Dar de alta o baja el Seguro de Vida Obligatorio del personal militar retirado

Actualizado el 26 de enero de 2020
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Si sos personal militar retirado podés solicitar al IAF el alta del código de descuento n° 177 correspondiente al Seguro de Vida Obligatorio o bien, el cese del mismo.

Cabe aclarar que el IAF sólo tramita lo referente al SVO, no así el Seguro de Vida Colectivo, que debe gestionarse en la Contaduría de la Fuerza a la que hayas pertenecido.

¿A quién está dirigido?

A retirados militares que opten por dar de alta o de baja su Seguro de Vida Obligatorio.

¿Qué necesito?

Nota dirigida a la oficina de Descuentos del IAF, solicitando el alta o la baja del Seguro, firmada por el titular, conteniendo nombre y apellido, domicilio, número de teléfono y número de documento

Fotocopia del DNI del titular

¿Cómo hago?

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De manera presencial: acercate con la documentación requerida a la sede central del IAF, Cerrito 572 – CABA o las Delegaciones del Interior, en el horario de 08:00 a 13:00 horas.

Por correo postal: Enviá la documentación requerida al Instituto de Ayuda Financiera - Div. Retenciones y Seguros - Cerrito 572 (C1010AAL) – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por SIC (Sistema Integrado de Consultas): si estás registrado en nuestra plataforma E-IAF, envianos tu solicitud adjuntando copia de tu DNI.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

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