Inscripción virtual en el registro de actividades contaminantes por ruidos y vibraciones (RAC)
Información Rápida
Objetivo
Inscribir en el registro de actividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones (RAC) a los titulares de actividades que utilizan fuentes fijas de emisiones sonoras y son consideradas potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones.
¿Quién puede solicitarlo?
Titulares de actividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones (RAC) que utilizan fuentes fijas de emisiones sonoras.
Requisitos principales
- El Informe de Evaluación de Impacto Acústico (IEIA) debe ser presentado por profesionales inscriptos en el Registro de Profesionales de Impacto Acústico.
- Los profesionales deben contar con instrumental de medición (sonómetros y calibradores) con certificados de calibración vigentes, cumpliendo las especificaciones de la <a href="https://buenosaires.gob.ar/sites/default/files/2023-12/RESOL-2023-288-GCABA-APRA.pdf">RESOL-2023-288-GCABA-APRA</a>.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la presentación de la documentación correcta.
Resumen
Este trámite permite inscribir en el Registro de Actividades Catalogadas (RAC) a aquellas actividades que son consideradas potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones, según lo establecido en la normativa vigente.
¿Quiénes pueden realizar este trámite?
Los titulares de actividades que utilizan fuentes fijas de emisiones sonoras y que, por lo tanto, están catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones.
Lo que necesitas
Documentación requerida
- Informe de Evaluación de Impacto Acústico (IEIA): Debe incluir las conclusiones y la firma del profesional inscripto en el Registro de Profesionales de Impacto Acústico.
- Formularios N°1 y N°2: Deben estar completos y firmados por el titular de la actividad y el profesional acústico (según el Anexo IV o V). En caso de corresponder, también se debe presentar el formulario N°3 (Anexo X inc. a.). Si la actividad aún no está en funcionamiento, se requerirá un análisis teórico (Anexo X inc. b.).
- Croquis o planos: Deben incluir la descripción y referencia de los puntos de medición y las fuentes potencialmente contaminantes.
- Planillas de registros originales: Deben ser entregadas por el equipo de medición, con las fechas y horarios de medición.
- Registro fotográfico: Debe incluir los puntos de medición y las fuentes potencialmente contaminantes.
- Memoria técnica: Debe describir las actividades desarrolladas y la maquinaria empleada.
- Formulario de categorización: Debe corresponder al Anexo V, VI o VII, según la Ley N° 123 y su normativa complementaria.
Requisitos adicionales
- El IEIA debe ser realizado por un profesional inscripto en el Registro de Profesionales de Impacto Acústico.
- El profesional debe contar con sonómetros y calibradores con sus certificados de calibración vigentes, cumpliendo las especificaciones de la RESOL-2023-288-GCABA-APRA.
Costos
Este trámite es gratuito.
Cómo hacerlo
Pasos para realizar el trámite
- Inicio online: El trámite se inicia a través del Sistema Público de Solicitudes APRA (SIPSA) y mediante Encomienda Digital APrA (EDA). Es necesario registrarse para obtener un usuario y contraseña.
- Acceso al trámite: Una vez que tengas el usuario, ingresa al sistema y selecciona la opción de "Trámites para el Registro de Actividades Catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones (RAC) (Ruido)".
- Datos del CAA: El sistema te solicitará el número de trámite de CAA y el código de seguridad del CAA.
- Carga de información y documentación: Ingresa la información y documentación requerida.
Consideraciones especiales
- Para la inscripción en el registro de actividades catalogadas (RAC) de rubros particulares de escasa emisión sonora, se deben presentar las declaraciones juradas establecidas en la Resolución N° 2-GCABA-APRA/21.
- Se incluyen en este conjunto las siguientes actividades:
- Espacio cultural independiente (2.1.1)
- Teatro independiente (A y B) (2.1.10)
- Establecimientos educacionales (3.1)
- Instituto de enseñanza para adultos (3.1.30)
Después de hacerlo
¿Qué sucede después?
Si falta algún documento, se te notificará a través del Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA) para que subsanes el error o completes la información omitida.
Ayuda
Contacto
- Llamar al 147
- Chatear con la Ciudad: Chateá con la Ciudad
Normativa relacionada
- Ley N° 1540/04 - Control de la contaminación acústica
- Decreto N° 740/GCABA/07
- Resolución N° 2-GCABA-APRA/21
- Resolución N° 2-GCABA-APRA/21 (Anexo I - Mapa de ASAE)
- Resolución N° 2-GCABA-APRA/21 (Anexo II)
- Resolución N° 2-GCABA-APRA/21 (Anexo III - Actividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruido y vibraciones)
- Resolución N° 2-GCABA-APRA/21 (Anexo IV - Formulario de Declaración Jurada para 3.1. Establecimientos educacionales y 3.1.30. Instituto de enseñanza para adultos)
- Resolución N° 2-GCABA-APRA/21 (Anexo V - Formulario de Declaración Jurada para Salas de Teatro Independientes clases A y B)
- Resolución N° 2-GCABA-APRA/21 (Anexo VI - Formulario de Declaración Jurada para los Espacios Culturales Independientes (ECI))
- Mapa de Áreas de Sensibilidad Acústica en el Ambiente Exterior (ASAE)
- Trámites a Distancia (TAD)
- Manual de TAD
- Instructivo de carga de documentación SIPSA - EDA
- Resolución N° 41-APRA/2015
- Resolución N° 2-AGC/2017
- Resolución N° 2-AGC/2017, Anexos
- RESOL-2023-288-GCABA-APRA
- RESOLUCIÓN N.º 81/APRA/24
- ANEXO I
Descargas útiles
- RESOL-2023-288-GCABA-APRA.pdf
- IF-2023-44983498-GCABA-DGEVA.pdf
- RS-2023-45230249-GCABA-APRA.pdf
- ANEXO I RESOLUCIÓN N 81APRA24.pdf
- RESOLUCIÓN N 81APRA24.pdf
- ANEXO LEY TARIFARIA 2025.pdf
- LEY TARIFARIA 2025.pdf
- Listado de Profesionales de Impacto Ambiental - Febrero 2025.pdf
- Listado de profesionales de Impacto Acústico - Febrero 2025.pdf
- Listado de Consultoras - Febrero 2025.pdf