Solicitar un adelanto del mínimo no imponible para empresas textiles

Actualizado el 26 de enero de 2020
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Este beneficio aplica hasta diciembre de 2019.

Si tenés una empresa textil, de calzado, confección o marroquinería, podés solicitar el beneficio de adelanto del mínimo no imponible para reducir las cargas sociales que abonás, descontando $12.000 del cálculo de las contribuciones patronales por cada trabajador. El importe se actualiza sobre la base de las variaciones del
Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministra el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

¿Qué necesito?

Tener una empresa cuya actividad principal sea textil, confección, calzado y/o marroquinería según CLAE

Tener empleados adheridos a uno de estos convenios colectivos de trabajo.

Haber informado a la AFIP, a través del sistema de Simplificación Registral, los trabajadores por los cuales se va a aplicar al beneficio.

Tener cargados los convenios colectivos de trabajo en el sistema de simplificación registral de la AFIP.

Tener CUIT y clave fiscal 2.

Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP.

Documento

Resolución 1067/2018
Resolución 127/2018
Disposición 1/2018
Anexo I- Convenios Colectivos de Trabajo Incluidos
Anexo II- Formulario de solicitud
Disposición 1/2018

¿Cómo hago?

1

Ingresá a TAD con tu CUIT y clave fiscal.

2

Escribí en el buscador “Textil: Solicitud de adelanto del mínimo no imponible de la RTI”.

3

Completá el formulario “Alta del beneficio: detracción mínimo no imponible” con los datos de tu empresa.

4

Descargá la planilla “solicitud al beneficio"” y completá la nómina del convenio colectivo de trabajo, con los nombres y CUIT de tus empreados y colocando el CUIT del sindicato al que están afiliados, para solicitar la firma conjunta.

5

Elegí al firmante para el Formulario de Solicitud al beneficio: detracción mínimo no imponible – Convenio 1. Una vez que lo elijas, vas a poder cargar la planilla de “solicitud al beneficio” que completaste en el paso anterior. Por cada convenio de trabajo con el que tengas empleados adheridos, vas a tener que presentar una planilla diferente.

6

Cuando la carga esté terminada, confirmá el trámite.

7

Entrá a la sección “Tareas” de TAD y firmá la documentación. Cuando el o los sindicatos firmen la documentación, se va a generar el expediente.

8

Tu expediente se va a evaluar y vas a recibir el resultado en Notificaciones de TAD, a partir de los 15 días hábiles desde que iniciaste el trámite.

Contacto

0800-333-7963
info@produccion.gob.ar

¿Cuál es el costo del trámite?

Vigencia


Hasta el 31 de diciembre de 2019.

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