Reinscripción Renovación del Registro de Generadores de Fuentes Fijas (REF)
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite a los establecimientos registrarse o renovar su registro como generadores de contaminantes atmosféricos provenientes de fuentes fijas (REF), contribuyendo al control de la calidad del aire en la Ciudad de Buenos Aires.
¿Quién puede solicitarlo?
Establecimientos que generen contaminantes atmosféricos provenientes de fuentes fijas y que estén dentro de los parámetros establecidos por la normativa vigente.
Requisitos principales
- Estar alcanzado por el Decreto Reglamentario N° 198/06, ya sea por poseer generadores de vapor/calentadores de agua con potencia total instalada superior a 232,8 kW, por estar incluido en los rubros alcanzados con potencia mayor a 25 HP, o por ser un establecimiento de expendio de GNC/combustibles líquidos con tanques de almacenamiento de más de 1.000 litros.
Plazos
No especificado
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
Los establecimientos que tengan dudas sobre si están alcanzados o no por la inscripción, pueden iniciar el trámite en el SIPSA para una revisión técnica inicial. Aquellos con la parcela inhibida por Sitios Contaminados deben realizar el trámite a través de la mesa de entradas de la Agencia de Protección Ambiental (APRA).
Resumen
Este trámite permite la reinscripción o renovación del Registro de Generadores de Fuentes Fijas (REF). La contaminación atmosférica se define como la introducción de sustancias o energías en la atmósfera que pueden ser perjudiciales para la salud o el ambiente.
Quiénes deben realizar este trámite
- Establecimientos con generadores de vapor y/o calentadores de agua cuya potencia total instalada supere los 232,8 kW (200.000 kcal/h).
- Establecimientos alcanzados por rubro con potencia total instalada mayor a 25 HP y que emiten contaminantes atmosféricos (Listado de rubros alcanzados).
- Establecimientos de expendio de GNC y/o combustibles líquidos, y/o que poseen tanques de almacenamiento de combustibles de más de 1.000 litros.
Cómo hacerlo
Inscripción
- Acceder al sistema: La inscripción se realiza a través del Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA), seleccionando la opción de trámite “REF”.
- Manual de Trámite: Se recomienda descargar y consultar el Manual de Trámite Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF) por el Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA).
- Carga de información: El sistema solicitará la carga, mediante formulario digital, de la información técnica respecto de los procesos emisores.
- Criterios Técnicos: Los criterios técnicos para declarar las fuentes de emisiones se pueden consultar en el documento titulado Criterios Técnicos para la declaración jurada de REF.
- Documentación adicional: La documentación legal y técnica adicional se sube digitalizada en formato PDF, de tamaño no mayor a los 2 MB.
Documentación técnica a presentar para el inicio
- Memoria Descriptiva: Descripción de los procesos, operaciones, actividades generales del establecimiento y especificación de los equipos u operaciones que generen emisiones gaseosas, indicando las características de las mismas. Se debe incluir listado de equipamiento e insumos.
- Fotografías: Vistas internas y externas de los conductos de descarga identificados con la fuente a la que corresponde. En caso de no declarar fuentes, deberá acompañar fotografía de techos y azoteas, evidenciando la inexistencia de conductos de descarga.
- Plano de uso del establecimiento: De poseer fuentes, deberán ser ubicadas junto a sus conductos de descarga en el Plano o en un croquis.
- Auditoría de hermeticidad del Sistema de Almacenamiento Subterráneo de Hidrocarburos (SASH) vigente: Para todos los establecimientos que posean tanques de almacenamiento de combustibles con o sin sistema de Fase I, indicar cantidad de recargas anuales de los tanques y dimensiones de los mismos (largo y diámetro).
- Listado de maquinaria e insumos: Listado de maquinaria y de insumos utilizados para producción y limpieza de equipos, cantidades mensuales consumidas y hojas de seguridad, en caso de corresponder.
- Mantenimiento de equipos de control de emisiones: En caso de contar con equipos destinados al control de las emisiones, adjuntar documentación que acredite el mantenimiento de los mismos, recambio de filtros, pruebas de desempeño, etc.
Renovación
- La renovación de la Inscripción en el Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF) también se debe realizar a través del Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA), eligiendo la opción “Renovar/Modificar Inscripción existente”.
- En caso de no contar con una inscripción anterior del Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF) ante el Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA), el mismo te solicitará los datos del Certificado de Aptitud Ambiental (CAA) y el número de expediente digital por el cuál tramitaste tu anterior inscripción al Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF) (en caso de desconocerlo, podrás solicitarlo a través de Consulta por el Sistema de BA Colaborativa del Gobierno de la Ciudad).
- En caso de contar con una inscripción anterior del Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF) ante sistema Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA), el mismo te solicitará el número y código del Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF) anterior.
- Deberás asegurarte de verificar que el contenido en el sistema esté actualizado, y de declarar las modificaciones que hubieran ocurrido.
- Descargá el Manual de Trámite Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF) por el Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA).
Sujetos no alcanzados
Aquellos establecimientos que poseen dudas respecto a si están alcanzados o no a la inscripción en el Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF), pueden iniciar la inscripción a través del Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA), de forma normal. Tras una revisión técnica inicial, se le indicará la necesidad o no de continuar con el trámite.
Costos
El trámite es gratuito.
Más información
La normativa ambiental establece estándares de calidad atmosférica, definiendo los valores límite de concentración o intensidad de un contaminante en la atmósfera durante un período de tiempo determinado. Estos valores tienen como objetivo proteger la salud de la población, mejorar el bienestar público y la preservación de los recursos naturales y el ambiente.
La Agencia de Protección Ambiental (APRA) ha implementado un Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas (REF).
El Inventario de Fuentes Fijas, construido en sistema web desde 2018, se puede consultar a través del Mapa de Emisiones Gaseosas.
- Los establecimientos que sean requeridos por Constancia de Inscripción Transitoria a realizar mediciones de emisiones y/o calidad de aire en el establecimiento, deberán contratar un laboratorio inscripto en la Nómina de Laboratorios de Determinaciones Ambientales de esta Agencia.
- De ser necesario, pueden efectuarse consultas técnicas, ingresando al Portal Web de BA Colaborativa del Gobierno de la Ciudad. Allí, deberás elegir la opción: Consulta técnica sobre trámite de registro de emisiones de fuentes fijas (REF) - permisos de vuelcos de efluentes líquidos.
- Para consultar el estado de expedientes, ingresá al Portal Web de BA Colaborativa del Gobierno de la Ciudad. Allí, deberás elegir la opción: Consulta de estado de expediente ante la agencia de protección ambiental.
- Aquellos establecimientos que poseen la parcela inhibida por Sitios Contaminados, no podrán tramitar por el Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA), debiendo continuar sus operaciones a través de la mesa de entradas de la Agencia de Protección Ambiental (APRA).
Normativa Aplicable
En la Ciudad de Buenos Aires, el control de la calidad de aire se encuentra regulado por:
- Ley Nº 1356
- Decreto Reglamentario 198-GCBA-2006
- Resolución 68 APRA 21
- RESOLUCIÓN N.º 81/APRA/24
- ANEXO I
Descargas
- Listado de rubros alcanzados por decreto 198
- Formularios a b y c ref
- Criterios tecnicos para la declaracion ante ref rev julio 2021
- Resolucion 68-apra-21
- Manual de usuario apra-ref-sipsa version feb 2022 -v. 4. 0
- RESOLUCIÓN N 81APRA24.pdf
- ANEXO I RESOLUCIÓN N 81APRA24.pdf
- ANEXO LEY TARIFARIA 2025.pdf
- LEY TARIFARIA 2025.pdf
Contacto
Para realizar consultas, puede comunicarse al 147 o chatear con la Ciudad a través de WhatsApp.