Solicitud de Rúbrica del Libro de Pasajeros para Alojamientos Turísticos | Buenos Aires Ciudad - Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Actualizado el 23 de febrero de 2025
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Objetivo
Cumplir con la Ley 4.631 y obtener la rúbrica del libro de pasajeros para alojamientos turísticos.
¿Quién puede solicitarlo?
Alojamientos turísticos registrados en la Ciudad de Buenos Aires.
Requisitos principales
- Tener usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
- Contar con el Certificado de Registro ante el Ente de Turismo de la Ciudad.
Duración del trámite
No especificado
Resumen
Este trámite permite cumplir con la Ley 4.631, obteniendo la rúbrica del libro de pasajeros, un requisito para alojamientos turísticos ante las autoridades competentes.
Lo que necesitas
- Usuario y clave miBA nivel 2 o 3: Necesarios para acceder a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
- Documentación obligatoria (a cargar en TAD):
- Rúbrica de Libro de Pasajeros
- Certificado de Registro ante el Ente de Turismo de la Ciudad.
Cómo hacerlo
- Acceder a TAD: Ingresá al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD).
- Iniciar sesión: Utilizá tu usuario y contraseña de miBA.
- Completar el trámite: Seguí las instrucciones y cargá la información requerida.
Costos
El trámite es gratuito.
Ayuda
- Consultas: Para cualquier duda, podés enviar un mail a goarat@buenosaires.gob.ar.
- Atención presencial: Se realiza únicamente con turno previo, solicitado a través de registroentur@buenosaires.gob.ar.