Trámites por venta de vehículo ante la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios
Información Rápida
Objetivo
Comunicar a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA) la venta de un vehículo, protegiendo al vendedor de futuras responsabilidades.
¿Quién puede solicitarlo?
El titular registral (vendedor) de un vehículo que ha entregado el mismo a otra persona.
Requisitos principales
- Ser el titular del dominio del automotor.
- Haber entregado el rodado a otra persona en carácter de poseedor o tenedor (leasing o usufructo).
Plazos
No especificado.
Duración del trámite
Variable, depende del caso.
Información adicional
Una vez efectuada la entrega del automotor al comprador, el vendedor titular registral podrá comunicar esa circunstancia al registro seccional donde aquél estuviese radicado, sin importar el tiempo transcurrido desde ese hecho.
Resumen
Este trámite permite al titular de un vehículo comunicar la venta del mismo ante la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA). Esto lo protege de futuras responsabilidades civiles.
Quién puede usar este servicio: El titular registral (vendedor) de un vehículo que ha entregado el mismo a otra persona.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud Tipo "11", Denuncia de Venta, certificada por Escribano Público o el encargado del registro. Debe incluir:
- Número de dominio del automotor.
- Nombre, apellido, número y tipo de documento de identidad del vendedor titular registral.
- Nombre, apellido, número y tipo de documento del comprador.
- Lugar y fecha en que se efectuó la entrega del automotor (o fecha aproximada).
- Cualquier otro dato relevante.
- Libre deuda de infracciones, tramitado en Registro Seccional.
- Cualquier constancia que el vendedor posea de la celebración de venta, si la tuviere. Original y fotocopia.
- Argentinos: DNI vigente, LC o LE.
- Extranjeros:
- Sin residencia: Pasaporte.
- Con residencia permanente: DNI.
- De países limítrofes: DNI, CI, CI del país de origen o pasaporte.
Costes: Estipulado según Ley Tarifaria.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Iniciá el trámite online: Cargá la documentación requerida en el Registro de radicación.
- A las 48 hs. de haberse iniciado el trámite, el organismo procederá a realizar la devolución del triplicado de la Solicitud Tipo "11", en la sede donde se haya iniciado.
- Si el trámite no pudiese ser inscripto, el organismo entregará una hoja con las observaciones que deberán ser subsanadas por el peticionario.
Después de hacerlo
Una vez efectuada la entrega del automotor al comprador, el vendedor titular registral podrá comunicar esa circunstancia al registro seccional donde aquél estuviese radicado, sin importar el tiempo transcurrido desde ese hecho.
Información importante:
- La constancia de Documento en Trámite NO acredita identidad.
- El artículo 27 del Régimen Jurídico del Automotor dispone: "Hasta tanto se inscriba la transferencia, el transmitente será civilmente responsable por los daños y perjuicios que se produzcan con el automotor en su carácter de dueño de la cosa. No obstante, si con anterioridad al hecho que motive su responsabilidad el transmitente hubiere comunicado al registro que hizo tradición del automotor, se reputará que el adquirente o quienes de éste último hubiesen recibido el uso, la tenencia o la posesión de aquel, revisten con relación al transmitente el carácter de terceros por quien él no debe responder y que el automotor fue usado contra su voluntad".
Ayuda
Organismo Responsable:
Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios
- Ubicación: Av. Corrientes 5666
- Días de atención: Lunes a viernes
- Horarios de atención: De 7 a 16 hs.
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