Obtener prórroga para exportar productos importados temporariamente

Actualizado el 26 de enero de 2020
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Si importás mercadería de manera temporal para perfeccionarla industrialmente y no podés cumplir en tiempo y forma con la obligación de exportarlas, podés solicitar una prórroga que se concede sólo una vez.

Tenés que hacer el trámite con una antelación no menor a treinta (30) días corridos al vencimiento del plazo original de la Declaración de Importación Temporaria.

¿Qué necesito?

Requisitos

¿Cómo hago?

1

En línea:
  • Ingresá a TAD con tu C.U.I.T. y clave fiscal nivel 2 o superior.
  • Completá la declaración jurada y adjuntá las Destinaciones de Importación Temporal (DITs) y la documentación respaldatoria.
  • Vas a recibir una notificación cuando el trámite sea procesado.

2

Presencial:
  • Ingresá al formulario para generar la Declaración Jurada y completá los campos obligatorios. Imprimila, firmá e inicialá todas las hojas.
  • Presentá la Declaración Jurada y la documentación respaldatoria que acredite lo expuesto en la DDJJ en Mesa de Entradas del Ministerio, en Av. Julio A. Roca 651, C.A.B.A., Planta baja, sector 2

Recordá que, en el momento de la presentación, tenés que adjuntar las copias de las Declaraciones de Importación Temporaria (D.I.T./s) autenticadas por representante legal o apoderado de la empresa.

Si querés saber más detalles sobre el trámite de Aplicación al Régimen de Importación Temporaria descargá el tutorial

Si tenés alguna duda o consulta, podés escribir un correo electrónico a dpeconsultas@mecon.gob.ar.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

Vigencia


Anual

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