Solicitud de certificado técnico de conservación de fachada

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Asegurar que los edificios de la Ciudad de Buenos Aires se mantienen en buen estado y no representan un riesgo para la seguridad pública, mediante la presentación de un certificado técnico sobre el estado de conservación de sus fachadas.

¿Quién puede solicitarlo?

Los propietarios de inmuebles en la Ciudad de Buenos Aires.

Requisitos principales

  • Contratar un profesional de la construcción habilitado por su Consejo Profesional.
  • Realizar una inspección técnica del inmueble.
  • Confeccionar el Informe Técnico correspondiente.

Plazos

La periodicidad de la presentación de los informes técnicos depende de la antigüedad del edificio.

Duración del trámite

Variable, depende de la superficie y el uso de la propiedad.

Información adicional

La solicitud de eximición puede ser realizada directamente por el propietario o a través de un profesional.

Resumen

Este trámite permite a los propietarios de inmuebles en la Ciudad de Buenos Aires cumplir con la normativa vigente sobre el estado de conservación de las fachadas. Se requiere la presentación de un certificado técnico, emitido por un profesional habilitado, que garantice la seguridad del edificio.

¿Cuáles son los requisitos?

Pasos para realizar el trámite

Inspección

El profesional contratado debe realizar una inspección del exterior del inmueble para confeccionar el Informe Técnico, verificando el buen estado del material, revoque, pintura y mantenimiento de frentes y contrafrentes, incluidos balcones, terrazas, barandas, carteles, marquesinas, toldos, maceteros, antepechos, soportes, instalaciones, etc.

Ir al aplicativo web

  • Las presentaciones se tramitan a través de un portal web.
  • Se ingresa con el usuario y la contraseña que el profesional gestionó previamente ante su consejo profesional.
  • En dicho sistema, se deben presentar los informes técnicos (la periodicidad depende de la antigüedad del edificio) para obtener el Certificado de Conservación o la eximición al cumplimiento del Art. 5.1.2. del Código de Edificación de la Ciudad (en el caso de que corresponda).

Validación

  • Una vez cargado el Informe Técnico, el mismo será enviado al Consejo Profesional correspondiente para su certificación (Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo (CPAU) o Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC)).
  • A cada trámite se le asociará un número de expediente. Luego de certificado el Anexo Técnico, el sistema emitirá una boleta de pago cuyo importe dependerá tanto de la superficie como del uso de la finca.
  • Acreditado el pago, se encontrará disponible el Certificado de Conservación para su descarga.
  • Los profesionales tendrán acceso a la descarga de los archivos de encomienda profesional e informe técnico, como así también al Certificado de Conservación o Eximición, si correspondiese, todos con su código QR.

Más información

Para tramitar la Solicitud de Eximición se deberá completar el informe técnico, detallando que la fachada a conservar cumple con lo establecido en el Art. 5.1.2. del Código de Edificación de la Ciudad.

La presente solicitud la puede efectuar el propietario en forma directa, a través del Portal Web o designando a un profesional. La Solicitud de Eximición quedará sujeta al análisis de la autoridad competente.

Normativa

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