Inscripción para fraccionar o comercializar alcohol etílico y metílico
Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Objetivo
Permite a personas físicas o jurídicas fraccionar y/o comercializar alcohol etílico y metanol.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas que deseen fraccionar y/o comercializar alcohol etílico y metanol.
Requisitos principales
- Ser persona física o jurídica.
- Deseo de fraccionar y/o comercializar alcohol etílico y metanol.
Plazos
No especificado.
Duración del trámite
La inscripción es definitiva.
Información adicional
El INV puede solicitar documentación adicional si lo considera necesario.
Resumen
Este trámite permite a personas físicas o jurídicas inscribirse para fraccionar y/o comercializar alcohol etílico y metanol.
¿A quién está dirigido?
A personas físicas o jurídicas que deseen fraccionar y/o comercializar alcohol etílico y metanol.
Lo que necesitas
Para realizar la inscripción, necesitarás:
- Copia digital del Formulario de Inscripción.
- Copia digital del Formulario de Capacidad real de recipientes.
- Copia digital del Formulario de designación de un técnico.
- Copia digital del Título habilitante del técnico.
- Copia digital del Certificado de habilitación municipal.
- Copia digital de los Planos.
Cómo hacerlo
- Presentar una nota de solicitud de inscripción dirigida al Jefe de la Delegación del INV cuya jurisdicción corresponda a su domicilio.
- Ingresar a la plataforma TAD.
- Adjuntar la totalidad de la documentación solicitada.
- Recibirás la confirmación en tu correo electrónico.
El INV podrá solicitar documentación o antecedentes adicionales si lo considera necesario.
Costo
Este trámite no tiene costo.