Inscripción en el registro de alquileres temporarios

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Inscribir inmuebles destinados a alquileres temporarios con fines turísticos en la Ciudad de Buenos Aires.

¿Quién puede solicitarlo?

Titulares o administradores de inmuebles ofrecidos en alquiler temporario turístico en la Ciudad de Buenos Aires.

Requisitos principales

  • Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
  • Inmueble dentro o fuera del régimen de propiedad horizontal.

Plazos

No especificado.

Duración del trámite

Variable, depende de la gestión.

Información adicional

Los inmuebles inscriptos serán promocionados en la web oficial de turismo de la Ciudad y podrán participar en acciones promocionales. El registro evita sanciones por incumplimiento de la normativa vigente.

Resumen

Este trámite permite inscribir propiedades destinadas al alquiler temporario turístico en la Ciudad de Buenos Aires. Es obligatorio para los titulares o administradores de estos inmuebles.

Quién puede usar este servicio:

  • Titulares de inmuebles ofrecidos en alquiler temporario.
  • Administradores, gestores o intermediarios de alquileres temporarios.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de tener usuario y clave miBA nivel 2 o 3.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Formulario de Inscripción.
  • Declaración Jurada sobre la contratación y cobertura de un seguro de responsabilidad civil contra terceros y el cumplimiento de las disposiciones de seguridad aplicables al inmueble.
  • Documentación que acredita titularidad sobre la unidad.
  • Reglamento de Copropiedad (si el inmueble está dentro del régimen de propiedad horizontal).
  • Estatuto Social (con inscripción en IGJ) y Acta de designación de autoridades vigente (si el titular es una Persona Jurídica).
  • Poder o Carta Poder (si aplica). Descargar modelo Aquí.
  • Consentimiento de cotitular del inmueble (si aplica). Descargar modelo Aquí.

Requisitos previos:

Costes y plazos:

  • El trámite es gratuito.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Cargá la documentación en Trámites a Distancia (TAD):
    • Ingresá a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
    • Iniciá sesión con tu usuario y contraseña MIBA.
    • Seguí los pasos indicados por el sistema y cargá la documentación solicitada.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Los inmuebles inscriptos serán promocionados en la página web oficial del Ente de Turismo de la Ciudad y podrán participar en acciones promocionales oficiales.
  • Se evitan sanciones por incumplimiento con la normativa vigente.

Ayuda

Contacto:

  • Consultas presenciales con turno previo solicitado a registroentur@buenosaires.gob.ar

Recursos adicionales:

  • El Registro de Propiedades de Alquiler Temporario Turístico es obligatorio y se encuentra regulado por la Ley 6255.
  • La Autoridad de Aplicación es el Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires y su aplicación se implementa mediante la Resolución N° 138/2020 y su modificatoria Resolución N° 08/2025 del Presidente del Ente de Turismo.

Descargas:

Organismo Responsable:

  • Ente de Turismo de la Ciudad - Subgerencia Operativa Registro de Actividades Turísticas. Av. Martín García 464. Lunes a viernes.

Consultas:

  • Llamar al 147.
  • Chateá con la Ciudad.

Preguntas frecuentes

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