Pagar derechos de exportación

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los exportadores abonar los tributos y/o derechos correspondientes a sus declaraciones de exportación, ya sea de forma anticipada o con plazo de espera, cumpliendo con la normativa vigente.

¿Quién puede solicitarlo?

Exportadores que realicen declaraciones de exportación sujetas al pago de tributos y/o derechos.

Requisitos principales

  • Estar registrado como exportador.
  • Contar con fondos disponibles en la subcuenta correspondiente (para pago anticipado).
  • Constituir garantía (efectivo, seguro de caución, aval bancario, etc.) para el pago con plazo de espera.

Duración del trámite

Variable, depende de la exportación.

Resumen

Este servicio permite a los exportadores pagar los derechos de exportación requeridos por la normativa vigente. El momento imponible corresponde a la fecha de oficialización del permiso de embarque.

¿Quién puede usar este servicio?

Exportadores.

Modalidades de pago:

  • Pago anticipado: Al momento de la oficialización de la destinación, utilizando el tipo de cambio comprador del último día hábil anterior.
  • Pago con plazo de espera: Se otorga un plazo para pagar sin intereses, pero se exige una garantía.

Lo que necesitas

Para pago anticipado:

  • Haber depositado los fondos necesarios en la subcuenta correspondiente.

Para pago con plazo de espera:

  • Constituir una garantía (efectivo, seguro de caución, aval bancario, letra caucional, Declaración Jurada) de acuerdo con la Resolución General (AFIP) N 3.885 y modificatorias.

Cómo hacerlo

Pago anticipado

  1. Elegir una de las siguientes formas de pago:
    • Depósito en el Banco de la Nación Argentina a través del Formulario N° 2132 por triplicado.
    • Transferencia bancaria a la cuenta AFIP -5000/625- Cta. Única Recaud. Ad, SIM N° 3601/48 del Banco de la Nación Argentina, mediante banca electrónica (Datanet, Sifaw y Red Link).
  2. Abonar el monto correspondiente.
  3. Gestionar la afectación de fondos en el Sistema Malvina.
  4. Al validar la destinación aduanera, se oficializará el permiso de embarque y se afectará el pago.

Pago con plazo de espera

Las liquidaciones aduaneras más comunes se pagan a través de un VEP generado en el sitio web de AFIP:

  1. Liquidación Manual (LMAN) - motivo PDEP (Pago dentro del Plazo de Espera): vence el mismo día en que se genera.
  2. Liquidación Aduanera (LMAN) - motivo REDE (Reliquidación de Derechos de Exportación): en caso de vencimiento del plazo de espera. Incluye intereses resarcitorios y vence el mismo día de su generación.
  3. Liquidación de Servicios Extraordinarios AUSA-RESA: para abonar servicios en un período determinado.

Para LMAN - motivo PDEP

  1. Ingresar al sitio web de AFIP con clave fiscal.
  2. Entrar al servicio Gestión de Importadores / Exportadores o Gestión de Despachantes.
  3. Seleccionar la opción Generación de Liquidaciones Aduaneras (LMAN).
  4. Ingresar los datos solicitados: CUIT Despachante, Documento de Referencia, Motivo de Liquidación (LMAN PDPE), Fecha de momento imponible, Importe de la liquidación.
  5. Seleccionar la opción Ingresar conceptos e ingresar los conceptos recaudatorios de exportación.
  6. Confirmar los datos y generar la liquidación.
  7. Volver a ingresar al servicio Gestión de Importadores / Exportadores o Gestión de Despachantes y seleccionar la opción Pago de liquidaciones aduaneras.
  8. Buscar la liquidación generada, seleccionarla y generar el Volante Electrónico de Pago para abonarlo.

Para LMAN - motivo REDE

  1. Ingresar al sitio web de AFIP con clave fiscal.
  2. Entrar al servicio Gestión de Importadores / Exportadores o Gestión de Despachantes.
  3. Seleccionar la opción Pago de liquidaciones aduaneras.
  4. Elegir la liquidación en estado Vencida y Exigible (liquidaciones manuales LAEX) que se desea reliquidar.
  5. Verificar los datos de la liquidación original (LMAN motivo LAEX) y los datos de la reliquidación (LMAN motivo REDE) con los intereses resarcitorios.
  6. Volver a ingresar al servicio Administrador de Relaciones y luego a Gestión de Importadores / Exportadores o Gestión de Despachantes.
  7. Seleccionar la opción Pago de liquidaciones aduaneras.
  8. Seleccionar la LMAN motivo REDE en estado En curso.
  9. Generar el VEP para cumplir con la obligación. Si no se efectiviza el pago ese mismo día, la liquidación REDE se anulará.

Para Liquidaciones de Servicios Extraordinarios AUSA-RESA

  1. Ingresar al sitio web de AFIP con clave fiscal.
  2. Entrar al servicio Gestión de Importadores / Exportadores o Gestión de Despachantes.
  3. Seleccionar la opción Pago de liquidaciones aduaneras.
  4. Seleccionar las liquidaciones manuales- motivo Arancel Único Servicios Aduaneros (AUSA) o Reliquidación Servicios Aduaneros (RESA).
  5. Si figura en curso, abonar generando el VEP; si figura como vencida y exigible, reliquidar.
  6. Reliquidación: Generar una LMAN-motivo RESA (Reliquidación Servicios Aduaneros), que contendrá los intereses resarcitorios y/o punitorios.
  7. Seleccionar la entidad bancaria para efectuar el pago VEP.

Cuál es el costo?

Sujeto a la operatoria.

Vigencia

Por cada exportación.


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