Solicitud Permiso de Espectáculo musical en vivo
Información Rápida
Objetivo
Obtener un permiso para realizar espectáculos musicales en vivo en establecimientos habilitados e inscriptos en el Registro Público de Lugares Bailables.
¿Quién puede solicitarlo?
Establecimientos habilitados e inscriptos en el Registro Público de Lugares Bailables.
Requisitos principales
- Estar habilitado e inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables.
- Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
Plazos
Se puede solicitar permiso para un máximo de 48 espectáculos dentro de los 6 meses siguientes al primer evento, siempre que las características de cada espectáculo no varíen.
Duración del trámite
Variable, depende de la inspección y la documentación.
Información adicional
Se considera espectáculo musical en vivo a todo evento donde artistas, cantantes, músicos o bandas ejecuten sonidos de voz humana o instrumentos musicales, o actúen en playback en forma viva y directa.
Resumen
Este trámite permite a los establecimientos habilitados e inscriptos en el Registro Público de Lugares Bailables solicitar un permiso para realizar espectáculos musicales en vivo.
Lo que necesitas
- Usuario y clave miBA nivel 2 o 3: Necesario para acceder a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
- Formulario "Solicitud Permiso Especial - Número Musical": Declaración jurada con detalles del espectáculo.
- Constancia de la Nota presentada ante la Policía de la Ciudad: Comunicación de la realización del espectáculo.
- Inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables vigente: Acreditar el cumplimiento de requisitos como seguro, servicio de bomberos, etc.
Documentación Adicional (si aplica):
- Informe y encomienda de estructuras transitorias.
- Poder original o copia certificada (en caso de apoderado).
- Plano en escala detallado del espacio de uso (solo para estructuras transitorias).
- Sistema de Autoprotección, con el Plan de Evacuación actualizado.
- Material Complementario.
Cómo hacerlo
Realizá el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)
- Ingresá al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD).
- Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA.
- Seguí las indicaciones y cargá la información solicitada.
Costos del trámite
- Gratis
Más información
Se considera espectáculo musical en vivo a todo evento en el que se ejecuten sonidos de voz humana o de instrumentos musicales en forma viva y directa.
- Una vez otorgado el permiso, la Dirección General de Habilitaciones y Permisos informará a la Dirección General de Fiscalización y Control para su conocimiento, quien realizará la inspección previa de las instalaciones.
- Si se desea sumar una nueva actividad de forma constante, se debe modificar el rubro del establecimiento.
- Se puede solicitar permiso para un máximo de 48 espectáculos a realizarse dentro de los 6 meses siguientes al primer evento, siempre y cuando las características de cada uno no varíen.
Las consultas pueden realizarse online a través de la Mesa de Atención Virtual o en forma presencial.