Permiso de uso precario en Centros de Abastecimiento Municipales (CAMs) | Buenos Aires Ciudad - Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Actualizado el 23 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener un permiso para utilizar un puesto en los Centros de Abastecimiento Municipales (CAMs) de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona física que cumpla con los requisitos establecidos.

Requisitos principales

  • Tener usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
  • Ser argentino (nativo, por opción o naturalizado) o extranjero con radicación permanente en el país.
  • Ser mayor de edad o estar habilitado según el Código Civil y Comercial de la Nación.
  • Tener domicilio real y constituir domicilio legal en CABA.

Duración del trámite

El permiso tiene una vigencia de cinco (5) años.

Información adicional

La inscripción tiene una vigencia de un año. Vencido dicho plazo, si el postulante no renueva su permiso, caducará automáticamente, debiendo reinscribirse a los fines de ser incorporado nuevamente al Registro de Postulantes.

Resumen

Este trámite permite obtener un permiso para usar un puesto en los Centros de Abastecimiento Municipales (CAMs) de la Ciudad de Buenos Aires.

Quién puede usar este servicio:

Cualquier persona que cumpla con los requisitos establecidos por la Dirección General de Permisos y Ferias.

Lo que necesitas

Requisitos:

  • Tener usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
  • Ser argentino (nativo, por opción o naturalizado) o extranjero con radicación permanente en el país.
  • Ser mayor de edad o estar habilitado según el Código Civil y Comercial de la Nación.
  • Tener domicilio real y constituir domicilio legal en CABA.

Documentos requeridos (para la primera postulación en la plataforma TAD):

Declaración jurada (al postularse en TAD):

  • Rubro a comercializar.
  • No prestar servicio en relación de dependencia con el GCBA.
  • No tener juicio pendiente con el GCBA.
  • No ser titular de otro permiso de uso precario en ningún otro espacio de dominio público.

Requisitos adicionales (si es seleccionado):

Costos:

El trámite es gratuito.

Cómo hacerlo

Paso a paso:

  1. Ingresá al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD).
  2. Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA.
  3. Seguí las indicaciones y cargá la información solicitada.

Información adicional:

  • También podés inscribirte de manera presencial con ayuda del personal de la Dirección (con Clave Ciudad de AGIP y la documentación).
  • La inscripción dura un año. Si no renovás, caduca y debés reinscribirte.

Después de hacerlo

Otorgamiento del permiso:

  1. Se seleccionan los postulantes inscriptos.
  2. Se evalúan las necesidades de abastecimiento, los antecedentes comerciales y la aplicación de la Ley Nº 3.522 (personas con discapacidad).
  3. Si es necesario, se da un plazo para cumplir requisitos.
  4. Si cumplís con todo, la Dirección General de Permisos y Ferias te citará para otorgarte el Permiso de Uso Precario.

Vigencia del permiso:

El permiso dura cinco (5) años. Si no lo renovás, caduca y debés reinscribirte.

Información Adicional

Qué se puede vender en los CAMs:

  • Almacén, aceites y bebidas no alcohólicas
  • Artículos de limpieza y Bazar
  • Carnes porcina, ovina y achuras
  • Carnes vacunas y sus derivados
  • Especias, cereales, legumbres, encurtidos y hierbas para infusiones
  • Lácteos, fiambrería, pastas frescas, embutidos
  • Panadería y Confitería
  • Pescados y mariscos
  • Plantas naturales y artificiales
  • Productos de granja
  • Productos frutihortícolas
  • Productos Naturales (naturistas, dietéticos, orgánicos; envasados o a granel).
  • Productos y alimentos para mascotas
  • Productos alimenticios para celíacos
  • Quiosco
  • Librería
  • Rotisería
  • Viandas
  • Pastas frescas
  • Cafetería
  • Heladería
  • Antigüedades
  • Otros (sujeto a aprobación).

Horarios de los CAMs:

Credenciales:

Si cumplís los requisitos y sos beneficiado, te darán una credencial de identificación personal que debes exhibir en un lugar visible.

Auxiliares:

  • Podés tener auxiliares autorizados por la Dirección General.
  • Vos pagás sus sueldos y cargas sociales.
  • Sos responsable de cualquier problema civil, comercial, laboral o previsional relacionado con la explotación del lugar.
  • El permisionario o sus auxiliares autorizados suscribirán el padrón de asistencia.

Normativa:

Ayuda

Contacto:

Correo electrónico: mesadgpfq@buenosaires.gob.ar

Teléfono: 147

Chat: Chateá con la Ciudad

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