Solicitar el alta de haberes suspendidos por Dto. 894/01

Actualizado el 26 de enero de 2020
Ver en la web de la administración

El Decreto N° 894/01 establece la incompatibilidad entre el cobro de un haber previsional y la percepción de una remuneración por cargo en la función pública.
Si ya no te encontrás en esta situación y reunís las condiciones legales estipuladas en este Decreto, podés pedir el alta de tus haberes de retiro o pensión.

¿A quién está dirigido?

Al titular de un beneficio de retiro o pensión o su apoderado.

¿Qué necesito?

Nota con los datos personales del solicitante indicando:
- Apellido y nombres
- Grado
- Tipo (LE, LC o DNI) y Nº de documento
- Domicilio
- Teléfono
- Correo electrónico
- Fecha desde la cual no percibe haberes de la función pública
- Motivo
- Zona de pago solicitada

DNI

Certificado de Supervivencia para la rehabilitación de haberes

Documentación respaldatoria del cese de funciones

¿Cómo hago?

1

De manera presencial: acercate con la documentación requerida a la sede central del IAF, Cerrito 572 – CABA o las Delegaciones del Interior, en el horario de 08:00 a 13:00 horas.

De manera telefónica: comunicate a nuestro call center 0810-222-2423 en el horario de 08:00 a 16:00 horas y un operador te indicará cómo completar el trámite.

Por correo postal: Enviá la documentación requerida al INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA - Cerrito 572 (C1010AAL) – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.