Presentación de oficios judiciales reservados | Buenos Aires Ciudad - Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Información Rápida
Objetivo
Permite la presentación de oficios y documentos judiciales dirigidos al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o a sus dependencias, ya sea para solicitar información o comunicar resoluciones judiciales.
¿Quién puede solicitarlo?
Jueces, funcionarios de organismos judiciales, el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o abogados que intervienen en una causa judicial transcribiendo la orden del funcionario judicial.
Requisitos principales
- Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
- Presentación judicial u oficio.
- Firma y aclaración del abogado/a o autoridad judicial.
- Comprobante de pago del oficio, si corresponde.
Duración del trámite
10 días hábiles (aproximadamente), salvo que la orden judicial establezca otro plazo.
Información adicional
Los oficios en los que el GCBA es parte deben ingresarse por la Mesa virtual de la Procuración General o mediante DEOX. Los oficios del Fuero CAYT se canalizarán por el portal del Litigante CUIT GCBA.
Resumen
Este trámite permite presentar oficios y documentos judiciales dirigidos al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o a sus dependencias. Estos oficios suelen solicitar información o comunicar decisiones judiciales en el marco de las leyes CABA N° 114, N° 1.225 y N° 1.845 y la Ley Nacional N°26.061.
Lo que necesitas
- Usuario y clave miBA nivel 2 o 3: Si no tienes cuenta o necesitas subir de nivel, visita la Plataforma miBA y conoce los niveles de seguridad de clave miBA.
- Documentación a cargar en el Sistema de Tramitación a Distancia (TAD):
- Presentación judicial u oficio.
- Firma y aclaración del abogado/a o autoridad judicial.
- Comprobante de pago del oficio, si corresponde.
Requisitos específicos según el tipo de oficio:
- Oficios del artículo 400 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (CPCCN):
- Datos completos de la causa judicial.
- Datos del juzgado (dirección, correo electrónico institucional y teléfono).
- Datos del profesional (correo electrónico y teléfono).
- Solicitud clara y concreta.
- Pago del timbrado (si corresponde).
- Identificar el tipo de oficio (ampliatorio, reiteratorio, aclaratorio).
- Si es ampliación, reiteración o aclaración, indicar los datos del oficio original.
- Oficios que notifican sentencias o resoluciones judiciales:
- Datos completos de la causa.
- Datos del juzgado (dirección, correo institucional y teléfono).
- Datos del abogado/a (correo electrónico y teléfono).
- Copia completa de la sentencia o resolución a notificar.
- Oficios para solicitar prácticas médicas:
- Orden médica (requisito esencial).
Cómo hacerlo
Formas de presentación:
- Presencial:
- En la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo (Av. Rivadavia 524, de 9 a 16 h, turnos hasta las 15.30 h).
- En la Ventanilla Única Palacio Lezama (Av. Martín García 346, de 9 a 16 hs, turnos hasta las 15.30 hs).
- Online:
- Ingresa a Trámites a Distancia (TAD) con tu usuario miBA.
- Busca "Oficios Judiciales Reservados" e inicia el trámite.
- Sigue los pasos y carga la documentación requerida.
- Por DEOX (solo para causas en la Justicia Nacional):
- Dirige el oficio al usuario 60000019979 – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires – Dirección General, Mesa de Entradas, Salida y Archivo.
Costos
- El costo general del trámite es de $8.430,00.
- Si el oficio requiere copia de filmaciones o imágenes del Centro de Monitoreo Urbano, el costo es de $8.590,00.
Exenciones de pago:
Algunos casos están exentos del pago del derecho de timbre, como:
- Cuestiones de familia no patrimoniales.
- Presentaciones de trabajadores en juicios laborales.
- Acciones de amparo.
- Juicios con beneficio de litigar sin gastos.
- Procesos de quiebra.
- Causas por jubilaciones, pensiones y devolución de aportes.
- Causas en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor.
- Oficios reiteratorios, ampliatorios o aclaratorios.
- Oficios firmados por juez/a, secretario/a o auxiliar letrado/a.
- Cédulas judiciales firmadas por funcionario/a del poder judicial o del poder ejecutivo.
Si invocas una exención, debes informarlo al presentar el trámite y acreditar la documentación correspondiente.
Después de hacerlo
El tiempo estimado de tramitación es de 10 días hábiles, a menos que la orden judicial establezca otro plazo.
Información importante
- Los oficios en los que el GCBA es parte deben ingresarse por la Mesa virtual de la Página Web de la Procuración General o mediante DEOX al CUIO 60000001379.
- Los oficios del Fuero CAYT se canalizarán por el portal del Litigante CUIT GCBA (34999032089).
Ayuda
- Para dudas o consultas, puedes acceder a video consultas BA Cara@Cara.
- Si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, comunícate con el 147 para indicar un correo alternativo.