Solicitar certificado de autorización a realizar tareas civiles (Art. 9 inc. 4 Ley 19.101)

Actualizado el 26 de enero de 2020
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En este certificado se enuncia que estás autorizado a desempeñar tareas civiles durante el beneficio de retiro, de acuerdo a lo establecido en el Art. 9 inc 4 de la Ley 19.101.

Tené en cuenta que si necesitás certificar esta autorización de los años que estuviste en Actividad, deberás dirigirte al Estado Mayor de la Fuerza a la que perteneciste.

¿A quién está dirigido?

A retirados militares que necesiten certificar que están autorizados a realizar tareas civiles sin perjuicio de su beneficio de retiro.

¿Qué necesito?

DNI

Solicitud firmada por el beneficiario

¿Cómo hago?

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De manera presencial: acercate con la documentación requerida a la sede central del IAF, Cerrito 572, CABA o las delegaciones del interior, en el horario de 08:00 a 13:00 horas.

De manera telefónica: comunícate a nuestro call center 0810-222-2423 en el horario de 08:00 a 16:00 horas y un operador te indicará cómo completar el trámite.

Por correo postal: enviá la documentación requerida al Instituto de Ayuda Financiera - Cerrito 572 (C1010AAL) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por SIC (Sistema Integrado de Consultas): si estás registrado en nuestra plataforma E-IAF, envianos tu solicitud adjuntando copia de tu DNI e indicando si lo retirarás personalmente o te hacemos el envío por correo postal.

¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

El trámite lleva: 10 días

El certificado estará listo a los 10 días de ingresada la solicitud. Podés retirarlo personalmente o pedir envío por correo postal, en cuyo caso, la demora puede ser mayor.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

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