Solicitar el certificado del Artículo 23 de la Resolución CFP N° 01/13

Actualizado el 26 de enero de 2020
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Para solicitar una transferencia definitiva de Cuota Individual Transferible de Captura (CITC) el cedente deberá solicitar previamente a la Autoridad de Aplicación un certificado donde consten las condiciones de la Cuota, las obligaciones pendientes de cumplimiento, los antecedentes de explotación y las transferencias temporales.

¿A quién está dirigido?

El titular de la Cuota Individual Transferible de Captura (CITC) del buque cedente.

¿Qué necesito?

Documentación que acredite personería y representación.

Nota de solicitud de nota de emisión del certificado del Artículo 23 de la Resolución CFP N° 01/13.

Documentación respaldatoria.

Nota de conformidad y autorización a favor de una de las partes para tramitar la solicitud en caso de ser Multipersonal Persona Física/Jurídica - Multipersonal Mixta.

¿Cómo hago?

1

Ingresá a TAD

2

Completa la documentación solicitada.

3

Una vez finalizado selecciona continuar.

4

Cuando termines, se generará un número de expediente que les permitirá realizar el seguimiento del mismo.

¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

El trámite lleva: 10 días

DIEZ (10) días hábiles si no adeuda obligación alguna.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

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