Registro de Instalaciones Térmicas (RIT) / Calderas de agua caliente, de vapor, de fluidos térmicos y Acumuladores de agua (Termotanques) | Buenos Aires Ciudad - Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buen

Actualizado el 23 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Registrar y certificar las instalaciones térmicas de edificios en la Ciudad de Buenos Aires para garantizar su seguridad y correcto funcionamiento.

¿Quién puede solicitarlo?

Propietarios de edificios y administradores de consorcios.

Requisitos principales

  • Ser propietario o administrador de consorcios.
  • Designar un profesional certificante matriculado en un Consejo Profesional habilitante.

Plazos

Renovación de la oblea antes del 31 de marzo de cada año.

Duración del trámite

Variable, depende de la gestión del usuario y los tiempos de aprobación.

Información adicional

Es responsabilidad del sujeto obligado mantener operativa la instalación, en perfecto estado de funcionamiento y exhibir la documentación requerida cuando se solicite.

Resumen

Este trámite es obligatorio para todos los edificios de la Ciudad de Buenos Aires que tengan instalaciones térmicas (calderas, termotanques, etc.). El objetivo es registrar y certificar estas instalaciones para garantizar su seguridad y correcto funcionamiento.

Quién puede usar este servicio:

  • Propietarios de edificios
  • Administradores de consorcios

Lo que necesitas

  • Ser propietario o administrador de consorcios.
  • Designar un profesional certificante matriculado en un Consejo Profesional habilitante.

Cómo hacerlo

  1. Registrarse en el sistema: Ingresá al portal del Registro de Instalaciones Térmicas y create una cuenta.
  2. Declarar el domicilio y los artefactos: Ingresá el domicilio del edificio y declará todas las instalaciones térmicas que tenga.
  3. Designar un profesional certificante: Elegí un profesional con incumbencia en la materia y matriculado en el Consejo Profesional correspondiente.
  4. Generar y abonar la boleta de pago: Generá las boletas correspondientes a los artefactos térmicos declarados, imprimilas y pagalas en los medios autorizados. Cada instalación tiene su propia boleta.
  5. Obtener el código QR y la oblea: Una vez que se acredite el pago, el profesional certificante aceptará la instalación y podrás imprimir la oblea con el código QR. Este código permite verificar el estado de la instalación.

La oblea vence el 31 de diciembre de cada año y debe renovarse antes del 31 de marzo del año siguiente. Debe estar visible y accesible cerca del artefacto térmico.

Después de hacerlo

  • Mantené la instalación operativa y en perfecto estado.
  • Mantené actualizada la información en el Registro.
  • Exhibí la documentación requerida cuando se solicite.

Ayuda

  • Mesa de Atención Virtual: Consultas online a través de la Mesa de Atención Virtual.
  • Presencial: Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941, de lunes a viernes de 9 a 13.30 hs.

Normativa

Cambio de administrador

Para cambiar el administrador/declarante/usuario de la instalación, seleccioná la opción "cambio de administrador" en el sistema, confirmá la instalación y adjuntá la documentación requerida. El pedido será evaluado por el área de Fiscalización y Control de Obra.

Artefactos térmicos obligados a declarar (a partir de 50.000 Kcal/hora o 300 litros):

  • Caldera de vapor de alta presión
  • Caldera de vapor de baja presión
  • Caldera de agua caliente
  • Acumulador de agua (termotanque)
  • Caldera de fluido térmico

Documentación a mantener actualizada:

  • Póliza de seguro de responsabilidad civil vigente.
  • Habilitación o inicio de trámite de habilitación de los artefactos térmicos.
  • Oblea con código QR vigente por cada artefacto térmico.

Preguntas frecuentes

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