Toda persona inscripta en el RNCyFS deberá denunciar en un plazo de VEINTE (20) días corridos al INASE cualquier modificación en los datos e información que se requiere en el RNCyFS. Remitiendo para ello la documentación que lo avale, bajo apercibimiento de aplicarse la sanción reglada en el Art. 39º de la Ley de Semillas.
Para poder operar con normalidad deben mantener la vigencia, según resolución 205/17.
¿A quién está dirigido?
A toda persona inscripta en el RNCyFS que deba o necesite informar modificaciones de los datos aportados oportunamente o abonar la anualidad y en caso de corresponder, enviar declaración de producción anual de viveros.
¿Qué necesito?
Conocer la definición de categorías
Conocer los aranceles correspondientes para encuadrarse según la operación que vaya a realizar
Conocer la documentación obligatoria a presentar
Conocer las formas de pago
En caso de corresponder adjuntar el comprobante de pago.
Formulario de alta de usuario para el Sistema de Gestión.
El valor de la inscripción que deberá abonar está determinado por la/s categoría a la/s cual/es se inscribe.
¿Cómo hago?
1
Para la reinscpción o modificación de información general enviar la Solicitud de reincripción o modificación
2
Para dar de alto o baja una/s categoría/s, completar el Formulario de actualización de categorías.Deberán inscribirse en una o varias categorías, según corresponda a la actividad que realice.
3
Para dar de alta un DT completar la Planilla Complementaria - Anexo VII
4
Para dar de baja un DT deberá enviar una nota firmada por el representante legal.
5
Para la anualidad de un vivero debará enviar la Declaración de producción anual de viveros
Vigencia
1 años
Desde el momento de su inscripción hasta el 31/03 más próximo.
El vencimiento de la anualidad es el 31 de marzo de cada año y para la Renovación anual (anuallidad) se deberá presentar el comprobante de pago de la DDJJ de producción anual de viveros.
Debrá realizarse dentro de los 60 días corridos posteriores a la fecha antes mencionada.
Res. INASE Nº 205/17