Reinscripción Renovación del Registro de Generadores de Fuentes Fijas (REF) | Buenos Aires Ciudad - Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite a los establecimientos que generan contaminantes atmosféricos registrarse o renovar su registro ante la Agencia de Protección Ambiental (APRA). El objetivo es controlar y regular las emisiones para proteger la calidad del aire y la salud pública.
¿Quién puede solicitarlo?
Establecimientos que generan contaminantes atmosféricos provenientes de fuentes fijas, tales como generadores de vapor, calentadores de agua, establecimientos de expendio de combustibles, entre otros, según lo establecido en el Decreto Reglamentario N° 198/06.
Requisitos principales
- Cumplir con los criterios técnicos establecidos por la normativa vigente.
- Presentar la documentación técnica requerida, incluyendo memoria descriptiva, planos, fotografías, y auditorías.
- Realizar la inscripción o renovación a través del Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA).
Duración del trámite
Variable, depende de la complejidad del establecimiento y la correcta presentación de la documentación.
Información adicional
Aquellos establecimientos con dudas sobre si están alcanzados por el registro pueden iniciar el trámite para una revisión técnica inicial. Los establecimientos con parcelas inhibidas por Sitios Contaminados deben realizar el trámite a través de la mesa de entradas de APRA.
Resumen
Este trámite permite la reinscripción o renovación en el Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF) para aquellos establecimientos que generan emisiones contaminantes al aire.
¿Cuáles son los requisitos?
Los sujetos alcanzados a la inscripción del Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF) son:
- Establecimientos que poseen generadores de vapor y/o calentadores de agua, cuya sumatoria de potencia total instalada supere el valor de 232,8 kW, equivalente a 200.000 kcal/h.
- Establecimientos alcanzados por rubro, con potencia total instalada mayor a 25 HP y que emiten contaminantes atmosféricos.
- Establecimientos de expendio de GNC y/o de combustibles líquidos, y/o que poseen tanques de almacenamiento de combustibles, de más de 1.000 litros.
Pasos para realizar el trámite
Inscripción
- La inscripción se realiza a través del Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA), seleccionando la opción de trámite “REF”.
- Descargate el Manual de Trámite Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF) por el Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA).
- El sistema solicitará la carga, mediante formulario digital, de la información técnica respecto de los procesos emisores que anteriormente constituían los Formularios A, B y C del Anexo VII.
- Los Criterios Técnicos para declarar las fuentes de emisiones se pueden consultar en el documento titulado Criterios Técnicos para la declaración jurada de REF.
- La documentación legal y técnica adicional se sube digitalizada en formato PDF, de tamaño no mayor a los 2 MB.
Documentación técnica a presentar para el inicio
- Memoria Descriptiva: de los procesos, operaciones, actividades generales del establecimiento y especifica de los equipos u operaciones que generen emisiones gaseosas, indicando las características de las mismas. Se debe incluir listado de equipamiento e insumos.
- Fotografías: (vistas internas y externas) de los conductos de descarga identificados con la fuente a la que corresponde. En caso de no declarar fuentes, deberá acompañar fotografía de techos y azoteas, evidenciando la inexistencia de conductos de descarga.
- Plano de uso del establecimiento: de poseer fuentes, deberán ser ubicadas junto a sus conductos de descarga en el Plano o en un croquis.
- Auditoría de hermeticidad del Sistema de Almacenamiento Subterráneo de Hidrocarburos (SASH) vigente, cantidad de recargas anuales de los tanques y dimensiones de los mismos (largo y diámetro): para todos los establecimientos que posean tanques de almacenamiento de combustibles con o sin sistema de Fase I.
- Listado de maquinaria e insumos: listado de maquinaria y de insumos utilizados para producción y limpieza de equipos, cantidades mensuales consumidas y hojas de seguridad, en caso de corresponder.
- Mantenimiento de equipos de control de emisiones: en caso de contar con equipos destinados al control de las emisiones, adjuntar documentación que acredite el manteamiento de los mismos, recambio de filtros, pruebas de desempeño, etc.
Renovación
- La renovación de la Inscripción en el Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF) también se debe realizar a través del Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA), eligiendo la opción “Renovar/Modificar Inscripción existente”.
- En caso de no contar con una inscripción anterior del Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF) ante el Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA), el mismo te solicitará los datos del Certificado de Aptitud Ambiental (CAA) y el número de expediente digital por el cuál tramitaste tu anterior inscripción al Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF) (en caso de desconocerlo, podrás solicitarlo a través de Consulta por el Sistema de BA Colaborativa del Gobierno de la Ciudad).
- En caso de contar con una inscripción anterior del Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF) ante sistema Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA), el mismo te solicitará el número y código del Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF) anterior.
- Deberás asegurarte de verificar que el contenido en el sistema esté actualizado, y de declarar las modificaciones que hubieran ocurrido.
- Descargá el Manual de Trámite Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF) por el Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA).
Sujetos no alcanzados
Aquellos establecimientos que poseen dudas respecto a si están alcanzados o no a la inscripción en el Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF), pueden iniciar la inscripción a través del Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA), de forma normal. Tras una revisión técnica inicial, se le indicará la necesidad o no de continuar con el trámite.
Costos
El trámite es gratuito.
Más información
La normativa ambiental establece estándares de calidad atmosférica, a través de los cuales se definen los valores límite de concentración o intensidad de un contaminante en la atmósfera durante determinado período de tiempo.
Estos valores tienen como objetivo proteger la salud de la población, mejorar el bienestar público y la preservación de los recursos naturales y el ambiente.
Para ello, la Agencia de Protección Ambiental (APRA) ha implementado un Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF).
El Inventario de Fuentes Fijas, que se construye en sistema web desde el año 2018, se puede consultar a través del Mapa de Emisiones Gaseosas.
- Los establecimientos que sean requeridos por Constancia de Inscripción Transitoria a realizar mediciones de emisiones y/o calidad de aire en el establecimiento, deberán contratar un laboratorio inscripto en la Nómina de Laboratorios de Determinaciones Ambientales de esta Agencia.
- De ser necesario, pueden efectuarse consultas técnicas, ingresando al Portal Web de BA Colaborativa del Gobierno de la Ciudad. Allí, deberás elegir la opción: Consulta técnica sobre trámite de registro de emisiones de fuentes fijas (REF) - permisos de vuelcos de efluentes líquidos.
- Para consultar el estado de expedientes, ingresá al Portal Web de BA Colaborativa del Gobierno de la Ciudad. Allí, deberás elegir la opción: Consulta de estado de expediente ante la agencia de protección ambiental.
- Aquellos establecimientos que poseen la parcela inhibida por Sitios Contaminados, no podrán tramitar por el Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA), debiendo continuar sus operaciones a través de la mesa de entradas de la Agencia de Protección Ambiental (APRA).
Normativa Aplicable
En la Ciudad de Buenos Aires, el control de la calidad de aire se encuentra regulado por:
- Ley Nº 1356
- Decreto Reglamentario 198-GCBA-2006
- Resolución 68 APRA 21
- RESOLUCIÓN N.º 81/APRA/24
- ANEXO I
Descargas
- Listado de rubros alcanzados por decreto 198
- Formularios a b y c ref
- Criterios tecnicos para la declaracion ante ref rev julio 2021
- Resolucion 68-apra-21
- Manual de usuario apra-ref-sipsa version feb 2022 -v. 4. 0
- RESOLUCIÓN N 81APRA24.pdf
- ANEXO I RESOLUCIÓN N 81APRA24.pdf
- ANEXO LEY TARIFARIA 2025.pdf
- LEY TARIFARIA 2025.pdf
Ayuda
- Agencia de Protección Ambiental (APRA)
- Av. Martín García 346
- Lunes a viernes de 9 a 13 hs
- Llamar al 147
- Chateá con la Ciudad