Transferir o Presentar un cambio de rubro sobre una marca

Actualizado el 26 de enero de 2020
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Es el trámite de inscripción de una modificación en la titularidad de un derecho de MARCA ya sea por transmisión (transferencia) o por modificación en el nombre o tipo societario o nombre de persona humana (cambio de rubro).

¿A quién está dirigido?

A cualquier persona humana o jurídica TITULAR de DERECHOS DE MARCAS en trámite o concedidos que pretenda transferirlos o haya modificado su denominación social. El transmitente puede actuar por sí o través de apoderado. En este caso para instrumentar la transferencia debe poseer facultades de disposición.

¿Qué necesito?

Instrumento: La transferencia puede realizarse a través de escritura pública o un instrumento privado, en este último caso puede ser a través del Formulario de acreditación de cesión que se encuentra adjunto en la página 5 del Formulario de Transferencia de Marcas.

En todos los casos, el TRANSMITENTE (TITULAR DE LA MARCA) debe certificar su firma, como así también su cónyuge (si correspondiera) conforme art. 11.2 de la Res. 39/011 y art. 464 inc o) Del Código Civil y Comercial de la Nación). Además, dicha certificación deber estar legalizada en caso de tratarse de Escribano matriculado en jurisdicción fuera de CABA.

Las PERSONAS HUMANAS cuentan con la posibilidad de certificar su firma ante el INPI compareciendo TODAS* las partes involucradas EN EL MISMO ACTO accediendo al trámite de certificación de firmas para transferencia de derechos entre personas humanas. En este caso optarán por la presentación del trámite de manera presencial.
*Cedentes, adquirentes y cónyuges de ambas partes si correspondiera.

Formulario: La inscripción del instrumento deberá solicitarse a través del formulario correspondiente.

Para presentaciones a través de nuestro portal web el formulario será completado en línea con el número de acta de la marca y todos los datos de las partes involucradas en la transferencia y cónyuges (si correspondiera). En este caso el documento generado será suscripto electrónicamente por el solicitante o su apoderado (quien deberá encontrarse logueado con CUIT y clave fiscal).

Para presentaciones realizadas en la Mesa de entradas del organismo, el Formulario de Transferencia de Marcas deberá ser completado con los mismos datos en versión PDF, impreso y firmado.

Poder: Los firmantes que actuaren por un derecho que no es el propio, en la certificación notarial o judicial, el funcionario actuante deberá dar fe de la representación que sea invocada y que se encuentran debidamente facultados para la realización del acto.

Aclaración para actos celebrados en el extranjero: Cuando el acto se hubiese celebrado en el extranjero, su forma se regirá por las leyes del país en el que hubiera sido otorgado. Pero deberá cumplir con el requisito de la certificación de firma del cedente y su cónyuge (en caso de corresponder).-

Para ventas de fondo de comercio: Cuando la transferencia se efectúe como consecuencia de la venta del fondo de comercio, del que la marca forme parte, la misma se deberá justificarse mediante el documento que acredite la respectiva inscripción en el Registro Público de Comercio (Ley 11.867).

Transmisión por causa de muerte: Cuando la transferencia se efectúe por causa de muerte del titular, se requerirá OFICIO/ TESTIMONIO judicial con la orden expresa del Juzgado a cargo del proceso sucesorio, ordenando la inscripción. El oficio deberá consignar los datos de los herederos, sus partes indivisas y la persona autorizada a suscribir el formulario.

Impedimentos a la transmisión: Para hacer efectiva la transmisión del derecho, no deben existir medidas cautelares que recaigan sobre el cedente, la denominación societaria anterior o la marca.

Mútiples titulares Para el caso de tratarse de múltiples TITULARES – CEDENTES y/o múltiples ADQUIRENTES – CESIONARIOS, deberán presentarse tantos formularios como cedentes o adquirentes hubieran.

¿Cómo hago?

1

Presentá la solicitud en línea

Ingresá al portal de trámites del INPI con tu clave fiscal.
Sección → MARCASTrámitesTransferencias.

2

Completá todos los datos del formulario de solicitud.

3

Adjuntá escaneada en formato PDF la documentación que acredite la transferencia (contrato o formulario de cesión de marcas) cumpliendo los requisitos mencionados (certificación de firmas, etc).

4

Firmá electrónicamente el formulario.

5

Generá y pagá el arancel correspondiente.

6

Para presentaciones de forma presencial

  1. Descargá el Formulario de Transferencia de Marcas, completalo digitalmente en PDF e imprimilo.

  2. Si no tenés instrumento público o privado certificado que acredite la cesión podés usar el Formulario de acreditación de cesión que se encuentra adjunto en la página 5 del formulario anterior y certificarlo a través de escribano o del Trámite de certificación de firmas para personas humanas.

  3. Presentá la solicitud y respectiva documentación que acredite la transferencia o cambio de rubro en Mesa Entradas (Paseo Colón 717, CABA).

  4. Pagá el arancel correspondiente en la tesorería.

Contacto Si todavía tenés dudas sobre como proceder para realizar el trámite podés comunicarte con nosotros para recibir asistencia.

Por correo electrónico

Comunicate con nosotros vía mail a infotrantec@inpi.gob.ar

Por teléfono

Llamanos al 0800-222-INPI (4674)

Presencialmente

Las consultas presenciales se realizan en Paseo Colón 717, piso 4, CABA.
Los horarios de atención son de Lunes a Viernes de 9 a 12.45 y 13.30 a 15.30.

¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

El trámite lleva: 2 meses

El tramite sin observaciones se resuelve en 2 meses.

¿Cuál es el costo del trámite?

$2730.00

El precio se encuentra sujeto a la vigencia ARANCELES y su actualización normativa.

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