Etiquetar productos eléctricos por su eficiencia energética

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Asegurar que los productos eléctricos comercializados en el país informen correctamente su eficiencia energética a través de un etiquetado estandarizado.

¿Quién puede solicitarlo?

Fabricantes e importadores de aparatos eléctricos de uso doméstico alcanzados por la Resolución S.I.Y.C. N° 438/2024.

Requisitos principales

  • Estar adherido al servicio de Trámites a Distancia (TAD).
  • Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior de ARCA.

Plazos

Hasta el 5 de marzo de 2026 se puede optar por la Resolución N° 438/2024 o la Resolución 319/1999. Después de esa fecha, se debe cumplir con la Resolución N° 438/2024.

Duración del trámite

Variable, depende del laboratorio y los tiempos de ensayo.

Información adicional

El cumplimiento de la normativa puede ser verificado mediante mecanismos de vigilancia de mercado.

Resumen

Este trámite es para fabricantes e importadores de aparatos eléctricos de uso doméstico. Deben etiquetar sus productos según su eficiencia energética antes de venderlos.

Quién puede usar este servicio:

  • Fabricantes e importadores de aparatos eléctricos de uso doméstico.

Antes de empezar:

Lo que necesitas

  • Documentos requeridos:
    • Declaración Jurada de Conformidad.
    • Informes de ensayo de laboratorios acreditados.
  • Requisitos previos:
    • Estar adherido a TAD.
    • Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior.
  • Costes y plazos:
    • El trámite es gratuito, pero los ensayos en laboratorios pueden tener un costo.
    • Hasta el 5 de marzo de 2026 se puede optar por la Resolución N° 438/2024 o la Resolución 319/1999. Después de esa fecha, se debe cumplir con la Resolución N° 438/2024.

Cómo hacerlo

  1. Etiquetar los productos:
    • Etiquetar cada producto según su rendimiento o eficiencia energética. Los modelos de etiquetas se encuentran en el Anexo II de la Resolución S.I.Y.C. N° 438/2024. En el archivo “Etiquetas 438-24” en la sección de descargas, están disponibles en editable las etiquetas correspondientes a cada producto, junto con sus respectivas medidas de referencia, para que puedas imprimirlas y utilizarlas.
  2. Ensayar los productos:
    • Para garantizar la veracidad de la información declarada en las etiquetas, deberás ensayar los productos en laboratorios debidamente acreditados y completar una Declaración Jurada de Conformidad, de acuerdo a lo establecido por el Anexo III de la Resolución N° 438/2024.
  3. Presentar la documentación (si se requiere):
    • La documentación exigida deberá ser presentada ante un requerimiento específico de la Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos, a través del expediente notificado al efecto en Trámites a Distancia (TAD).
  4. Control de cumplimiento:
    • El control de cumplimiento a las obligaciones previstas en los Reglamentos Técnicos podrá ser realizado conforme los mecanismos de vigilancia de mercado establecidos en el apartado 5 del Anexo de la Resolución N° 237/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio.

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