Telón de obra

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener el permiso necesario para colocar un telón de obra con publicidad en la Ciudad de Buenos Aires.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona física o jurídica que desee colocar un telón de obra con publicidad en la Ciudad de Buenos Aires.

Requisitos principales

  • Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
  • Presentar la documentación requerida completa y en regla.

Plazos

El permiso se otorga por 12 meses, renovable por 6 meses para estructuras sobre terraza. La renovación debe realizarse 30 días antes del vencimiento del plazo original.

Duración del trámite

12 meses (renovable por 6 meses para estructuras sobre terraza)

Información adicional

El telón de obra debe cubrir la totalidad de la fachada (hasta la altura del edificio), ser de lona microperforada ignífuga y puede ser simple o iluminado. No se permiten en terrenos baldíos. Permitido en zonas APH y R2, C, E, I, sólo sobre avenidas o visible desde avenidas.

Resumen

Este trámite te permite obtener el permiso para colocar un telón de obra con publicidad en la Ciudad de Buenos Aires. Un telón de obra es un elemento de tela o material similar que se coloca verticalmente al frente de las obras en construcción, cubriendo la fachada y fijado a andamios o estructuras similares.

Quién puede usar este servicio

Cualquier persona física o jurídica que desee colocar un telón de obra con publicidad en la Ciudad de Buenos Aires.

Antes de empezar

Es importante contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3. Si tenés dudas sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, visitá la Plataforma miBA. Conocé más sobre los niveles de seguridad de clave miBA.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Formulario inicial de la solicitud.
  • Declaración Jurada para contribución por publicidad: Una copia completa con la firma del solicitante o apoderado y con la firma del profesional competente (arquitecto, ingeniero) del formulario de Declaración Jurada que contenga la siguiente información:
    • Datos del anuncio: ubicación del mismo, leyenda, particularidades del anuncio y m2 totales del cartel
    • Datos del responsable: Nombre o Razón Social, Domicilio Fiscal, CUIT, y datos del profesional de primera categoría (arquitecto o ingeniero)

Documentación personal

Persona física:

  • Titular: Fotocopia de ambos lados del DNI.
  • Apoderado: Poder autenticado por escribano público y fotocopia del DNI del apoderado (de corresponder).

Persona jurídica:

  • Estatuto de la empresa certificada por escribano público.

  • Acta de directorio con designación de autoridades, certificada por escribano público.

  • Poder autenticado por escribano público y fotocopia del DNI del apoderado (de corresponder).

  • Certificado de Encomienda Profesional: Certificado otorgado por el Consejo o Colegio de profesionales correspondiente, donde se establece que el arquitecto, ingeniero, maestro mayor de obras o técnico electricista se encuentra habilitado.

  • Comprobante de Inscripción en la AFIP: Debe contar con el Nº de CUIL/CUIT del peticionante y debe estar vigente al momento de su presentación.

  • Contrato de locación del espacio donde se va a colocar el anuncio: Deberás presentar una copia del contrato de locación, certificado por escribano público, vigente y con las firmas correspondientes. Si el espacio es de dominio público, deberás presentar una copia certificada por escribano público de la correspondiente licitación.

  • Póliza de Seguro de responsabilidad civil: La póliza de seguro, original o copia simple, con la siguiente información obligatoria:

    • Cobertura por más de $150.000.000 (PESOS CIENTO CINCUENTA MILLONES) o valor actualizado
    • Nombre del Asegurado
    • Que incluya responsabilidad civil por toldos.
    • Dirección coincidente con la ubicación del riesgo
    • Vigencia del seguro: vigente en la fecha en que se presenta la solicitud para poner una publicidad.
  • Planos: Plano escaneado, completo y legible, con la siguiente información:

    • Carátula: propietario, ubicación, zonificación, croquis de ubicación en la parcela
    • Firmas del profesional y propietario
    • Planta, corte y vista
    • Detalle
    • Cálculo de sustentación
    • Circuito, tablero de electricidad y planilla eléctrica (de corresponder).
    • Superficie de publicidad.
  • Fotos:

    • Una foto actualizada, del total del frente del espacio, con buena definición y a color
    • Una foto del lateral, actualizada, con el toldo desplegado, con buena definición y a color.
  • Fotocopia de Matrícula Publicitaria: Disposición de la Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano que otorga la Matrícula Publicitaria.

  • Plano parcelario: Copia de la plancheta catastral de la parcela, otorgada por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro.

  • Permiso o aviso de obra (o eventual visado APH de aviso de obra): Permiso, aviso o visado APH de aviso de obra. Si es APH, tiene que presentar un Visado de APH de aviso de obra.

  • Permiso: Otorgado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, artículo 2.1.1.1. del Código de Edificación:

    • Trabajos que requieren permiso de obra: se deberá solicitar permiso para:
      • Construir nuevos edificios.
      • Ampliar.
      • Refaccionar o transformar lo ya construido.
      • Cerrar, abrir o modificar vanos en la fachada principal.
      • Cambiar y ejecutar revoque de fachada principal.
      • Elevar muros.
      • Cambiar o modificar estructuras de techos.
      • Desmontar y excavar terrenos.
      • Efectuar demoliciones.
    • En los casos de demolición de salas teatrales, el propietario del predio tendrá obligación de:
      • Construir en el nuevo edificio una sala teatral de características semejantes a la sala demolida.
      • Efectuar instalaciones mecánicas, eléctricas, térmicas, de inflamables y sanitarias.
      • Ampliar, refaccionar o transformar las instalaciones existentes.
      • Abrir vías públicas.
      • Mensurar predios.
      • Modificar el estado parcelario.
      • Construir, ampliar o refaccionar playas de estacionamiento.
    • Antes de realizar trabajos de proyección de obras que requieran permiso, se deberá obtener de la Oficina de Catastro la Certificación de Nomenclatura Parcelaria, a los efectos de conocer las particulares restricciones al dominio que, eventualmente, pudieran afectar al predio, como ser: ensanche, apertura o rectificación de vía pública, u otras que pudieran existir. La certificación mencionada tendrá validez de 6 meses, a partir de la fecha de su otorgamiento.
  • Aviso: Otorgado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, art. 2.1.1.2. del Código de Edificación:

    • Trabajos que requieren aviso de obra: se deberá dar aviso de obra para:
      • Modificar el cordón del pavimento.
      • Limpiar o pintar fachadas principales.
      • Abrir, cerrar o modificar vanos en paredes que no sean de fachada principal.
      • Revocar o cambiar el revoque en cercas al frente.
      • Ejecutar solados.
      • Ejecutar o cambiar revestimientos, revoques exteriores o trabajos similares.
      • Cambiar el material de cubierta de techos.
      • Ejecutar cielorrasos.
      • Terraplenar y rellenar terrenos.
      • Ejecutar modificaciones de poca importancia en las instalaciones mecánicas, eléctricas, térmicas y de inflamables.
      • Instalar vitrinas y toldos sobre la fachada en vía pública.
      • Ejecutar trabajos que no requieran permiso, cuya realización demande una valla provisoria para ocupar la acera con materiales.
      • Pintar o cambiar la coloración de los muros divisorios, de contrafrente o cualquier otro visible desde la vía pública, en los predios ubicados dentro de la zona delimitada por las Avenidas Patricios, Martín García, Paseo Colón, Brasil, Don Pedro de Mendoza, excluidas las aceras Este de Avenida Patricios, S.E. de Avda. Martín García, Este de Avda. Paseo Colón y Sur de Avda. Brasil.

El aviso de obra será suscrito por el propietario, en formulario aprobado. La Dirección podrá exigir, no obstante, que se solicite permiso en los casos en que los trabajos mencionados tengan una especial importancia.

  • Permiso de andamios: Tramitado ante la Dirección General de Permisos y Ferias (de corresponder).
  • Cronograma y detalle de tareas: Cronograma y detalle de tareas estimadas. La finalidad es determinar los tiempos de las etapas constructivas.

Para renovación, además, se deberá adjuntar la siguiente documentación

  • Fotografía actualizada, certificada por escribano.
  • Certificado del profesional que testifique que el dispositivo se ajusta al permiso otorgado anteriormente.
  • Seguro de responsabilidad civil
  • Disposición del permiso anteriormente otorgado
  • Plano del permiso otorgado.
  • Avance la de obra, plazo estimado de la misma.
  • Contrato vigente
  • Permiso de andamios vigente (de corresponder).

Costes y plazos

  • El costo del trámite está estipulado según la Ley Tarifaria vigente.
  • El permiso se otorga por el plazo de 12 meses.
  • El permiso para estructuras sobre terraza se otorga por el plazo de seis (6) meses, prorrogables por igual período, debiendo renovarse 30 días antes de cumplido el plazo.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Iniciá el trámite de forma Online o Presencial: Ingresá a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), cargá tus datos personales y la documentación en pdf.
  2. Corroborá el estado de la solicitud:

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez obtenido el permiso, deberás contribuir con lo que indica la Ley Tarifaria Vigente y mantener tus obligaciones al día.

Plazos de resolución

El permiso se otorga por el plazo de 12 meses.

Siguiente pasos

Si deseas renovar el permiso, deberás presentar la documentación requerida 30 días antes del vencimiento del plazo original.

Ayuda

Contacto

  • Llamar al 147
  • Chateá con la Ciudad a través de WhatsApp

Recursos adicionales

Más información

  • Telón de obra: elemento de tela o material similar, colocado en forma vertical al frente de las obras en construcción, cubriendo la fachada y fijado a andamios o estructuras similares.
  • Se otorga por el plazo de 12 meses.
  • La superficie total del telón puede tener publicidad, salvo en edificios catalogados o áreas APH donde la superficie publicitaria no puede exceder el 10% de la superficie del telón.
  • Es exclusivamente temporal; requiere, para la tramitación del permiso, la presentación del proyecto específico, adaptado al edificio y su entorno.
  • Debe cubrir la totalidad de la fachada (límite superior altura del edificio).
  • Debe ser lona microperforada ignífuga.
  • Puede ser de características simples y/o iluminadas.
  • No se pueden instalar en terrenos baldíos.
  • Permitido en zonas APH y R2, C, E, I, sólo sobre avenidas o visible desde avenidas.

Recordá que, si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.


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