Toda persona física o jurídica obligada a inscribirse, conforme a lo establecido en el Artículo 41 de la Ley Nº 24.922, deberá presentar anualmente una declaración jurada anual de la mano de obra empleada a los fines de su anotación en el Registro de la Pesca.
¿A quién está dirigido?
Todas las personas físicas y jurídicas que se dediquen a la explotación comercial de los recursos vivos marinos en las condiciones que determine la reglamentación.
¿Qué necesito?
Realizar la declaración jurada de mano de obra.
Documentación que acredite personería y representación.
Copia de los formularios AFIP 931.
Nota de conformidad y autorización a favor de una de las partes para tramitar la solicitud en caso de ser Multipersonal Persona Física/Jurídica - Multipersonal Mixta.
Comprobante de pago realizado ante AFIP de los meses comprendidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año anterior a la presentación, correspondientes a aportes y contribuciones de los trabajadores.
¿Cómo hago?
1
Ingresá a TAD
2
Completar la documentación solicitada.
3
Una vez finalizado selecciona continuar.
4
Cuando termines, se generará un número de expediente que les permitirá realizar el seguimiento del mismo.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Vigencia
1 años
La declaración se debe realizar anualmente entre el 1 y el 31 de enero.