Solicitud de reconocimiento de hijos o hijas biológicos | Buenos Aires Ciudad - Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Actualizado el 23 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite que un padre reconozca legalmente a su hijo/a biológico/a, siempre que no exista un reconocimiento previo.

¿Quién puede solicitarlo?

El padre biológico que desea reconocer a su hijo/a.

Requisitos principales

  • Documento vigente del reconociente.
  • Partida de Nacimiento del reconocido.
  • DNI vigente de los intervinientes.
  • Si son extranjeros con radicación permanente o temporaria, DNI Argentino para extranjeros vigentes.
  • Si son extranjeros sin radicación, pasaporte o cédula/DNI Mercosur vigentes (original y copia).
  • Si el progenitor interviniente no posee documento vigente, deberá acreditar su identidad con 2 (dos) testigos mayores de 18 años con DNI vigente, con domicilio en la República Argentina y en buen estado (original y copia).
  • Si la partida es de otra jurisdicción argentina, deberá estar legalizada y actualizada (Hasta 1 año de expedición).
  • Si la partida es extranjera, deberá estar traducida, legalizada y actualizada (Hasta 1 año de expedición).

Duración del trámite

El trámite se realiza en el momento.

Información adicional

Se sugiere que concurran ambos progenitores. En el caso que los progenitores no comprendan el idioma, deberán concurrir con un traductor público del idioma.

Resumen

Este trámite permite que un padre reconozca legalmente a su hijo/a biológico/a, siempre y cuando no exista un reconocimiento previo por parte de otra persona. Si ya existe un reconocimiento legal, se deberá iniciar un proceso judicial.

Lo que necesitas

  • Documentos requeridos:
    • Documento de identidad vigente del padre que realiza el reconocimiento.
    • Partida de nacimiento del hijo/a a reconocer.
    • Si se desea agregar o cambiar el apellido del hijo/a, debe presentarse la madre (si el hijo/a es menor de edad) o el hijo/a (si tiene más de 13 años).
    • Si el padre no tiene DNI vigente, puede acreditar su identidad con dos testigos mayores de 18 años con DNI vigente y domicilio en Argentina.
    • Si la partida de nacimiento es de otra provincia argentina, debe estar legalizada y actualizada (con una antigüedad máxima de 1 año).
    • Si la partida de nacimiento es extranjera, debe estar traducida, legalizada y actualizada (con una antigüedad máxima de 1 año).

Cómo hacerlo

  1. Reservar turno (si el nacimiento fue inscripto en años anteriores):
  2. Presentarse en la Sede Central (si el nacimiento se produjo en el año en curso):
    • Dirigirse a Uruguay 753, 4° piso, en días hábiles de 9:30 a 15:00 hs.

Información Adicional

  • Se sugiere que ambos padres asistan al trámite.
  • Si los padres no comprenden el idioma español, deben concurrir con un traductor público.

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