Inscribir variedades vegetales en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares

Actualizado el 26 de enero de 2020
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El Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares (RNPC) protege el derecho de propiedad de los creadores de nuevas variedades vegetales, como reconocimiento a su actividad fitomejoradora.

¿A quién está dirigido?

Toda persona física o jurídica que desee inscribir una variedad en el RNPC.

¿Qué necesito?

Descriptor de Cultivares - Anexo II

Documento que acredite la personería del representante legal que lo faculta a actuar como tal.

En el caso de variedades de origen extranjero presentar poder del creador/titular de la variedad debidamente legalizado y traducido.

¿Cómo hago?

1

Ingresa a TAD y utiliza para identificarte alguna de las formas que ofrece el sistema.

2

Completá los campos solicitados e incorpora la documentación requerida.

3

Cuando termines se generará un número de expediente que les permitirá realizar el seguimiento del mismo.

4

Se elabora el aviso de oposición de terceros interesados. El mismo deberá ser publicado, por un día, en el Boletín Oficial y en dos periódicos de amplia difusión.

5

Se le comunica al Solicitante que deberá abonar el arancel correspondiente a la Inscripción del Cultivar.

6

Se le comunica al Solicitante la Resolución de Inscripción, la cual deberá ser publicada por un día en el Boletín Oficial.

7

El INASE pública la variedad en el Catálogo Nacional de Cultivares.

8

Se imprime el Título de Propiedad y se entrega al Solicitante.

¿Cuál es el costo del trámite?

$6000.00

Estudio de Diferenciación de Cultivares en el RNPC

$12000.00

Inscripción de Cultivares en el RNPC

$4815.00

Anualidad Cultivares inscriptos en el RNPC.

Vigencia

20 años

Otorgamiento de Título de Propiedad en el RNPC.

Iniciar trámite en TAD

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