio permite a los exportadores pagar los derechos de exportación requeridos por la normativa vigente. El momento imponible corresponde a la fecha de oficialización del permiso de embarque.
¿Quién puede usar este servicio?
Exportadores.
Modalidades de pago:
- Pago anticipado: Al momento de la oficialización de la destinación, utilizando el tipo de cambio comprador del último día hábil anterior.
- Pago con plazo de espera: Se otorga un plazo para pagar sin intereses, pero se exige una garantía.
Lo que necesitas
Para pago anticipado:
- Haber depositado los fondos necesarios en la subcuenta correspondiente.
Para pago con plazo de espera:
- Constituir una garantía (efectivo, seguro de caución, aval bancario, letra caucional, Declaración Jurada) de acuerdo con la Resolución General (AFIP) N 3.885 y modificatorias.
Cómo hacerlo
Pago anticipado
- Elegir una de las siguientes formas de pago:
- Depósito en el Banco de la Nación Argentina a través del Formulario N° 2132 por triplicado.
- Transferencia bancaria a la cuenta AFIP -5000/625- Cta. Única Recaud. Ad, SIM N° 3601/48 del Banco de la Nación Argentina, mediante banca electrónica (Datanet, Sifaw y Red Link).
- Abonar el monto correspondiente.
- Gestionar la afectación de fondos en el Sistema Malvina.
- Al validar la destinación aduanera, se oficializará el permiso de embarque y se afectará el pago.
Pago con plazo de espera
Las liquidaciones aduaneras más comunes se pagan a través de un VEP generado en el sitio web de AFIP:
- Liquidación Manual (LMAN) - motivo PDEP (Pago dentro del Plazo de Espera): vence el mismo día en que se genera.
- Liquidación Aduanera (LMAN) - motivo REDE (Reliquidación de Derechos de Exportación): en caso de vencimiento del plazo de espera. Incluye intereses resarcitorios y vence el mismo día de su generación.
- Liquidación de Servicios Extraordinarios AUSA-RESA: para abonar servicios en un período determinado.
Para LMAN - motivo PDEP
- Ingresar al sitio web de AFIP con clave fiscal.
- Entrar al servicio Gestión de Importadores / Exportadores o Gestión de Despachantes.
- Seleccionar la opción Generación de Liquidaciones Aduaneras (LMAN).
- Ingresar los datos solicitados: CUIT Despachante, Documento de Referencia, Motivo de Liquidación (LMAN PDPE), Fecha de momento imponible, Importe de la liquidación.
- Seleccionar la opción Ingresar conceptos e ingresar los conceptos recaudatorios de exportación.
- Confirmar los datos y generar la liquidación.
- Volver a ingresar al servicio Gestión de Importadores / Exportadores o Gestión de Despachantes y seleccionar la opción Pago de liquidaciones aduaneras.
- Buscar la liquidación generada, seleccionarla y generar el Volante Electrónico de Pago para abonarlo.
Para LMAN - motivo REDE
- Ingresar al sitio web de AFIP con clave fiscal.
- Entrar al servicio Gestión de Importadores / Exportadores o Gestión de Despachantes.
- Seleccionar la opción Pago de liquidaciones aduaneras.
- Elegir la liquidación en estado Vencida y Exigible (liquidaciones manuales LAEX) que se desea reliquidar.
- Verificar los datos de la liquidación original (LMAN motivo LAEX) y los datos de la reliquidación (LMAN motivo REDE) con los intereses resarcitorios.
- Volver a ingresar al servicio Administrador de Relaciones y luego a Gestión de Importadores / Exportadores o Gestión de Despachantes.
- Seleccionar la opción Pago de liquidaciones aduaneras.
- Seleccionar la LMAN motivo REDE en estado En curso.
- Generar el VEP para cumplir con la obligación. Si no se efectiviza el pago ese mismo día, la liquidación REDE se anulará.
Para Liquidaciones de Servicios Extraordinarios AUSA-RESA
- Ingresar al sitio web de AFIP con clave fiscal.
- Entrar al servicio Gestión de Importadores / Exportadores o Gestión de Despachantes.
- Seleccionar la opción Pago de liquidaciones aduaneras.
- Seleccionar las liquidaciones manuales- motivo Arancel Único Servicios Aduaneros (AUSA) o Reliquidación Servicios Aduaneros (RESA).
- Si figura en curso, abonar generando el VEP; si figura como vencida y exigible, reliquidar.
- Reliquidación: Generar una LMAN-motivo RESA (Reliquidación Servicios Aduaneros), que contendrá los intereses resarcitorios y/o punitorios.
- Seleccionar la entidad bancaria para efectuar el pago VEP.
Cuál es el costo?
Sujeto a la operatoria.
Vigencia
Por cada exportación.