Si importás mercadería de manera temporal para perfeccionarla industrialmente y no podés cumplir en tiempo y forma con la obligación de exportarlas, podés solicitar una prórroga que se concede sólo una vez.
Tenés que hacer el trámite con una antelación no menor a treinta (30) días corridos al vencimiento del plazo original de la Declaración de Importación Temporaria.
¿Qué necesito?
Requisitos
- Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 en AFIP
- Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP
- Estar inscripto en el Registro Único del Ministerio de Producción (RUMP)
- Contar con una declaración jurada de solicitud de prórroga
¿Cómo hago?
1
En línea:
- Ingresá a TAD con tu C.U.I.T. y clave fiscal nivel 2 o superior.
- Completá la declaración jurada y adjuntá las Destinaciones de Importación Temporal (DITs) y la documentación respaldatoria.
- Vas a recibir una notificación cuando el trámite sea procesado.
2
Presencial:
- Ingresá al formulario para generar la Declaración Jurada y completá los campos obligatorios. Imprimila, firmá e inicialá todas las hojas.
- Presentá la Declaración Jurada y la documentación respaldatoria que acredite lo expuesto en la DDJJ en Mesa de Entradas del Ministerio, en Av. Julio A. Roca 651, C.A.B.A., Planta baja, sector 2
Recordá que, en el momento de la presentación, tenés que adjuntar las copias de las Declaraciones de Importación Temporaria (D.I.T./s) autenticadas por representante legal o apoderado de la empresa.
Si querés saber más detalles sobre el trámite de Aplicación al Régimen de Importación Temporaria descargá el tutorial
Si tenés alguna duda o consulta, podés escribir un correo electrónico a dpeconsultas@mecon.gob.ar.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Vigencia
Anual