Oficio judicial para cremación
Información Rápida
Objetivo
Permite diligenciar oficios judiciales para exhumar y cremar restos.
¿Quién puede solicitarlo?
La persona autorizada por el juzgado en el oficio judicial.
Requisitos principales
- Presentar el oficio judicial (digital o en papel).
- Presentar el autorizado a diligenciar el oficio.
- Presentar la documentación requerida.
Plazos
Respetar el horario del turno asignado.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la gestión del juzgado y la disponibilidad del área de cremaciones.
Información adicional
Si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de turnos. En ese caso, tenés que llamar al 147 para indicar un correo electrónico alternativo.
Resumen
Este trámite permite gestionar un oficio judicial para exhumar un cuerpo y luego cremarlo.
Lo que necesitas
Requisitos:
- Si el oficio es digital, el juzgado debe enviarlo a dgcementerios@buenosaires.gob.ar.
- Si es en papel, presentar el oficio original.
En ambos casos:
- Debe presentarse la persona autorizada a diligenciar el oficio.
- DNI del autorizado.
- Partida de defunción.
- Título del nicho/sepultura/bóveda.
Cómo hacerlo
Pasos:
-
Iniciá el trámite: Después de enviar el oficio, la persona autorizada debe solicitar un turno web. Una vez generado el expediente, el trámite continúa en el área de cremaciones.
Recordá respetar el horario del turno.
Costos
El trámite es gratuito.
Más Información
Si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de turnos. En ese caso, tenés que llamar al 147 para indicar un correo electrónico alternativo.
Descargas
Ayuda
- Dirección General de Cementerios, Av. Guzmán 730.
- Atención: Lunes a viernes de 8 a 13 hs.
- Llamar al 147
- Chateá con la Ciudad