Inscripción virtual en el registro de actividades contaminantes por ruidos y vibraciones (RAC)

Actualizado el 6 de marzo de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Inscribir en el registro de actividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones (RAC) a los titulares de actividades que utilizan fuentes fijas de emisiones sonoras y son consideradas potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones.

¿Quién puede solicitarlo?

Titulares de actividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones (RAC) que utilizan fuentes fijas de emisiones sonoras.

Requisitos principales

  • El Informe de Evaluación de Impacto Acústico (IEIA) debe ser presentado por profesionales inscriptos en el Registro de Profesionales de Impacto Acústico.
  • Los profesionales deben contar con instrumental de medición (sonómetros y calibradores) con certificados de calibración vigentes, cumpliendo las especificaciones de la <a href="https://buenosaires.gob.ar/sites/default/files/2023-12/RESOL-2023-288-GCABA-APRA.pdf">RESOL-2023-288-GCABA-APRA</a>.

Duración del trámite

Variable, dependiendo de la presentación de la documentación correcta.

Resumen

Este trámite permite inscribir en el Registro de Actividades Catalogadas (RAC) a aquellas actividades que son consideradas potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones, según lo establecido en la normativa vigente.

¿Quiénes pueden realizar este trámite?

Los titulares de actividades que utilizan fuentes fijas de emisiones sonoras y que, por lo tanto, están catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones.

Lo que necesitas

Documentación requerida

  • Informe de Evaluación de Impacto Acústico (IEIA): Debe incluir las conclusiones y la firma del profesional inscripto en el Registro de Profesionales de Impacto Acústico.
  • Formularios N°1 y N°2: Deben estar completos y firmados por el titular de la actividad y el profesional acústico (según el Anexo IV o V). En caso de corresponder, también se debe presentar el formulario N°3 (Anexo X inc. a.). Si la actividad aún no está en funcionamiento, se requerirá un análisis teórico (Anexo X inc. b.).
  • Croquis o planos: Deben incluir la descripción y referencia de los puntos de medición y las fuentes potencialmente contaminantes.
  • Planillas de registros originales: Deben ser entregadas por el equipo de medición, con las fechas y horarios de medición.
  • Registro fotográfico: Debe incluir los puntos de medición y las fuentes potencialmente contaminantes.
  • Memoria técnica: Debe describir las actividades desarrolladas y la maquinaria empleada.
  • Formulario de categorización: Debe corresponder al Anexo V, VI o VII, según la Ley N° 123 y su normativa complementaria.

Requisitos adicionales

  • El IEIA debe ser realizado por un profesional inscripto en el Registro de Profesionales de Impacto Acústico.
  • El profesional debe contar con sonómetros y calibradores con sus certificados de calibración vigentes, cumpliendo las especificaciones de la RESOL-2023-288-GCABA-APRA.

Costos

Este trámite es gratuito.

Cómo hacerlo

Pasos para realizar el trámite

  1. Inicio online: El trámite se inicia a través del Sistema Público de Solicitudes APRA (SIPSA) y mediante Encomienda Digital APrA (EDA). Es necesario registrarse para obtener un usuario y contraseña.
  2. Acceso al trámite: Una vez que tengas el usuario, ingresa al sistema y selecciona la opción de "Trámites para el Registro de Actividades Catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones (RAC) (Ruido)".
  3. Datos del CAA: El sistema te solicitará el número de trámite de CAA y el código de seguridad del CAA.
  4. Carga de información y documentación: Ingresa la información y documentación requerida.

Consideraciones especiales

  • Para la inscripción en el registro de actividades catalogadas (RAC) de rubros particulares de escasa emisión sonora, se deben presentar las declaraciones juradas establecidas en la Resolución N° 2-GCABA-APRA/21.
  • Se incluyen en este conjunto las siguientes actividades:
    • Espacio cultural independiente (2.1.1)
    • Teatro independiente (A y B) (2.1.10)
    • Establecimientos educacionales (3.1)
    • Instituto de enseñanza para adultos (3.1.30)

Después de hacerlo

¿Qué sucede después?

Si falta algún documento, se te notificará a través del Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA) para que subsanes el error o completes la información omitida.

Ayuda

Contacto

Normativa relacionada

Descargas útiles


Preguntas frecuentes

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.