Registro de Instalaciones Térmicas (RIT) / Calderas de agua caliente, de vapor, de fluidos térmicos y Acumuladores de agua (Termotanques)

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Certificar instalaciones térmicas en edificios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, declarándolas en el Registro de Instalaciones Térmicas.

¿Quién puede solicitarlo?

Propietarios o administradores de consorcios de edificios con instalaciones térmicas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Requisitos principales

  • Ser propietario o administrador de consorcios.
  • Declarar todos los artefactos térmicos del edificio en el registro.
  • Designar un profesional certificante habilitado.

Plazos

La oblea con código QR vence el 31 de diciembre de cada año y debe renovarse hasta el 31 de marzo del año siguiente.

Duración del trámite

Variable, depende de la acreditación del pago y la aceptación del profesional certificante.

Información adicional

Es responsabilidad del solicitante mantener la instalación operativa y actualizada en el registro, exhibiendo la documentación requerida (póliza de seguro, habilitación, oblea QR).

Resumen

Este trámite es para registrar las instalaciones térmicas (calderas, termotanques, etc.) en edificios de la Ciudad de Buenos Aires. Es obligatorio para todos los edificios que cuenten con estos artefactos.

Quién puede usar este servicio:

  • Propietarios
  • Administradores de consorcios

Lo que necesitas

  • Ser propietario o administrador de consorcios.
  • Declarar todos los artefactos térmicos del edificio en el registro.
  • Designar un profesional certificante habilitado.
  • Abonar la tasa correspondiente.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Registrarse en el sistema: Ingresá al portal del Registro de Instalaciones Térmicas y create una cuenta.

  2. Declaración del domicilio: Ingresá el domicilio donde se encuentra la instalación y declará todos los artefactos térmicos que contenga el edificio.

  3. Designar un profesional certificante: Seleccioná un profesional certificante matriculado ante el Consejo Profesional correspondiente.

  4. Generar y abonar boleta de pago: Generá las boletas para los artefactos térmicos declarados, imprimilas y aboná en los medios y sucursales de pago autorizadas.

    • A cada instalación registrada le corresponde una boleta de pago, con un número de “identificación de pago” propio.
  5. Obtener el código QR y la impresión de oblea: Luego de abonar la boleta de pago y de que el mismo se acredite en el sistema, podrá ser aceptada la instalación por el profesional certificante y se podrá imprimir la constancia –oblea con código QR–, cuya lectura digital permitirá visualizar la información sobre el estado de la instalación declarada.

    • La oblea con código QR vencerá el 31 de diciembre de cada año, debiendo efectuar su renovación hasta el 31 de marzo del año siguiente, y deberá estar disponible próxima al artefacto térmico, en lugar visible y accesible.

Costos

El costo del trámite es en concepto de tasa anual, y por cada instalación del Registro de Verificación de las Instalaciones (artefactos térmicos) destinadas a producir vapor y/o agua caliente.

Después de hacerlo

Una vez completado el registro y obtenido el código QR, asegurate de exhibir la oblea en un lugar visible y accesible cerca del artefacto térmico.

Ayuda

Cambio de administrador

Para solicitar el cambio de administrador / declarante / usuario de instalación, deberás seleccionar la opción "cambio de administrador". Luego de dar de alta la aplicación, confirmar la instalación y adjuntar la documentación requerida. El pedido ingresará en el sistema para ser aprobado o denegado por el área de Fiscalización y Control de Obra.

Clasificación de artefactos térmicos obligados a declarar (a partir de las 50.000 Kcal/hora o 300 litros):

  • Caldera de vapor de alta presión
  • Caldera de vapor de baja presión
  • Caldera de agua caliente
  • Acumulador de agua (termotanque)
  • Caldera de fluido térmico

Información Adicional

Es responsabilidad del sujeto obligado, mantener operativa la instalación, en perfecto estado de funcionamiento. Deberá mantener actualizada la información en el Registro de artefactos térmicos y exhibir cuando sea requerida, la siguiente documentación:

  • Póliza de seguro de responsabilidad civil, con cobertura vigente para cubrir daños a personas y/o a bienes propios y/o de terceros por el uso de la instalación.
  • Habilitación o inicio de trámite de habilitación de los artefactos térmicos, conforme el Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Oblea con código QR vigente, por cada artefacto térmico.

Contacto

Las consultas serán respondidas de manera online a través de nuestra Mesa de Atención Virtual, o en forma presencial.

Normativa

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