Los Centros de tratamientos contra las plagas cuarentenarias son habilitados y fiscalizados por el Senasa para verificar el cumplimiento de los requisitos para el ingreso de productos vegetales hospederos de Mosca de los Frutos y Lobesia botrana a áreas libres del territorio argentino o para la exportación.
¿A quién está dirigido?
Propietarios de establecimientos donde se realicen tratamientos cuarentenarios.
¿Qué necesito?
Para habilitar un CTC con bromuro de metilo tenés que presentar:
- Solicitud de inscripción del CTC.
- Formulario de autorización de publicación de datos del CTC y directores técnicos habilitados por el Senasa.
- Copia de certificado de inscripción como empresa aplicadora en el registro provincial de aplicadores terrestres emitida por la provincia.
- Copia de certificado de habilitación vigente provincial o municipal o del ente que corresponda según el emplazamiento de predio, para el funcionamiento como CTC con cámaras de fumigación con bromuro de metilo
- Plano de vista en planta de todo el CTC en escala 1:100.
- Plano de corte longitudinal y plano de corte transversal de cada una de la/s cámara/s a ser habilitadas para tratamiento cuarentenario. Todos los planos deben estar debidamente acotados.
- Planos y memoria técnica descriptiva de cada uno de los componentes del CTC con detalles y materiales constructivos.
- Protocolo (memoria técnica operativa) del movimiento de pallets tratados desde el tratamiento hasta el despacho.
- Diagrama de recorrido de las cañerías transportadoras del fumigante y la totalidad de las válvulas desde la garrafa de bromuro de metilo hasta su ingreso a cada una de las cámaras.
- Diagrama del trazado de los conductores eléctricos que transmiten la señal de damper 2 (abierto o cerrado), desde dichos dampers hasta la sala de monitoreo computarizado para cada una de las nuevas cámaras. El switch indicador de apertura y cierre deberá estar ubicado por dentro del damper 2 el cual debe estar preparado para ser precintado.
- Comprobante de pago correspondiente al arancel por habilitación de cada cámara, según lo establecido en la normativa vigente.
- Copia del certificado de calibración de la balanza de pesaje de la garrafa de bromuro de metilo con su código de identificación o precinto identificatorio o, en caso de ser una balanza nueva, certificado de conformidad y factura fechada de compra y el correspondiente certificado del INTI.
- Copia del certificado de calibración del sensor de temperatura manual con su código de identificación grabado por el fabricante en el instrumento y correspondiente certificado del INTI. La certificación se realizará para los siguientes puntos: 0 ºC; 15 ºC y 21 ºC.
- Copia del certificado de sensores de temperatura de ambiente y de pulpa asociado con el sistema de monitoreo y registro computarizado de temperaturas y eventos. La calibración deberá realizarse para los siguientes puntos: 0 ºC; 15 ºC y 21 ºC.
- Copia del certificado del sensor de chimenea con su código o precinto identificatorio puesto por el laboratorio de calibración.
- Copia del certificado del analizador de gases con su código o precinto identificatorio puesto por el laboratorio de calibración.
- Solicitud de inspección para la habilitación de la/s cámara/s detallando para cual/es se destinaran para tratamientos cuarentenarios contra plagas cuarentenarias.
- Constancia de matrícula profesional de ingeniero agrónomo al día del director técnico al día o copia comprobante de último pago.
- Nota de responsabilidad firmada por el director técnico del CTC.
- Copia de certificado de habilitación de los operadores y director técnico de cámaras de fumigación o con frío expedido por el Senasa, o de reválida en el caso del director técnico.
- Original de la planilla de datos y firmas del personal (operadores y directores) habilitado por el Senasa para operar las cámaras del CTC.
- Copia de los certificados de salud de operadores y director técnico.
- Copia de los protocolos de análisis de determinación de bromo en sangre de operadores y director técnico que incluya la indicación del método de determinación utilizado por el laboratorio.
Para habilitar un CTC con cámara de frio tenés que presentar:
- Solicitud de inscripción del establecimiento, CTC.
- Formulario de autorización de publicación de datos del CTC y directores técnicos habilitados por el Senasa.
- Plano de vista en planta de todo el CTC en escala 1:100.
- Plano de corte longitudinal y plano de corte transversal de cada una de la/s cámara/s a ser habilitadas para tratamientos cuarentenarios. Todos los planos deben estar debidamente acotados.
- Los planos y memoria técnica descriptiva de cada uno de los componentes del Centro con detalles y materiales constructivos.
-Protocolo (memoria técnica operativa) del movimiento de pallets desde su ingreso al Centro de Tratamiento hasta el despacho con el tratamiento cumplido.
- Declaración de la cantidad de pallets máximo a tratar en cada cámara y tamaño del pallet más grande a tratar.(para esto tener en cuenta que la disposición de la carga en la cámara debe permitir la circulación de aire -no menos de 10 cm entre hileras- y no deberá tapar las bocas de salida del aire frío).
- Detalle de la capacidad de frío instalada para la/s cámara/s destinada a tratamientos cuarentenarios y para otras cámara de frío de la planta destinadas a otros usos; y potencia eléctrica actualmente contratada con la empresa de suministro de energía eléctrica.
- Solicitud de inspección para la habilitación de la/s cámara/s detallando para cual/es se destinaran para tratamientos cuarentenarios contra plagas cuarentenarias.
- Copia del certificado de inscripción en el registro provincial de aplicadores terrestres correspondiente a su provincia, o nota emitida por la provincia, informando de la inexistencia de este tipo de registro.
- Comprobante de pago correspondiente al arancel por habilitación de cada cámara, según lo establecido en la normativa vigente.
- Copia de certificado de habilitación de los operadores y director técnico de cámaras de fumigación y con frío expedido por el Senasa.
- Copia de los certificados buena salud de operadores y director técnico.
- Original de la planilla de datos y firmas del personal (operadores y directores) habilitado por el Senasa para operar las cámaras del CTC.
- Copia del certificado de calibración del sensor de temperatura manual con su código de identificación grabado por el fabricante en el instrumento. La certificación se realizará para 0 ºC.
- Copia del certificado calibración de sensores de temperatura de ambiente y de pulpa asociado con el sistema de monitoreo y registro computarizado de temperaturas y eventos. La calibración deberá realizarse para 0 ºC.
- Los sensores de temperatura deberán calibrarse con patrones vigentes trazables al INTI.
Para rehabilitar un CTC con bromuro de metilo tenés que presentar:
- Solicitud de inscripción de establecimientos, CTC.
- Formulario de autorización de publicación de datos del CTC y directores técnicos habilitados por el Senasa.
- Copia de certificado de habilitación vigente provincial o municipal, según el emplazamiento de predio, para el funcionamiento como CTC con cámaras de fumigación con bromuro de metilo
- Copia del certificado de inscripción en el registro de aplicadores terrestres de su provincia.
- Constancia de matrícula profesional de ingeniero agrónomo al día del director técnico al día o copia comprobante de último pago.
- Nota de responsabilidad firmada por el director técnico de la cámara donde se responsabiliza del correcto funcionamiento de la/s cámara/s en cuestión.
- Comprobante de pago correspondiente al arancel por habilitación de cada cámara, según lo establecido en la normativa vigente.
- Copia del certificado de calibración de la balanza de pesaje de la garrafa de bromuro de metilo con su código de identificación o precinto identificatorio o, en caso de ser una balanza nueva, certificado de conformidad y factura de compra.
- Copia del certificado de calibración del sensor de temperatura manual con su código de identificación grabado por el fabricante en el instrumento. La certificación se realizará para los siguientes puntos: 0 ºC; 15 ºC y 21 ºC.
- Copia del certificado de sensores de temperatura de ambiente y de pulpa asociado con el sistema de monitoreo y registro computarizado de temperaturas y eventos. La calibración deberá realizarse para los siguientes puntos: 0 ºC; 15 ºC y 21 ºC.
- Copia del certificado del sensor de chimenea con su código o precinto identificatorio puesto por el laboratorio de calibración.
- Copia del certificado del analizador de gases con su código o precinto identificatorio puesto por el laboratorio de calibración.
- Solicitud de inspección para la habilitación de la/s cámara/s detallando para cual/es se destinarán para tratamientos cuarentenarios contra plagas cuarentenarias.
- Copia de certificado de habilitación de los operadores y director técnico de cámaras de fumigación con bromuro de metilo o con frío expedido por el Senasa, o de reválida en el caso del director técnico.
- Original de la planilla de datos y firmas del personal (operadores y directores) habilitado por el Senasa para operar las cámaras del CTC.
- Copia de los certificados salud de operadores y director técnico
- Copia de los protocolos de análisis de determinación de bromo en sangre de operadores y director técnico que incluya la indicación del método de determinación utilizado por el laboratorio.
- El sensor manual de temperatura y las balanzas deberán calibrarse con patrones vigentes trazables al INTI.
Podés ingresar con tu clave fiscal al SIGPV-SUFP y consultar el Instructivo de Ingreso al SUFP por AFIP, Tutorial Declaracion Jurada Transito Vegetal y la Declaracion Jurada Transito Vegetal.
¿Cómo hago?
1
Ingresá a la plataforma TAD:
Habilitación
Rehabilitación
2
Completá el formulario de solicitud de inscripción.
3
Adjuntá la documentación.
4
Vas a recibir la confirmación en tu correo electrónico.
5
Aboná el arancel que corresponda, ver los medios de pago habilitados de Senasa..
Dirección Nacional de Protección Vegetal
Dirección de Sanidad Vegetal
Coordinación Sistema Único de Fiscalización Permanente
Av. Paseo Colón N° 367, Piso 6°, C1063ACD, CABA
Teléfono: (+54 - 011) 4121-5174
Correo electrónico: sufp@senasa.gob.ar; asplenser@senasa.gob.ar.
Horario de atención: de lunes a viernes de 10 a 13 y de 14 a 17.
Normativa:
Resolución Senasa N° 472/2014
Resolución Senasa 299/2013
¿Cuál es el costo del trámite?
$9295.00
Habilitación anual por centros de aplicación de tratamiento a Embalajes de Madera (CATEM), Fábricas de Embalajes de Madera (FEM), y por cada Cámara del Centro de tratamiento cuarentenario.
Vigencia
1 año.