Renovación al registro público de lugares bailables

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los locales de baile, bares, restaurantes u otros rubros cuya actividad complementaria sea el baile, renovar anualmente su inscripción en el Registro Público de Locales de Baile.

¿Quién puede solicitarlo?

Titulares de locales de baile, bares, restaurantes u otros rubros con actividad complementaria de baile.

Requisitos principales

  • Tener usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
  • Presentar la documentación requerida.

Plazos

La solicitud debe iniciarse 30 días antes de la caducidad del registro.

Duración del trámite

Variable, depende de la presentación de la documentación requerida.

Resumen

Este trámite permite renovar anualmente la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables para locales como bares, restaurantes y otros establecimientos cuya actividad complementaria sea el baile.

Quién puede usar este servicio:

  • Titulares de locales de baile, bares, restaurantes u otros rubros con actividad complementaria de baile.

Cuándo iniciar el trámite:

  • La solicitud debe iniciarse 30 días antes de la fecha de caducidad del registro.

Lo que necesitas

Requisitos:

  • Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3. Si tenés dudas, consultá la Plataforma miBA y los niveles de seguridad de clave miBA.
  • Formulario de renovación de inscripción anual.
  • Plancheta/ certificado de habilitación o transferencia.
  • Constancia que acredite inscripción en Ingresos Brutos y los tres 3 últimos pagos/ CUIT.
  • Copia actualizada de plano habilitación (uso del local).
  • Plano registrado conforme a obra de condiciones contra incendio.
  • Certificado de Inspección de final de condiciones c/ incendio emitido por la Dirección Gral. de Registro de Obras y Catastro.
  • Constancia de capacidad autorizada.
  • Póliza de seguro responsabilidad civil comprensiva de la actividad de local de baile.
  • Certificado de inspección final emitido por la Superintendencia de Bomberos de Policía Federal.
  • Reválida trimestral expedido por la Superintendencia de Bomberos.
  • Certificado de tratamiento inífugo de todos los revestimientos, incluyendo aislaciones acústicas permanentes o temporales, con encomienda profesional, y credencial.
  • Contratación de personal de seguridad, disposición de la empresa y pago.
  • Contrato de servicio de emergencias médicas último pago.
  • Contrato de servicio de bomberos de guardia, antecedentes penales, psicofísico, credencial, certificado del cuerpo al que pertenece y pago.
  • Contrato de servicio aviso de incendio monitoreado a distancia.
  • Declaraciones juradas de circuito cerrado de televisión, matiné, aislaciones acústicas y Ordenanza 50250.
  • Oblea QR mantenimiento de las instalaciones fijas contra incendio.
  • Sistema de autoprotección emitido por la DGDCIV.
  • Libre deuda de infracciones expedido por la Dirección Gral. de Administración de Infracciones (DGAI).
  • Acta de constitución, estatutos, y sus modificaciones.
  • Última acta de asamblea.
  • Poder certificado por escribano, en caso que el presente del trámite represente al titular de la habilitación.
  • Chapa mural que brinde la información al público sobre las condiciones del establecimiento, admisibilidad, tanto en el frente del local como en las puertas de acceso.
  • Acreditar la emisión de entradas preimpresas y numeradas en forma correlativa, y libro de asistentes, donde se asentará en cada una de las jornadas la numeración de las entradas emitidas desde el inicio al cierre de la actividad, sean éstas pagas o gratuitas.

Costos:

  • El trámite es gratuito.

Cómo hacerlo

Paso a paso:

  1. Ingresá a la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD).
  2. Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA.
  3. Seguí los pasos indicados por el sistema y cargá la documentación requerida.

Después de hacerlo

  • La inscripción al Registro público de lugares bailables debe ser renovada anualmente.
  • Una vez inscriptos, los responsables de la explotación de los locales que integran el Registro público de lugares bailables, deberán acreditar trimestralmente la revalidación de bomberos.

Ayuda

Contacto:

Normativa:

  • DNU N° 1/2005: Establece la creación del Registro público de lugares bailables y los requisitos de inscripción.

Descargas:


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