Toda persona física o jurídica, para poder comercializar, multiplicar semillas debe inscribirse en una o varias de las categorías del Registro Nacional de Comercio y Fiscalizacion de Semillas (RNCyFS)
¿A quién está dirigido?
A toda persona que importe o exporte, produzca semilla fiscalizada, procese, analice, identifique y/o venda semilla.
¿Qué necesito?
- Formulario ABM
- Documentacion obligariora a presentar
- Instructivo para la carga de información
- Definición de categorías
- Aranceles
- Formas de pago
- Comprobante de pago de la inscripción de la/s categoría/s en las que se inscribió
Se recomienda tener conocimiento de los siguientes items:
* Instructivo de inscripción.
* En caso de querer inscribir un laboratorio, tener en cuenta las resoluciones 60/97, 218/04 y 236/18
* En caso de querer inscribirse como vivero, tener en cuenta las resoluciones 149/98, 207/99, 811/00, 742/01 y 834/05
¿Cómo hago?
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- Ingresa a la plataforma TAD.
- Completa los formularios de la solicitud de inscripción
- Adjunta la documentación complementaria obligatoria, junto al comprobante de pago (de corresponder) todo tiene que estar escaneado.
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El trámite lleva: 7 días
¿Cuál es el costo del trámite?
El valor de la inscripción está determinado por la categoría a la cual se inscribe. El arancel por inscripción de cada categoría incluye el valor de la primera anualidad.
Vigencia
365 días
Desde el momento de su inscripción hasta el 31/03 más próximo.
El vencimiento de la anualidad es el 31 de marzo de cada año y el pago de la renovación anual deberá realizarse dentro de los SESENTA (60) días corridos posteriores a la fecha antes mencionada. Res. INASE Nº 205/17
1 año, pasado ese lapso debe renovarse pagando la anualidad correspondiente (categorias aranceladas) y/o presentar la DDJJ de la producción anual de viveros