Solicitar el certificado del Artículo 25 del Decreto Nº 748/99

Actualizado el 26 de enero de 2020
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Los armadores y/o propietarios deberán solicitar, a fin de transferir la titularidad de buques con permiso de pesca, autorización a la Autoridad de Aplicación, para constatar que el adquirente reúna las condiciones y requisitos exigidos al titular.
La Autoridad de Aplicación extenderá un certificado, en el que consten las condiciones del permiso de pesca, las obligaciones pendientes de cumplimiento y la existencia de sumarios en trámite por infracciones a la legislación pesquera.
El adquirente asumirá en forma solidaria las obligaciones derivadas de la legislación pesquera que pesaren sobre el titular, respecto del buque objeto de la transferencia.

¿A quién está dirigido?

El armador propietario y/o locatario del buque pesquero.

¿Qué necesito?

Nota de solicitud de emisión del certificado del Artículo 25 del Decreto Nº 748/99.

Documentación que acredite personería y representación

Nota de conformidad y autorización a favor de una de las partes para tramitar la solicitud en caso de ser Multipersonal Persona Física/Jurídica - Multipersonal Mixta.

¿Cómo hago?

1

Ingresá a TAD

2

Completa la documentación solicitada.

3

Una vez finalizado selecciona continuar.

4

Cuando termines, se generará un número de expediente que les permitirá realizar el seguimiento del mismo.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

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