Acceder al Régimen de Desarrollo y Fortalecimiento del Autopartismo Argentino

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Acceder a los beneficios del Régimen de Desarrollo y Fortalecimiento del Autopartismo Argentino, que incluyen bonos electrónicos de crédito fiscal y preferencias arancelarias para importar.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas jurídicas fabricantes de automóviles, utilitarios, comerciales livianos, camiones, remolques, maquinaria agrícola, motores, cajas de transmisión y otros sistemas de autopartes, con establecimiento industrial en Argentina o inscriptas en los registros correspondientes.

Requisitos principales

  • Tener CUIT y Clave Fiscal (nivel 2 o superior).
  • Contar con <a href="https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/inicio-publico">Trámites a Distancia (TAD)</a> asociado a AFIP
  • Presentar proyectos nuevos y «restyling» significativos (modelos existentes solo sí iniciaron producción hasta 1 año antes de la promulgación de la Ley)
  • Realizar inversiones mínimas según tipo de plataforma y bien a producir.
  • Contar con modelos exclusivos en Mercosur (que sólo se produzcan en Argentina)
  • Tener un contenido mínimo nacional dependiendo del bien a producir.

Plazos

No especificado.

Duración del trámite

Variable, depende del caso.

Información adicional

Se prevé el otorgamiento de un bono electrónico de crédito fiscal sobre el valor de las autopartes incorporadas a los productos definidos en el Art. 4 de la <a href="https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-27263-263955/texto">Ley 27263</a>, y sobre el valor de compra de matrices y moldes nacionales destinados a la producción de autopartes componentes de los mismos bienes, entre otros beneficios.

Resumen

Este trámite permite a las empresas del sector autopartista acceder a beneficios como bonos electrónicos de crédito fiscal y preferencias arancelarias para la importación. Para acceder al régimen, las empresas deben presentar una solicitud de adhesión cumpliendo con los requisitos de la Ley 27263 y la Resolución 599/2016.

Quién puede usar este servicio:

Personas jurídicas fabricantes de los siguientes productos con establecimiento industrial en el territorio nacional (Ley 21932), o inscriptas en los registros creados por la Resolución 838/1999:

  • Automóviles.
  • Utilitarios de hasta 1500 kg de capacidad de carga.
  • Comerciales livianos de más de 1500 kg y hasta 5000 kg de capacidad de carga.
  • Camiones, chasis con y sin cabina, y ómnibus.
  • Remolques y semirremolques.
  • Maquinaria agrícola y vial autopropulsada.
  • Motores de combustión interna, híbridos u otros.
  • Cajas de transmisión y sus componentes.
  • Otros sistemas de autopartes, conjuntos y subconjuntos.

Lo que necesitas

  • CUIT y Clave Fiscal (nivel 2 o superior).
  • Cuenta en Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP.
  • Presentar proyectos nuevos y «restyling» significativos (modelos existentes solo sí iniciaron producción hasta 1 año antes de la promulgación de la Ley).
  • Realizar inversiones mínimas según tipo de plataforma y bien a producir.
  • Contar con modelos exclusivos en Mercosur (que sólo se produzcan en Argentina).
  • Tener un contenido mínimo nacional dependiendo del bien a producir.

Documentos requeridos:

Cómo hacerlo

  1. Ingresá al trámite de TAD "Régimen de Desarrollo y Fortalecimiento del Autopartismo Nacional” con tu CUIT y clave fiscal.
  2. En “Detalles”, vas a encontrar más información sobre el trámite.
  3. Completá los formularios y adjuntá la documentación solicitada.
  4. Una vez completado el trámite, vas a recibir un mensaje en "Notificaciones" de TAD con el resultado.

Ayuda

Contacto

Teléfono: 011-4349-3501 / 3517

Si tenés dudas o consultas sobre el trámite, completá este formulario.


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