Inscribirse en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) como Explotador/Transbordador de Granos en Corredor Ferroviario
Información Rápida
Objetivo
Inscribirse en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) como Explotador/Transbordador de Granos en Corredor Ferroviario, según lo establecido por la Resolución MAGYP Nº 21/17.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas humanas o jurídicas que realicen servicios de trasbordo de granos para la carga al transporte ferroviario en corredores ferroviarios aprobados.
Requisitos principales
- Ser persona humana o jurídica que realice servicios de trasbordo de granos para la carga al transporte ferroviario con destino a plantas obligadas a inscribirse en el RUCA.
- Utilizar corredores ferroviarios aprobados por el Ministerio de Transporte.
Duración del trámite
El trámite tarda entre 10 y 15 días hábiles.
Resumen
Este trámite permite a personas humanas y jurídicas inscribirse en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) como Explotador/Transbordador de Granos en Corredor Ferroviario.
Quién puede usar este servicio:
Toda persona humana o jurídica que realice servicios de trasbordo de granos para la carga al transporte ferroviario en corredores ferroviarios aprobados por el Ministerio de Transporte.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Persona Humana:
- Acreditar Personería (DNI)
- Responsabilidad sobre el establecimiento (Contrato de Locación, Certificado de Dominio)
- Documentación que los habilite como titular o explotador para hacer uso de corredores ferroviarios para la carga y transporte de granos
- Indicar los puntos de geoposicionamiento satelital (GPS) y al menos TRES (3) fotografías del sitio donde se llevará a cabo la descarga de los camiones y la carga de los vagones ferroviarios y la denominación de la estación y/o paraje y/o apeadero donde se desarrolle la actividad
- Persona Jurídica:
- Acreditar Personería (Contrato Societario)
- Acta de designación de autoridades
- Responsabilidad sobre el establecimiento (Contrato de Locación, Certificado de Dominio)
- Documentación que los habilite como titular o explotador para hacer uso de corredores ferroviarios para la carga y transporte de granos
- Indicar los puntos de geoposicionamiento satelital (GPS) y al menos TRES (3) fotografías del sitio donde se llevará a cabo la descarga de los camiones y la carga de los vagones ferroviarios y la denominación de la estación y/o paraje y/o apeadero donde se desarrolle la actividad
- Sociedad de Hecho:
- Acreditar Personería (Contrato Societario, DNI)
- Responsabilidad sobre el establecimiento (Contrato de Locación, Certificado de Dominio)
- Documentación que los habilite como titular o explotador para hacer uso de corredores ferroviarios para la carga y transporte de granos
- Indicar los puntos de geoposicionamiento satelital (GPS) y al menos TRES (3) fotografías del sitio donde se llevará a cabo la descarga de los camiones y la carga de los vagones ferroviarios y la denominación de la estación y/o paraje y/o apeadero donde se desarrolle la actividad
Costes y plazos:
- Costo del trámite: $9100.00
- Tiempo de procesamiento: 15 días hábiles
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Ingresar a AFIP con CUIT y clave fiscal (nivel 3). Habilitar el sistema Autogestión de MAGyP a través de Administrador de relaciones de clave fiscal/ Adherir servicio/ Ministerio de Agroindustria/ Servicios interactivos/ Autogestión de MAGyP.
- Habilitar el servicio RUCA a través de Autogestión de MAGyP/ Selecciona una empresa para operar/ Agregar servicio/ RUCA.
- Dentro del sistema, crear una solicitud de inscripción, elegir la actividad y guardar. Esto dirigirá a la carga de requisitos correspondientes por actividad.
- Una vez cargados y enviados los documentos, generar el arancel correspondiente (boleta de pago o volante electrónico).
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez completado el trámite, se evaluará la solicitud. Si es aprobada, se emitirá el certificado de inscripción en el RUCA.
Plazos de resolución:
El tiempo estimado de resolución es de 10 a 15 días hábiles.
Vigencia:
La inscripción tiene una vigencia de 1 año. Se debe pagar el arancel correspondiente a la actividad dentro de los 30 días corridos previos al término que figura en el certificado de inscripción.