Inscripción como fraccionador de alcohol etílico desnaturalizado de uso doméstico

Actualizado el 26 de enero de 2020
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Habilita a la persona física o jurídica a poder fraccionar este tipo de Alcohol, como también importarlo y/o exportarlo.

¿A quién está dirigido?

Personas físicas o jurídicas que deseen fraccionar este tipo de alcohol, como también importarlo y/o exportarlo. El trámite puede ser realizado por el titular o su representante debidamente acreditado.

¿Qué necesito?

  • Formulario de Inscripción.
  • Fotocopia autenticada del contrato social o escritura, en donde figure la actividad a desarrollar.
  • Fotocopia autenticada del comprobante de inscripción de la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
  • Fotocopia autenticada de la habilitación municipal.
  • Fotocopia autenticada de poderes y autorizaciones, debiendo declarar las facultades otorgadas a sus apoderados o autorizados.
  • Planos delimitando en rojo el perímetro de control, y dejando constancia que: “Se autoriza al Instituto Nacional de Vitivinicultura a inspeccionar el local habilitado”.
  • Planilla de Capacidad Real de Recipientes según modelo Oficial.
  • Fotocopia autenticada del Título habilitante del técnico responsable.

Se aclara que la documentación presentada está sujeta a verificación por parte del INV debiendo existir una total concordancia entre lo consignado en esta y la realidad física del establecimiento.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite es gratuito.

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