Informar el cumplimiento de los Acuerdos de Cooperación Productiva (ACP)
Información Rápida
Objetivo
Informar a la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo sobre el avance y cumplimiento de los Acuerdos de Cooperación Productiva (ACP) para obtener el Certificado de Cooperación Productiva (CCP).
¿Quién puede solicitarlo?
Proveedores de la Administración Pública Nacional o de empresas del Estado Nacional que tengan Acuerdos de Cooperación Productiva vigentes.
Requisitos principales
- Tener CUIT y clave fiscal nivel 3 en AFIP.
- Tener Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP.
- Estar inscripto en el Registro Único del Ministerio de Producción (RUMP).
- Haber presentado la garantía del Acuerdo de Cooperación Productiva.
Plazos
El reporte anual debe presentarse antes del 31 de marzo de cada año. El reporte final debe presentarse dentro de los 30 días posteriores a la finalización del contrato.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la evaluación de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo.
Información adicional
El Certificado de Cooperación Productiva (CCP) puede utilizarse como crédito computable para futuros acuerdos en un plazo máximo de 2 años desde la finalización del ACP que originó el crédito.
Resumen
Este trámite permite a los proveedores de la Administración Pública Nacional informar el cumplimiento de los Acuerdos de Cooperación Productiva (ACP) que tengan vigentes. Al hacerlo, pueden obtener el Certificado de Cooperación Productiva (CCP), que les permite acceder a beneficios para futuros acuerdos.
Quiénes pueden usar este servicio:
- Proveedores de la Administración Pública Nacional o de una empresa o sociedad del Estado Nacional que tengan Acuerdos de Cooperación Productiva vigentes.
Lo que necesitas
- CUIT y clave fiscal nivel 3 en AFIP.
- Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP.
- Estar inscripto en el Registro Único del Ministerio de Producción (RUMP).
- Haber realizado la constitución de la garantía a través del trámite “Presentar la garantía del Acuerdo de Cooperación Productiva”.
Cómo hacerlo
- Ingresá a TAD.
- Entrá al Expediente en el cual realizaste la constitución de garantía.
- Presentá el formulario correspondiente al reporte anual y la documentación respaldatoria del mismo.
- Vas a recibir una notificación por TAD acreditando el monto parcial ejecutado.
- Una vez concluido el contrato, tenés 30 días para ingresar nuevamente al expediente y presentar el último reporte consignando el cumplimiento del ACP.
- La Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo va a evaluar el reporte. Si el ACP se ha cumplido, va a expedir el Certificado de cooperación productiva final.
Después de hacerlo
Una vez que presentes toda la documentación, la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo evaluará el cumplimiento del ACP. Si todo está en orden, te entregarán el Certificado de Cooperación Productiva (CCP).
El monto del CCP podrá ser utilizado como crédito computable para futuros acuerdos en un plazo máximo de 2 años, contados a partir de la finalización del ACP que originó dicho crédito.
Ayuda
Normativa: