Si fabricás o importás calzado o productos textiles para comercializarlos en Argentina, tenés que realizar el trámite del etiquetado. Esto se hace para que los posibles usuarios puedan encontrar información sobre su calidad, medidas y denominación de origen.
En el caso de productos importados, tenés que retirar una muestra de la Aduana como “Sin Derecho a Uso” (SDU) y llevarla a un laboratorio que esté habilitado para la certificación de su seguridad. Cuando la muestra esté certificada, vas a poder tramitar el permiso para su comercialización dentro del país.
¿Qué necesito?
.
Normativa
Resolución 850/96
Artículo 1°
¿Cómo hago?
1
Enviá una nota que incluya el tipo de mercadería, su origen y otros datos administrativos a la Dirección de Lealtad Comercial, Av. Presidente Roca 651, 4° Piso, Sector 32.
2
Presentá los sellos verificadores correspondientes al sector Textil y Calzado (Sector 27) – Oficialización del Servicio de Embarque (OSE). A partir de ese momento, tenés 30 días hábiles para para reacondicionar la mercadería o pedir una prórroga.
3
Realizada la presentación de la primer nota tenés 5 días hábiles para presentar la Oficialización del Servicio de Embarque (OSE) con los sellos verificadores de la Dirección General de Aduanas en Av. Presidente Roca 651, Sector 27.
4
Presentá un modelo de etiqueta. Enviá una nota cuando la mercadería esté reacondicionada junto con la información de origen de procedencia y el domicilio donde se realizará la verificación.
Después de presentar la primer nota tenés 5 días hábiles para presentar la OSE.
Una vez presentada la OSE, tenés 30 días hábiles para reacondicionar tus mercaderías. Si no llegás a tiempo, podés pedir una prórroga.
Cuando la mercadería esté acondicionada, presentá la segunda nota. Tenés 5 días hábiles si tus productos están comprendidos dentro de la Resolución 850/96 o 10 días hábiles si tus productos están comprendidos dentro de los estipulados en el Artículo 1º.
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Examen prioritario de patentes
Mediante la Resolución INPI N° 112/219 vigente a partir del 03/06/2019 se creó el programa de Examen Prioritario de Patentes (PEP) para el desarrollo productivo de la nación mediante la agilización del trámite de registro de las invenciones.
El mismo consiste en acelerar el estudio de fondo de solicitudes de patentes, para que se comiencen a estudiar dentro de los 60 días corridos desde la presentación del formulario reglamentado y siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
a) el primer depósito regular se haya efectuado en la República Argentina;
b) se encuentre publicada en el boletín de patentes del Instituto;
c) se encuentre cumplido el período de observaciones de terceros,
d) se haya abonado la tasa de examen de fondo;
e) no se haya realizado el examen de fondo correspondiente;
f) no hayan requerido otro procedimiento acelerado para la misma solicitud.
¿Qué trámite necesitas iniciar?
- Búsqueda
Se debe presentar el resultado de una búsqueda específica disponible en la Dirección de Información Tecnológica. Para pedir la búsqueda: - Ingresa con tu usuario al portal de trámites del INPI. INF. TECNOLÓGICA. Trámites.
- Seleccionar Búsqueda de antecedentes. Completar los datos. Seleccionar Tema técnico. Agregar a la descripción Búsqueda PEP por n° de acta xxx. Seleccionar Si/No adjunta dibujos (no es necesario adjuntarlos). Seleccionar Patentes y modelos de utilidad en BASE DE DATOS ARGENTINA. Seleccionar Patentes y modelos de utilidad en BASE DE DATOS INTERNACIONAL.
- Ingresar al Menú. MIS TRÁMITES. Trámites completados. Seleccionar y firmar el trámite.
- Pagar. Si no sabés cómo generar el VEP, accedé al instructivo de pago.
- Formulario PEP
Una vez obtenidos los resultados de la búsqueda podrá presentarse el Formulario PEP junto con los resultados del informe: - Descargá y completá el formulario PEP.
- Ingresar al portal de trámites del INPI. Patentes. Trámites. Escrito.
- Si se trata de una MiPyME adjuntar el certificado.
¿A quién está dirigido?
A quienes hayan presentado una solicitud y cumpla con los requisitos mencionados.
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
¿Cuál es el costo del trámite?
$3000
Corresponde a los aranceles:
5.1.1.1 (búsqueda nacional) y 5.1.1.2 (búsqueda internacional)
El precio se encuentra sujeto a la vigencia ARANCELES (link)(blank:#https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/aranceles_vigentesinpi19.pdf) y su actualización normativa.
Vigencia
Se extenderá por un plazo de tres años, prorrogable por períodos iguales y consecutivos.
Descargar Documento
Podés solicitar, por única vez, una extensión de hasta un año del plazo de vigencia de la Destinación Suspensiva de Importación Temporaria (D.S.I.T.) para importar tus productos, sólo en caso de que se presente alguna de las siguientes situaciones:
* Desastre natural de carácter catastrófico
* Guerra civil o internacional
* Revolución
* Sublevación
* Confiscación
* Expropiación
* Prohibición o restricción de importar en el país de destino
* Cancelación no imputable al comprador
* Emergencia agropecuaria declarada o de incendio
* Otras razones de fuerza mayor
¿A quién está dirigido?
Cualquier empresa que exporte productos
¿Qué necesito?
Tener clave fiscal nivel 2 o superior
Normativa
Decreto 1330/2004
Resolución Ministerio de Producción 687/2016
Resolución General AFIP 2147/2016
Decreto 523/2017
¿Cómo hago?
1
Ingresá a TAD con tu C.U.I.T. y clave fiscal nivel 2 o superior.
2
Completá la declaración jurada, adjuntá las Destinaciones de Importación Temporal (DITs) intervenidas por autoridad aduanera y la documentación respaldatoria del motivo.
3
Vas a recibir una notificación en el buzón de TAD cuando el trámite sea procesado.
Contacto
dpeconsultas@produccion.gob.ar
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Vigencia
Anual
Iniciar trámite en TAD
Si sos diseñador gráfico, diseñador industrial, diseñador multimedial o comunicador con experiencia en diseño, podés registrarte para trabajar en los proyectos del programa PyMES D.
¿Qué necesito?
Curriculum Vitae
Portfolio en versión .PDF
Copia del DNI
Copia del título universitario
Formulario de inscripción en AFIP
Requisitos
Ser profesional de diseño
La documentación deberá ser enviada por correo electrónico a inscripcionpymesd@gmail.com
¿Cómo hago?
1
Completá el formulario de inscripción.
2
Vas a recibir una notificación cuando seas aceptado.
3
Una vez aceptado podés empezar a recibir pedidos de PyMEs que necesiten tus servicios profesionales.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Solo tenés que realizar este trámite ante una solicitud por parte de las áreas de fiscalización del estado. En ese caso, tenés que presentar la Declaración Jurada de cumplimiento de la normativa y los informes de ensayo que la respalden.
Si sos fabricante o importador de anteojos para sol y/o monturas de gafas, nacionales o importadas, tenés que cumplir con los requisitos de marcado o grabado en el producto y contar con una Declaración Jurada, respaldada por informes de ensayo, que asegure que tus productos cumplen con las normas técnicas ISO de referencia. En caso de una solicitud por parte de las áreas de fiscalización estatales, tenés que realizar una presentación de esta DDJJ y los informes de ensayo.
Normas técnicas ISO
* Anteojos para sol: ISO 12312-1
* Monturas de gafas: ISO 12870
Marcado o Grabado
* Número de C. U. I. T. del responsable
* Identificación del modelo
* País de origen
* Código alfanumérico (para saber más al respecto, consultá las Preguntas Frecuentes)
* Número de categoría de filtro solar, en el caso de anteojos para sol
Distribuidores, mayoristas y minoristas
Tenés que tener a disposición una copia simple de la DDJJ de tus proveedores, para exhibirla ante una posible fiscalización.
¿Qué necesito?
Requisitos
- Si sos fabricante o importador de anteojos para sol o monturas de gafas, tus productos tienen que cumplir con los requisitos de normativa técnica y etiquetado de la Resolución 269/2019
- Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 en AFIP
- Tener Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP
¿Cómo hago?
1
Ingresá a TAD con tu CUIT y clave fiscal.
2
Adjuntá la DDJJ y, en el espacio para “otra documentación”, los informes de ensayo respaldatorios.
3
La información suministrada se va a analizar y, en caso de estar correcta, vas a recibir una constancia a través de Notificaciones de TAD. En caso contrario, vas a tener que realizar nuevas presentaciones para rectificar la información errónea. Si no se logra resolver el caso, podés ser sancionado de acuerdo a lo establecido en el Decreto 274/2019.
reglamentos@produccion.gob.ar
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Si pertenecés a una entidad habilitada por la Secretaría de Comercio para emitir certificados de origen y tenés dudas sobre la interpretación de acuerdos o sobre cualquier tema relacionado a la certificación de origen de mercaderías, podés realizar una consulta a la Dirección de Origen de Mercaderías.
¿Qué necesito?
Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 en AFIP
Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP
Figurar en la lista de entidades autorizadas
¿Cómo hago?
1
- Ingresá a TAD con tu CUIT y clave fiscal.
2
- Escribí en el buscador “Origen de mercaderías - Consultas entidades certificadoras” y adjuntá una nota donde se detalle la consulta, con membrete de la entidad y firmada por un representante de la misma.
3
- El área va a analizar tu consulta y vas a recibir la respuesta a través de un correo electrónico.
Teléfono: (011) 4349-3902
Correo electrónico: origenmer@produccion.gob.ar
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Iniciar trámite en TAD
Las empresas fabricantes de productos automotores que incorporen a sus procesos autopartes importadas, pagarán aranceles reducidos.
- Aranceles del 2% para importar autopartes que no se produzcan en el Mercosur en las siguientes categorías:
a. Automóviles y vehículos utilitarios livianos de hasta 1500 kg de capacidad de carga
b. Ómnibus
c. Camiones
d. Camiones tractores para semirremolques
e. Chasis con motor, inclusive los con cabina
f. Remolques y semirremolques
g. Carrocerías y cabinas
h. Tractores agrícolas; cosechadoras y maquinaria agrícola autopropulsada
i. Maquinaria vial autopropulsada
j. Autopartes que se utilicen para la fabricación de otras autopartes
- Aranceles del 8% para importar autopartes y agropartes en las siguientes categorías:
h. Tractores agrícolas; cosechadoras y maquinaria agrícola autopropulsada
i. Maquinaria vial autopropulsada
j. Autopartes que se utilicen para la fabricación de los bienes indicados en las categorías h e i
¿Qué necesito?
Requisitos
- Tener CUIT y Clave Fiscal (nivel 2 o superior)
- Estar inscripto en el Registro Único del Ministerio de Producción (RUMP)
- Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP
- Tener una empresa fabricante de productos automotores
- Contar con certificación de carácter de fabricante otorgada por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) o la Cámara Empresarial con personería jurídica representativa del sector
Normativa
Resolución 129/2019
Resolución 67/2018
Anexo I
Anexo II
Acuerdo de Complementación Económica N° 14 (AAP CE 14) - Trigésimo Octavo Protocolo Adicional
Resolución 67/2018
¿Cómo hago?
1
Inscripción
Ingresá a TAD con tu CUIT y clave fiscal.
Escribí en el buscador “Registro de Productores (Exención arancelaria 2%)” y adjuntá:
- La información para completar el formulario de inscripción
- Certificado de fabricante
- Nota en carácter de Declaración Jurada de los bienes a importar en formato Excel, especificando: los bienes a importar; su descripción específica; su posición arancelaria en la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM); y la descripción de los bienes que con ellos se producen.
Una vez completado el trámite, vas a recibir un mensaje en Notificaciones de TAD con el resultado.
Teléfono: (011) 4349 4329 – 0800 333 7963
Correo electrónico: farias@produccion.gob.ar / hufran@produccion.gob.ar
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Para poder ingresar algunos equipamientos y maquinarias usadas al país, tenés que tramitar un certificado de importación. Revisá los siguientes anexos para saber si figuran los bienes que querés importar:
Anexo I
Anexo II
Anexo III
¿Qué necesito?
Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 en AFIP
Normativa
¿Cómo hago?
1
Ingresá a TAD con tu C.U.I.T. y clave fiscal nivel 2 o superior.
2
En la solapa Formulario Importación de Bienes de Capital Usados selecciona el tipo de trámite que querés realizar: Nuevo Certificado de Importación de Bienes Usados (CIBU), Anulación y Reemplazo o Prórroga.
3
Completá el formulario. En el caso del Nuevo CIBU, vas a necesitar los manuales, catálogos, planos y detalles técnicos del bien que estás importando.
Contacto
(011) 4349-3839
consultas_di@mecon.gob.ar
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Vigencia
120 días hábiles
Iniciar trámite en TAD
Si tu empresa presta servicios directamente a la industria hidrocarburífera, podés importar máquinas o equipamiento que tengan hasta 10 años de uso comprobable para destinarlos a la actividad.
Para hacer tu compra, tenés que realizar una consulta previa para comparar los bienes a importar con las posiciones arancelarias de los bienes nacionales iguales o similares, que van del 0% al 7%, dependiendo de la relevancia del bien. Si existe una coincidencia, tenés que comprometerte a adquirir los bienes de producción nacional, en un plazo de dos años y por un monto igual o superior al de la operación.
Para los bienes alcanzados por el Decreto 629/2017, no es necesario obtener el certificado de importación de bienes usados (C.I.B.U).
Consulta previa sobre capacidad de provisión de la industria nacional
La emisión del Certificado de Importación de Bienes Usados para la Industria Hidrocarburífera (C.I.B.U.I.H) va a estar condicionada por la capacidad de provisión del mercado interno: si existen bienes nacionales de características similares a los que se quiere comprar en el exterior, el importador deberá comprometerse a adquirirlos en el país, en un plazo de hasta dos años y por un monto igual o superior al porcentaje del valor total de los bienes importados, dependiendo de la antigüedad de los mismos.
Si bien se hará la consulta, no se requerirá ningún compromiso de adquisición de bienes nuevos de origen nacional en relación al valor del bien usado importado en ese paso. Los compromisos de adquisición deberán hacerse efectivos mediante la constitución de garantías, ante la Secretaría de Industria, por un monto equivalente al valor de los compromiso asumidos.
Las posiciones arancelarias están contenidas en los Anexos 1a, 1b y 1c. Los bienes usados comprendidos en el Anexo 1c no requieren ningún compromiso de adquisición de bienes nuevos de origen nacional.
Los productores locales que estén inscriptos en el sistema de consulta previa, al momento de ser notificados por correo electrónico del ingreso de una posición arancelaria igual a la que declararon producir en el registro, deberán adjuntar una planilla de información sobre el bien producido localmente a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
¿Qué necesito?
Ser una empresa de servicios relacionada directamente a la actividad hidrocarburífera
Estar inscripto en el registro de empresas petroleras
Estar adherido al servicio de Trámites a Distancia (TAD)
Estar inscripto en el Registro Único del Ministerio de Producción (RUMP)
Normativa
Decreto 629/2017
Disposición Conjunta-E 3/2017 Subsecretaría de Industria - Subsecretaría de Comercio Exterior
¿Cómo hago?
1
Ingresá a TAD (Trámites a Distancia) con tu CUIT y clave fiscal.
2
Dentro de la categoría Ministerio de Producción, buscá el trámite que necesitás en la sección Nuevo Trámite, y completá los pasos del proceso:
- Acreditación de compra local para CIBUIH: está destinado a la acreditación de los bienes de origen local comprometidos en la póliza de caución.
- Alta de proveedor local para consulta de CIBUIH: los proveedores nacionales se dan de alta para ser avisados cuando ingrese una nueva solicitud de importación en el marco del CIBUIH.
- Declaración jurada de provisión local para CIBUIH: una vez que el proveedor local se dió de alta, luego de ser informado del ingreso de una solicitud de importación que coincide con la posición arancelaria que informó el productor nacional, deberá cargar una declaración jurada de efectiva capacidad de provisión local a través de TAD, utilizando esta plantilla.
- Solicitud de CIBUIH: se inicia la solicitud de emisión del CIBUIH, adjuntando esta plantilla a través de TAD. Una vez completada la revisión de la información se emitirá el certificado, con vigencia de 120 días hábiles, que permitirá la importación de los bienes, indicando su valor en concordancia con los términos de los bienes nacionales declarados en el registro. Imprimí el certificado y presentalo en Aduana.
- Presentación de despacho aduanero para CIBUIH: dentro de los noventa días desde que se despacha la mercadería, el importador deberá presentar una copia del despacho aduanero, a fin de corroborar si es necesario modificar el valor de las garantías constituidas en virtud de la valoración aduanera de la mercadería.
- Una vez obtenido el CIBUIH vas a tener que presentarlo en Aduana.
Contacto
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Vigencia
120 días
El CIBUIH cuenta con una vigencia de 120 días hábiles desde su emisión.
Si necesitás insumos, partes, piezas y componentes nuevos para la construcción, reconstrucción, transformación y reparación de buques y artefactos navales, que no cuentan con capacidad de provisión local, podés importarlas sin pagar el arancel aduanero.
Para conocer los bienes alcanzados por el beneficio, podés consultar el listado. Si necesitás algún bien que no conseguís en el país y no figura en la lista, podés solicitar que la Secretaría de Industria verifique la capacidad de provisión en el mercado local y te autorice a importarlo sin arancel.
¿Qué necesito?
Requisitos
- Ser un Astillero, Taller Naval y/o Estudio de Ingeniería naval
- Estar inscripto como astillero o taller naval en la Prefectura Naval Argentina o, en el caso de los estudios de ingeniería naval, contar con la matrícula profesional del Consejo Profesional de Ingeniería Naval (de los socios y/o responsables técnicos), según corresponda
- Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP
- Estar inscripto en el Registro Único del Ministerio de Producción (RUMP)
Normativa
Ley 27.418
Decreto 920/2018
Resolución SI Nº 7/2019
¿Cómo hago?
1
Ingresá a TAD con tu CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior.
2
Completá el formulario y adjunta la documentación solicitada:
Para el caso de Astilleros o Talleres Navales, presentá la inscripción en la Prefectura Naval Argentina. Para el caso de estudios de ingeniería naval, presentá la matrícula del Consejo Profesional de Ingeniería Naval, tanto de los socios como de los responsables técnicos.
Si corresponde, especificá los bienes y/o servicios que producís y/o realizás y su posición arancelaria.
3
La documentación va a ser evaluada y, en un plazo de veinte días, vas a recibir el resultado a través de Notificaciones de TAD. Vas a recibir la constancia de inscripción o un informe con las observaciones de los puntos a subsanar.
(011) 4349 4329 – 0800 333 7963
farias@produccion.gob.ar / hufran@produccion.gob.ar
Iniciar trámite en TAD