Ocurrido el fallecimiento de un beneficiario/a es importante ponerse en contacto con el IAF para dar aviso del mismo. De esta manera, se procede a dar la baja de los haberes del titular fallecido y se instruye a sus familiares sobre los sucesivos trámites que pudieran corresponder en cada caso.
¿A quién está dirigido?
A familiares, apoderados, albaceas o cualquier persona vinculada con el beneficiario fallecido.
¿Qué necesito?
Nota especificando los datos del titular fallecido y del denunciante. En caso de contar con la Partida de Defunción, deberá adjuntarse una copia o remitirla al IAF a la brevedad.
Tenga en cuenta que si hay deudos con derecho a pensión deberá tramitarse en el Estado Mayor de la Fuerza a la que perteneciera el titular fallecido (Armada y Fuerza Aérea) o en la Dirección de Bienestar (Ejército).
Si el causante se encontraba amortizando un préstamo, informar número de contrato para poder proceder a su cancelación.
¿Cómo hago?
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De manera presencial: acercate con la documentación requerida a la sede central del IAF, Cerrito 572 – CABA o las Delegaciones del Interior, en el horario de 08:00 a 13:00 horas.
De manera telefónica: comunicate a nuestro call center 0810-222-2423 en el horario de 08:00 a 16:00 horas y un operador te indicará cómo completar el trámite.
Por correo postal: Enviá la documentación requerida al Instituto de Ayuda Financiera - Cerrito 572 (C1010AAL) – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Vigencia
Definitiva.