Oficio judicial para cremación

Actualizado el 6 de marzo de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Permite diligenciar oficios judiciales para exhumar y cremar restos.

¿Quién puede solicitarlo?

La persona autorizada por el juzgado en el oficio judicial.

Requisitos principales

  • Presentar el oficio judicial (digital o en papel).
  • Presentar el autorizado a diligenciar el oficio.
  • Presentar la documentación requerida.

Plazos

Respetar el horario del turno asignado.

Duración del trámite

Variable, dependiendo de la gestión del juzgado y la disponibilidad del área de cremaciones.

Información adicional

Si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de turnos. En ese caso, tenés que llamar al 147 para indicar un correo electrónico alternativo.

Resumen

Este trámite permite gestionar un oficio judicial para exhumar un cuerpo y luego cremarlo.

Lo que necesitas

Requisitos:

En ambos casos:

  • Debe presentarse la persona autorizada a diligenciar el oficio.
  • DNI del autorizado.
  • Partida de defunción.
  • Título del nicho/sepultura/bóveda.

Cómo hacerlo

Pasos:

  1. Iniciá el trámite: Después de enviar el oficio, la persona autorizada debe solicitar un turno web. Una vez generado el expediente, el trámite continúa en el área de cremaciones.

    Recordá respetar el horario del turno.

Costos

El trámite es gratuito.

Más Información

Si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de turnos. En ese caso, tenés que llamar al 147 para indicar un correo electrónico alternativo.

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