Animales vivos. Establecimientos. Importación. Autorización para el registro y funcionamiento de predios cuarentenarios

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite solicitar la autorización para registrar y operar predios de cuarentena para la importación de cerdos, aves u ovas de salmón, según las normas del Senasa.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas interesadas en registrar o renovar el registro de establecimientos públicos o privados que deseen funcionar como predios cuarentenarios de importación de animales vivos de porcinos, aves u ovas de salmónidos.

Requisitos principales

  • Cumplir con la normativa del Senasa vigente para la especie correspondiente (porcinos, aves u ovas de salmónidos).
  • Presentar la documentación requerida a través de la plataforma TAD.
  • Abonar el arancel correspondiente.

Plazos

La autorización tiene una vigencia de 1 año.

Duración del trámite

El tiempo de verificación de la documentación es de 20 días hábiles una vez presentada la documentación completa.

Información adicional

Si tenés un trámite iniciado lo podés consultar de forma rápida y simple en <a href="https://www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/expedientes">Estado de tu Expediente</a>. Tu opinión es importante para nosotros. Podés completar esta breve encuesta en <a href="https://www.argentina.gob.ar/senasa/encuesta-de-satisfaccion-senasa">Encuesta de Satisfacción Senasa</a>.

Resumen

Este trámite permite solicitar la autorización para el registro y funcionamiento de establecimientos que actúan como predios de cuarentena para la importación de animales vivos (porcinos, aves) u ovas de salmónidos, de acuerdo con las regulaciones del Senasa.

Quién puede usar este servicio:

Personas físicas o jurídicas interesadas en registrar o renovar el registro de establecimientos públicos o privados que deseen funcionar como predios cuarentenarios de importación de animales vivos de porcinos, aves u ovas de salmónidos.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

La documentación varía según la especie:

  • PCI para Aves: Resolución Senasa Nº 770/2011.
  • PCI para Porcinos: Resolución Senasa Nº 70/11.
  • PCI para ovas de salmónidos: Resolución Senasa Nº 853/2011
  • Planos de acceso, ubicación e instalaciones
  • Plano del predio (1:100)
  • Plano de la/s Unidad/es de Aislamiento y número
  • Plano del sistema de efluentes (1:100)
  • Flujograma de salmónidos y/o su material reproductivo (solo salmónidos)
  • Flujograma de los reproductores (solo para porcinos)
  • Flujograma del personal
  • Flujograma de desechos y residuos
  • Memoria descriptiva constructiva de las instalaciones
  • Memoria descriptiva y operativa de bioseguridad
  • Descripción de recolección y disposición final de residuos patógenos
  • Capacidad del establecimiento para cuarentena aves distintas de las de corral (solo aves)
  • Procedimientos para la recolección, acopio y disposición final de residuos regulados procedentes del exterior
  • Certificado/s de habilitación/es de las Autoridades competentes
  • Certificado de aprobación de eliminación de efluentes de Autoridad competente
  • Certificado/s de habilitación/es de la empresa de residuos patogénicos regulados procedentes del exterior
  • Plan de control de plagas (para aves y porcinos)
  • Contrato del veterinario especializado (para aves) o técnico acuícola (para salmónidos)
  • Planes de contingencia que aseguren bienestar (Aves y salmónidos)
  • Manual de contingencia para enfermedades de declaración obligatoria (Aves y salmónidos)
  • Acreditación de tenencia del inmueble

Costes y plazos:

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Accedé a la plataforma TAD, logueate con clave AFIP y seleccioná el trámite "Solicitud de Autorización para el registro y funcionamiento de predios cuarentenarios de importación de animales".
  2. Completá los campos con los datos solicitados y adjuntá la documentación que corresponde según tipo de establecimiento a registrar.
  3. Verificamos la documentación, dentro de los 20 (veinte) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al de la presentación del pedido, para la inspección y evaluación formal del establecimiento. Este lapso comenzará a regir una vez que el Interesado haya presentado toda la documentación requerida por Senasa.
  4. Autorización: Una vez otorgada la Autorización, el Senasa le dará de alta en el sistema de gestión..

Después de hacerlo

Qué sucede después:

Una vez autorizada, el Senasa te dará de alta en el sistema de gestión.

Plazos de resolución:

La autorización tiene una vigencia de 1 año.

Ayuda

Contacto:

Dirección Nacional de Sanidad Animal

Dirección de Comercio Exterior Animal

Av. Paseo Colón Nº 367, piso 4º frente, C1063ACE, CABA.

Teléfono: (+54 - 11) 4121-5425

Correo electrónico: [email protected]

Podés comunicarte al WhatsApp federal del Senasa

Recursos adicionales:

Normativa:

Resolución Senasa Nº 770/2011.

Resolución Senasa Nº 70/2011.

Resolución Senasa Nº 853/2011

Información complementaria

Si tenés un trámite iniciado lo podés consultar de forma rápida y simple.

Estado de tu Expediente

Tu opinión es importante para nosotros. Podés completar esta breve encuesta.

Encuesta de Satisfacción Senasa.


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