Si necesitás insumos, partes, piezas y componentes nuevos para la construcción, reconstrucción, transformación y reparación de buques y artefactos navales, que no cuentan con capacidad de provisión local, podés importarlas sin pagar el arancel aduanero.
Para conocer los bienes alcanzados por el beneficio, podés consultar el listado. Si necesitás algún bien que no conseguís en el país y no figura en la lista, podés solicitar que la Secretaría de Industria verifique la capacidad de provisión en el mercado local y te autorice a importarlo sin arancel.
¿Qué necesito?
Requisitos
- Ser un Astillero, Taller Naval y/o Estudio de Ingeniería naval
- Estar inscripto como astillero o taller naval en la Prefectura Naval Argentina o, en el caso de los estudios de ingeniería naval, contar con la matrícula profesional del Consejo Profesional de Ingeniería Naval (de los socios y/o responsables técnicos), según corresponda
- Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP
- Estar inscripto en el Registro Único del Ministerio de Producción (RUMP)
Normativa
Ley 27.418
Decreto 920/2018
Resolución SI Nº 7/2019
¿Cómo hago?
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Ingresá a TAD con tu CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior.
2
Completá el formulario y adjunta la documentación solicitada:
Para el caso de Astilleros o Talleres Navales, presentá la inscripción en la Prefectura Naval Argentina. Para el caso de estudios de ingeniería naval, presentá la matrícula del Consejo Profesional de Ingeniería Naval, tanto de los socios como de los responsables técnicos.
Si corresponde, especificá los bienes y/o servicios que producís y/o realizás y su posición arancelaria.
3
La documentación va a ser evaluada y, en un plazo de veinte días, vas a recibir el resultado a través de Notificaciones de TAD. Vas a recibir la constancia de inscripción o un informe con las observaciones de los puntos a subsanar.
Contacto
(011) 4349 4329 – 0800 333 7963
farias@produccion.gob.ar / hufran@produccion.gob.ar